- Qué es: lo que cobras al terminar la relación laboral según la causa de separación.
- Cuánto cobras: 3 meses de salario integrado, 20 días por año y 12 de prima, más partes proporcionales.
- Cómo reclamar: audiencia en el Centro de Conciliación Laboral, después demanda ante Tribunal Laboral.
Aviso: Este contenido es únicamente informativo y educativo y no constituye asesoría jurídica ni profesional. Aunque procuramos utilizar legislación, jurisprudencia y fuentes oficiales vigentes en México, las normas, criterios, plazos y requisitos pueden cambiar o variar según cada caso y entidad federativa. No tomes decisiones legales, económicas o que puedan afectar tus derechos basándote únicamente en este artículo. Verifica la información relevante en fuentes oficiales como el DOF, Cámara de Diputados, SCJN y la autoridad competente, y consulta a un abogado o profesional calificado cuando tu situación lo requiera. Los ejemplos y cálculos son orientativos y pueden contener errores u omisiones.
Antes de hacer cualquier cuenta necesitas saber qué te toca. En México, el finiquito y la indemnización que puedes cobrar al terminar una relación laboral dependen de la causa de separación y los fija la Ley Federal del Trabajo. Aquí van los pasos, las fórmulas y los plazos que aplican en todo el país, con cifras en pesos mexicanos (MXN) y ejemplos resueltos.
¿Te corresponde liquidación o finiquito?
Identificar tu caso según la causa de terminación es el primer paso para no cobrar de menos ni firmar algo que no te conviene. La legislación federal laboral distingue dos caminos muy distintos: despido sin causa justificada (liquidación e indemnización constitucional) y renuncia voluntaria o despido con causa (solo finiquito con prestaciones proporcionales).
Para ubicarte rápido:
- Te despidieron sin avisarte una causa: aplica indemnización constitucional más finiquito.
- Renunciaste por voluntad propia: solo te corresponden las partes proporcionales del año en curso.
- Tu contrato venció y no te renovaron: igual que la renuncia, solo finiquito.
- Te despidieron por una causa del artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo (engaño, faltas de asistencia, daños, entre otras): solo finiquito, sin indemnización.
La calculadora oficial del Centro de Conciliación Laboral puede orientarte antes de la audiencia, pero el cálculo preciso lo hace la persona conciliadora en cada caso.
Liquidación por despido injustificado
- 3 meses de salario integrado (indemnización constitucional del artículo 50 de la Ley Federal del Trabajo).
- 20 días de salario por cada año trabajado, cuando el patrón se niega a reinstalar.
- Prima de antigüedad: 12 días por año, con tope legal.
- Prestaciones proporcionales del último año: aguinaldo, vacaciones y prima vacacional.
Finiquito por renuncia, despido justificado o vencimiento de contrato
- Aguinaldo proporcional (mínimo 15 días anuales, conforme al artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo).
- Vacaciones no disfrutadas y prima vacacional mínima del 25% (artículos 76 a 81 de la LFT).
- Salarios y horas extra pendientes de pago.
- En estos casos no aplica la indemnización constitucional de 3 meses.
«Si no firmo de inmediato lo que me ofrece la empresa, pierdo todo.»
El pago del finiquito no condiciona: cobrarlo no te obliga a renunciar a la indemnización constitucional ni a demandar si firmaste sin reserva de derechos.
VS
Documentos para acreditar el monto y la antigüedad
Antes de cualquier cálculo o audiencia necesitas demostrar cuánto ganabas y cuánto tiempo laboraste. La autoridad laboral y el Centro de Conciliación Laboral trabajan con lo que está en papel, no con lo que se acuerda de palabra.
Reúne esta documentación antes de sentarte a negociar:
- Identificación oficial vigente (INE/IFE o pasaporte) y CURP.
- Comprobante de domicilio reciente.
- Constancia de RFC emitida por el SAT y, si cuentas con ella, tu e.firma.
- Número de Seguridad Social (NSS) y comprobantes de cotización ante el IMSS de los últimos años.
- Contrato o contratos laborales firmados, recibos de nómina o CFDI de nómina de los últimos tres meses.
- Carta de baja o último recibo de nómina timbrado por el patrón.
- Constancia de antigüedad y puesto expedida por la empresa, si existe.
Cómo se calcula cada concepto
Todas las fórmulas parten del salario diario integrado (SDI), porque la Ley Federal del Trabajo lo define como la base sobre la que se paga cualquier indemnización o parte proporcional. Si tu SDI está mal calculado, todo lo demás queda subestimado.
Despido o renuncia notificada
Recibes la carta o presentas tu renuncia. Empieza a correr el plazo.
Solicitud ante el Centro de Conciliación Laboral
Debes agotar esta etapa prejudicial obligatoria antes de cualquier demanda.
