- Qué es la liquidación en México despido sin causa justificada conforme a la Ley Federal del Trabajo.
- Cuánto te deben pagar 3 meses de salario + 20 días por año + 12 días de prima de antigüedad, más prestaciones proporcionales.
- Cómo reclamarla Profedet o Centro de Conciliación Laboral, y luego demanda ante el Tribunal Laboral.
Aviso: Este contenido es únicamente informativo y educativo y no constituye asesoría jurídica ni profesional. Aunque procuramos utilizar legislación, jurisprudencia y fuentes oficiales vigentes en México, las normas, criterios, plazos y requisitos pueden cambiar o variar según cada caso y entidad federativa. No tomes decisiones legales, económicas o que puedan afectar tus derechos basándote únicamente en este artículo. Verifica la información relevante en fuentes oficiales como el DOF, Cámara de Diputados, SCJN y la autoridad competente, y consulta a un abogado o profesional calificado cuando tu situación lo requiera. Los ejemplos y cálculos son orientativos y pueden contener errores u omisiones.
La liquidación en México se compone de tres grandes sumas cuando el despido es injustificado: tres meses de salario, veinte días por cada año trabajado y doce días de prima de antigüedad por año, además del aguinaldo, vacaciones y prima vacacional que no hayas disfrutado. Lo que te pague el patrón depende de cómo terminó la relación y de tu antigüedad; con los datos a la mano puedes verificar cada cifra antes de firmar cualquier documento.
Lo que la mayoría confunde: la liquidación y el finiquito no son sinónimos. La primera solo aplica en despido justificado o injustificado y contiene las indemnizaciones; el finiquito se paga también en la renuncia voluntaria y solo cubre prestaciones proporcionales del último año.
A quién le corresponde la liquidación y qué necesitas para reclamarla
Antes de calcular cualquier cifra necesitas confirmar que tu caso sí genera liquidación completa. La regla es clara: si el patrón te corrió sin causa justificada conforme a la Ley Federal del Trabajo, debe pagarte las tres indemnizaciones. Si te corrió con causa, solo te debe prestaciones proporcionales. Y si renunciaste tú, la liquidación como tal no existe: lo que se paga es un finiquito.
| [Improcedente (injustificado)] | [Ninguno aplica correctamente] | |
|---|---|---|
| [Indemnización] | ✔ | ✕ |
| [3 meses + 20 días/año] | ✕ | ✔ |
| [12 días/año] | [Opc.] | ✔ |
Checklist para saber si proceden los tres meses y los veinte días por año:
- Despido sin aviso y sin causa documentada.
- Antigüedad reconocida (contrato, recibos de nómina, alta en el IMSS).
- Salario base comprobado (recibos de nómina o CFDI de nómina).
- No haber firmado un convenio de salida ante el Tribunal Laboral o un Centro de Conciliación.
Liquidación, finiquito y renuncia voluntaria: no es lo mismo
| Concepto | Cuándo aplica | Qué incluye | Indemnización 3 meses | 20 días por año | Prima de antigüedad |
|---|---|---|---|---|---|
| Despido injustificado | El patrón te despide sin causa | Sí | Sí | Sí | Sí |
| Despido justificado | Causa del art. 47 LFT acreditada | Solo prestaciones proporcionales | No | No | No |
| Renuncia voluntaria | Tú decides terminar la relación | Solo prestaciones proporcionales | No | No | No (salvo que la ley o tu contrato diga otra cosa) |
| Vencimiento de contrato por tiempo determinado | Llega la fecha pactada | Finiquito proporcional | No | No | No |
Despido justificado e injustificado: la diferencia que define cuánto te pagan
En el despido injustificado el patrón tiene dos caminos: reinstalarte en tu mismo puesto y condiciones, o pagar la indemnización completa. Si opta por pagar, la fórmula incluye los tres meses de salario, los veinte días por cada año y la prima de antigüedad. En el despido justificado solo debe pagar las partes proporcionales del año en curso.
Documentos y datos que debes tener a la mano
Reunir esta información antes de cualquier cálculo evita errores y te permite comparar lo que te ofrezcan con lo que realmente te corresponde por ley. La calculadora del Centro de Conciliación Laboral usa exactamente estos mismos campos, así que tenerlos listos acelera el trámite.
La indemnización constitucional se calcula con una fórmula muy simple. salario diario (integrado o base diario) por 90 días.
253,50 × 90 = 22.815 pesos MXN de indemnización constitucional.
- Salario diario integrado o, en su defecto, salario base diario.
- Fecha de ingreso y fecha de baja (día, mes y año).
- Zona geográfica: municipio con salario mínimo general o de la Zona Libre de la Frontera Norte.
- Oficio con salario mínimo especial, si tu puesto aparece en la lista oficial de la CONASAMI.
- Días de vacaciones no disfrutadas y antigüedad exacta para calcular vacaciones proporcionales.
