- Qué es: derecho irrenunciable a vacaciones pagadas con prima del 25% sobre el salario.
- Cuánto cobras: sueldo diario por 12 a 32 días, según antigüedad, más 25% de prima vacacional.
- Cómo reclamarlo: pide el cálculo a tu patrón y, si no te lo paga, acudes a PROFEDET gratis.
Aviso: Este contenido es únicamente informativo y educativo y no constituye asesoría jurídica ni profesional. Aunque procuramos utilizar legislación, jurisprudencia y fuentes oficiales vigentes en México, las normas, criterios, plazos y requisitos pueden cambiar o variar según cada caso y entidad federativa. No tomes decisiones legales, económicas o que puedan afectar tus derechos basándote únicamente en este artículo. Verifica la información relevante en fuentes oficiales como el DOF, Cámara de Diputados, SCJN y la autoridad competente, y consulta a un abogado o profesional calificado cuando tu situación lo requiera. Los ejemplos y cálculos son orientativos y pueden contener errores u omisiones.
En México, las vacaciones se calculan multiplicando tu sueldo diario por los días que te tocan según tu antigüedad (de 12 a 32 días) y la prima vacacional es el 25% adicional sobre ese monto; ambos conceptos están regulados en la Ley Federal del Trabajo y su exención del ISR depende de la UMA vigente.
Las vacaciones no son un regalo del patrón: son un derecho irrenunciable que nace desde el primer año de servicios y crece con la antigüedad. Si tu empresa no te las paga completas o te las quiere compensar con dinero en lugar de días disfrutados, está rompiendo la ley, y conviene revisarlo con calma antes de aceptar cualquier arreglo.
Quién tiene derecho y cuántos días te tocan según la LFT
Cualquier persona trabajadora subordinada, es decir, con un patrón que le paga un salario y le dirige las actividades, tiene derecho a vacaciones pagadas desde que cumple un año de servicios. La regla la fija la Ley Federal del Trabajo en sus artículos 76 y 80 y aplica en todo el país, sin importar si tu contrato es por obra, por tiempo determinado o indeterminado.
La llamada Reforma de Vacaciones Dignas, vigente desde 2023, subió los mínimos y los hizo crecer de forma más rápida. Al primer año ya corresponden 12 días laborables y, a partir de ahí, se suman dos por cada año siguiente hasta llegar a 20. Desde el sexto año, el aumento es de dos días por cada cinco años de antigüedad.
| Años de servicio | Días de vacaciones |
|---|---|
| 1 | 12 |
| 2 | 14 |
| 3 | 16 |
| 4 | 18 |
| 5 | 20 |
| 6 a 10 | 22 |
| 11 a 15 | 24 |
| 16 a 20 | 26 |
| 21 a 25 | 28 |
| 26 a 30 | 30 |
| 31 a 35 | 32 |
Recuerda: los días son laborables, no naturales. Si te toca 12 días laborables, el periodo real de descanso suele ser de casi dos semanas calendario, descontando los descansos semanales.
Documentos para verificar tu antigüedad y salario
Para que el cálculo no se quede en un aproximado, conviene reunir tres comprobantes básicos:
- Tu contrato individual de trabajo, donde aparece el puesto, el salario y la fecha de ingreso.
- Los recibos de nómina (CFDI de nómina) de los últimos meses, donde viene el campo S.D. (sueldo diario).
- El reporte de antigüedad que emite el IMSS a través de tu cuenta individual, útil cuando cambiaste de empresa pero sumas semanas cotizadas.
Si el patrón te da un salario "en bruto" sin desglose, pídele el desglose: la Ley Federal del Trabajo obliga a que el recibo de nómina sea claro y detalle las percepciones.
Fórmula paso a paso: vacaciones, prima vacacional y monto total
El cálculo se apoya en tres operaciones encadenadas y todas parten del sueldo diario (S.D.):
- Vacaciones: S.D. × días de vacaciones según antigüedad.
- Prima vacacional: el mismo producto multiplicado por 0.25 (es decir, el 25%).
- Total a recibir: S.D. × días × 1.25.
Para obtener el sueldo diario, divide tu salario mensual bruto entre 30. Conoce más detalles en la calculadora de vacaciones de Villanett.
Cálculo con sueldo diario o con Salario Diario Integrado (SDI)
Cuando las vacaciones se pagan mientras trabajas, la mayoría de los patrones toma el S.D. del recibo (lo que ves como "salario diario" en tu CFDI de nómina), porque las prestaciones como aguinaldo, vacaciones y prima vacacional aún no se devengaron en ese momento.