Audiencia de conciliación
Si hay convenio, cobras aquí. Si no, te dan la constancia para el Tribunal.
Juicio y sentencia
El Tribunal Laboral resuelve el despido y fija indemnización, finiquito o ambos.
Salario diario integrado (la base de todo)
El SDI incluye el salario base diario más las prestaciones anuales que recibes: aguinaldo y prima vacacional. La fórmula general es:
SDI = Salario base diario + (Aguinaldo anual ÷ 365) + (Prima vacacional anual ÷ 365)
Para convertir tu sueldo mensual a diario solo divide entre 30. Por ejemplo, si ganas 18.000 pesos (MXN) al mes, tu salario base diario es 600 pesos (MXN). Si la empresa otorga 15 días de aguinaldo y 25% de prima vacacional sobre 12 días de vacaciones, el cálculo sería:
- Aguinaldo diario = 600 × 15 ÷ 365 = 24,66 pesos (MXN)
- Prima vacacional diaria = (600 × 12 × 0,25) ÷ 365 = 4,93 pesos (MXN)
- SDI = 600 + 24,66 + 4,93 = 629,59 pesos (MXN)
Indemnización constitucional: 3 meses de salario
Cuando el patrón se niega a reinstalarte tras un despido sin causa, la indemnización constitucional equivale a 3 meses de salario integrado, conforme al artículo 50 de la Ley Federal del Trabajo. La fórmula es directa:
Indemnización = 3 × SDI × 30
Siguiendo el ejemplo anterior (SDI = 629,59 pesos), la indemnización constitucional sería:
- 629,59 × 30 = 18.887,70 pesos (MXN) por mes
- 18.887,70 × 3 = 56.663,10 pesos (MXN)
20 días por año y prima de antigüedad (12 días por año)
Cuando el patrón rechaza la reinstalación, también debes recibir 20 días de salario por cada año de servicio, más la prima de antigüedad de 12 días por año. La prima tiene un tope legal equivalente a 2 veces el salario mínimo de la zona donde trabajaste (Frontera Norte o General).
| Concepto | Fórmula | Tope |
|---|---|---|
| 20 días por año | SDI × 20 × años completos | Sin tope |
| Prima de antigüedad | SDI × 12 × años completos | 2 × salario mínimo mensual de la zona |
Para la prima, primero calculas el monto por años y luego lo comparas con el tope. Lo que resulte menor se paga. Por ejemplo, con 5 años de servicio y SDI de 629,59 pesos:
- 20 días por año: 629,59 × 20 × 5 = 62.959 pesos (MXN)
- Prima de antigüedad: 629,59 × 12 × 5 = 37.775,40 pesos (MXN)
Si el salario mínimo general vigente en la zona es, digamos, 8.400 pesos (MXN) mensuales, el tope de la prima sería 16.800 pesos (MXN). Como 37.775,40 pesos supera ese tope, solo te corresponden 16.800 pesos (MXN). El dato exacto del salario mínimo lo publica la CONASAMI cada año.
Prestaciones proporcionales del último año
El último año en curso genera tres conceptos que se pagan de forma proporcional a los días trabajados. El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo fija el aguinaldo mínimo en 15 días; los artículos 76 a 81 regulan vacaciones y prima vacacional.
Aguinaldo proporcional
Aguinaldo = Días trabajados del año × 15 ÷ 365 × SDI
La empresa puede otorgar más días (20 o 30) según su política interna o contrato colectivo.
Vacaciones y prima vacacional
Vacaciones = Días de vacaciones que corresponden por antigüedad × SDI
Tras un año trabajas 12 días; el segundo año 14; el tercero 16; el cuarto 18; a partir del quinto son 20 días, con dos días extra por cada cinco años cumplidos. A ese subtotal se le suma la prima vacacional mínima del 25%:
Prima vacacional = Vacaciones × 0.25
ISR del pago por separación: exención de 90 UMAs
Cuando cobras una liquidación, parte del dinero está exento del ISR y otra parte grava. La Ley del ISR reconoce una exención de 90 Unidades de Medida y Actualización (UMA) por cada año de servicio sobre la suma de las indemnizaciones, y solo el excedente paga impuestos.
Exención de 90 UMAs anuales y base gravada
La UMA se publica cada año en el DOF. Para 2026 la UMA diaria considerada es 117,31 pesos (MXN). La exención anual equivale a 90 × UMA diaria × 365. Para convertir la exención a pesos se multiplica la UMA diaria por 90 y luego por los años de servicio.
| Antigüedad | Exención anual (90 UMAs) | Exención total |
|---|---|---|
| 1 año | 90 × 117,31 = 10.557,90 pesos (MXN) | 10.557,90 pesos (MXN) |
| 5 años | 90 × 117,31 = 10.557,90 pesos (MXN) | 52.789,50 pesos (MXN) |
Tasa efectiva del Art. 95 LISR sobre el excedente
El ISR del pago por separación se calcula con la tasa efectiva prevista en el artículo 95 de la Ley del ISR. Para 2026 las tarifas pueden actualizarse, así que conviene revisar las tablas vigentes en el DOF al momento del cálculo. Sobre el monto gravable se aplica el procedimiento siguiente:
- Se resta la exención de 90 UMAs por año al total de indemnizaciones.
- El excedente se trata como ingreso gravado y se aplica la tarifa progresiva del artículo 152 de la LISR, o bien el procedimiento de tasa efectiva según corresponda al tipo de separación.
- El resultado es el ISR a retener, que el patrón debe descontar antes de entregarte el cheque o la transferencia.
La calculadora de ISR puede ayudarte a estimar el monto final, aunque el cálculo oficial lo determina el SAT.
La regla práctica: a mayor antigüedad, mayor exención; lo que cobre de más por encima de las 90 UMAs por año sí paga ISR.
Ejemplo numérico completo en pesos mexicanos
Karla fue despedida en Monterrey tras 6 años y 4 meses ganando 18.000 pesos (MXN) mensuales, sin causa justificada. La empresa se negó a reinstalarla, así que aplica indemnización constitucional. Sus cifras son:
La indemnización por despido sin causa en México se calcula con el salario diario integrado (SDI), que ya incluye prestaciones anuales prorrateadas. salario diario integrado (SDI) y tus años de servicio completos.
629,59 × 30 × 3 = 56.663,10 pesos (MXN) de indemnización constitucional (a lo que se suman 20 días por año).
- Salario base diario: 600 pesos (MXN)
- SDI calculado: 629,59 pesos (MXN)
- Antigüedad: 6 años completos (para prima y 20 días)
- Días trabajados en el último año: 220
Desglose de su liquidación:
- Indemnización constitucional (3 meses): 629,59 × 30 × 3 = 56.663,10 pesos (MXN)
- 20 días por año (6 años): 629,59 × 20 × 6 = 75.550,80 pesos (MXN)
- Prima de antigüedad: 629,59 × 12 × 6 = 45.330,48 pesos (MXN), topeada al salario mínimo de la zona. Si el tope es 16.800 pesos (MXN) anuales × 6 = 100.800 pesos (MXN), Karla cobra los 45.330,48 pesos completos.
- Aguinaldo proporcional (220 días): 629,59 × 15 × 220 ÷ 365 = 5.693,84 pesos (MXN)
- Vacaciones proporcionales (14 días del segundo periodo): 629,59 × 14 = 8.814,26 pesos (MXN)
- Prima vacacional (25%): 8.814,26 × 0,25 = 2.203,57 pesos (MXN)
Total bruto: 194.256,05 pesos (MXN)
Para Karla, la exención de 90 UMAs por 6 años es 63.347,40 pesos (MXN). El excedente gravado es 130.908,65 pesos (MXN), sobre el cual el patrón retiene ISR según el artículo 95 de la Ley del ISR. El neto que recibe Karla depende de la tarifa vigente al momento del pago.
Con estas fórmulas puedes defender tu monto en la audiencia de conciliación. Si la empresa te ofrece menos o dilata el pago, la PROFEDET te asesora y representa sin costo, y el Centro de Conciliación Laboral es la puerta de entrada obligatoria antes de cualquier demanda ante un Tribunal Laboral.
La PROFEDET te asesora y representa gratis en todo el país, y el primer paso obligatorio es el Centro de Conciliación Laboral antes de ir al Tribunal.
Preguntas frecuentes sobre liquidación y finiquito
1. ¿Cómo se calcula la indemnización que te toca en una liquidación en México?
La indemnización por despido sin causa justificada equivale a 3 meses de salario (salario diario integrado por 90) más 20 días por cada año trabajado, según el artículo 48 de la Ley Federal del Trabajo. A eso se suman los conceptos proporcionales que ya tenías pendientes: aguinaldo, vacaciones, prima vacacional y, en su caso, salarios caídos. El patrón debe cubrirlo todo en un solo pago al momento de darte de baja.
Fuentes
- BukCalculadora Finiquito y Liquidación 2026 Datos Actualizados – Bukconsultado el 10/08/2026
- CclmichoacanCalculadora | Centro de Conciliación Laboral | Michoacánconsultado el 10/08/2026
- StoricardCalculadora de finiquito – Storiconsultado el 10/08/2026
- ConciliacionyarbitrajeCalculadora de prestaciones laboralesconsultado el 10/08/2026
- FacturamaCalculadora de Liquidación Laboral 2026 México – Facturamaconsultado el 10/08/2026