En cambio, cuando se pagan al final de la relación laboral (finiquito o liquidación), se usa el Salario Diario Integrado (SDI), que ya suma las partes proporcionales de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional. Si quieres verificar el tuyo, la calculadora de SDI de Villanett lo desglosa con la fórmula del artículo 27 de la Ley del Seguro Social.
Ejemplo con cifras
Tomemos a Karla, que gana 15.000 MXN al mes en una empresa de Guadalajara y acaba de cumplir 3 años.
- Sueldo diario: 15.000 MXN ÷ 30 = 500 MXN.
- Días que le tocan por 3 años: 16.
- Vacaciones: 500 MXN × 16 = 8.000 MXN.
- Prima vacacional: 8.000 MXN × 0,25 = 2.000 MXN.
- Total: 500 × 16 × 1,25 = 10.000 MXN.
Ejemplos reales antes y después de la Reforma de Vacaciones Dignas 2023
Con la misma persona (sueldo diario 500 MXN) y la misma antigüedad (3 años), el cambio legal se nota en el bolsillo. Antes de la reforma correspondían 10 días; con la tabla vigente, 16.
| Concepto | Antes de 2023 | Desde 2023 |
|---|---|---|
| Días de vacaciones | 10 | 16 |
| Vacaciones (500 MXN × días) | 5.000 MXN | 8.000 MXN |
| Prima vacacional (25%) | 1.250 MXN | 2.000 MXN |
| Total recibido | 6.250 MXN | 10.000 MXN |
«Si me pagan las vacaciones en dinero, ya no tengo derecho a disfrutarlas.»
La LFT lo prohíbe expresamente: las vacaciones deben disfrutarse mientras la relación laboral siga viva; sólo pueden pagarse en dinero al terminarla.
VS
La diferencia entre ambos periodos es de 3.750 MXN, solo por la antigüedad de tres años, para un mismo sueldo.
Tratamiento fiscal: exención de ISR y tope por UMA
La prima vacacional es un ingreso gravable para el ISR, pero la ley permite no pagar impuestos por una parte: lo que no supere el equivalente a 15 veces la UMA diaria vigente queda exento. El excedente, en cambio, sí se suma a tu base gravable y el patrón debe retenerlo.
Por ejemplo, con la UMA diaria vigente, el tope exento se ubica alrededor de 1.700 MXN al año (15 UMA); cualquier prima que supere esa cifra es gravable.
| Monto de prima vacacional | Tratamiento fiscal |
|---|---|
| Hasta 15 UMA diarias | Exento de ISR |
| Excedente sobre 15 UMA | Gravable, el patrón retiene ISR |
Las vacaciones mismas (sin la prima) no tienen exención específica: tributan como salario normal en el recibo en el que se pagan.
Reglas para disfrutar y cobrar las vacaciones
La LFT prohíbe compensar las vacaciones con dinero mientras la relación de trabajo sigue viva: deben disfrutarse. El patrón tiene que darte los días dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicios. Si no lo hace y el derecho no se ejerció, el trabajador conserva un año más para reclamarlo antes de que prescriba.
Si tu empresa te paga las vacaciones en dinero sin que las disfrutes, o no te las liquida al terminar el contrato, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) te asesora gratis y, si es necesario, te acompaña al Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral o al Tribunal Laboral correspondiente.
Errores comunes al calcular el monto
- Usar el salario mensual en lugar del diario: siempre divide entre 30.
- Olvidar la prima vacacional: muchos patrones la incluyen pero a veces la "absorben" en otros pagos; revisa el desglose del CFDI de nómina.
- Calcular con el SDI cuando corresponde el S.D. (o al revés), lo que puede inflar o reducir el monto.
- Aplicar la tabla anterior a 2023: hoy ya rigen los 12 días desde el primer año.
frente a 10.000 MXN que puedes cobrar con 3 años de antigüedad
0 – 0 MXN
Cuando el cálculo depende del SDI, conviene apoyarte en la calculadora de finiquito de Villanett para revisar que las partes proporcionales de vacaciones y prima vacacional estén bien sumadas.
Fuentes
- FactorialCálculo de vacaciones y periodo vacacional en México – Factorialconsultado el 09/08/2026
- EluniversalCalculadora de prima vacacional 2026 | Consultas El Universalconsultado el 09/08/2026
- Calculadorade-finiquitoCalculadora de Vacaciones y Prima Vacacional 2026consultado el 09/08/2026
- StelorderCalculadora de vacaciones para gestionar tu personal – STEL Orderconsultado el 09/08/2026
- PandapeGuía para calcular la Prima Vacacional en México – Pandapéconsultado el 09/08/2026