Cómo se calcula cada concepto que te debe tu patrón
La liquidación por despido injustificado se integra con piezas bien definidas. Cada una tiene su propia fórmula y su base en la Ley Federal del Trabajo, por lo que revisar el desglose por separado te permite detectar cualquier deducción o ausencia indebida.
Indemnización constitucional de 3 meses de salario
La fórmula es directa: salario diario multiplicado por noventa días. Karla, enfermera en Guadalajara con sueldo de 7.050 pesos mensuales, trabajaba con la empresa Médica del Valle desde el 3 de enero de 2022. La despidieron sin causa el 15 de noviembre de 2024 (2 años, 10 meses y 12 días). Con salario diario de 253.50 pesos MXN, su cálculo sería 253.50 × 90 = 22.815 pesos MXN, sin importar los años que tenga, siempre que el despido sea injustificado.
La despiden tras 2 años, 10 meses y 12 días sin carta de despido ni causa documentada. Al acreditarse despido injustificado, cobra 3 meses + 20 días/año: 38.025 pesos MXNentre las tres indemnizaciones (22.815 + 15.210, sin contar la prima) de indemnización constitucional e indemnización por antigüedad..
Tres meses de salario se pagan íntegros en cualquier despido injustificado, sin importar la antigüedad.
Indemnización de 20 días por cada año de servicio
Solo aplica cuando el patrón decide no reinstalar al trabajador. Para Karla, con 2 años cumplidos y una fracción superior a seis meses, se cuentan 3 años completos: 253.50 × 20 × 3 = 15.210 pesos MXN.
Prima de antigüedad de 12 días por año y su tope salarial
Si el salario de Karla supera el doble del salario mínimo de su zona, el cálculo se hace con ese tope, no con su salario real. Los años completos dan 12 días por cada uno: 253.50 × 12 × 3 = 9.126 pesos MXN. La Ley Federal del Trabajo marca ese límite para evitar que la prima se vuelva desproporcionada en puestos de sueldo alto.
Aguinaldo, vacaciones y prima vacacional proporcionales
El mínimo legal de aguinaldo es de 15 días, pagadero antes del 20 de diciembre. Como Karla no completó el año, recibe la parte proporcional: 253.50 × 15 × (322/365) = 3.355 pesos MXN.
Vacaciones: tras el primer año la ley fija 12 días, y suma 2 por cada año cumplido, hasta 20. Karla tiene derecho a 16 días en su tercer año. Como se le corrió antes de tomarlos, se le pagan: 253.50 × 16 × (322/365) = 3.578 pesos MXN.
Prima vacacional: mínimo 25% sobre el salario del periodo. Para Karla: 3.578 × 0.25 = 895 pesos MXN.
Tratamiento fiscal: ISR y la exención de 90 UMAs por año
La indemnización por despido se grava conforme al artículo 95 de la Ley del ISR, que aplica para este tipo de ingresos. La parte exenta del impuesto es la suma de las tres indemnizaciones, hasta 90 UMAs por cada año de servicio. El excedente se acumula a tus demás ingresos del año y se grava a tasa marginal.
| Concepto | Monto recibido | Parte exenta (90 UMAs × 2.81 años) | Parte gravada |
|---|---|---|---|
| 3 meses de salario | 22.815 pesos MXN | 23.345 pesos MXN | 0 |
| 20 días por año | 15.210 pesos MXN | 15.210 pesos MXN (consume el resto) | 0 |
| Prima de antigüedad | 9.126 pesos MXN | 0 (excedente) | 9.126 pesos MXN |
El patrón retiene de forma definitiva, considerando la suma de tus ingresos anuales, por lo que el ISR retenido puede ser mayor al estimado con la UMA aislada. La calculadora de liquidación de Facturama desglosa este impuesto paso a paso sobre el salario bruto del trabajador.
Dónde y cómo reclamar si el patrón no paga
La ruta tiene tres paradas y empieza por la conciliación prejudicial obligatoria, según la reforma laboral de 2019. Ya no se puede demandar directamente: hay que pasar antes por el Centro de Conciliación y, si no hay acuerdo, entonces sí llega la demanda al Tribunal Laboral.
- Acudir a la Profedet para asesoría y, si el patrón acepta, representación gratuita.
- Acudir al Centro de Conciliación Laboral para solicitar la audiencia de conciliación; para localizar la oficina más cercana usa Google Maps buscando "Centro de Conciliación Laboral Federal" o el de tu estado.
- Si la conciliación no funciona, presentar demanda ante el Tribunal Laboral del Poder Judicial (federal o local, según corresponda).
Fuentes
- BukCalculadora Finiquito y Liquidación 2026 Datos Actualizados – Bukconsultado el 09/08/2026
- FiniquitojustoCalculadora de Finiquito y Liquidación Laboral 2026 | 19 Países …consultado el 09/08/2026
- CclmichoacanCalculadora | Centro de Conciliación Laboral | Michoacánconsultado el 09/08/2026
- FiscoclicCalculadora de finiquito y liquidacion 2026 en México – FiscoClicconsultado el 09/08/2026
- FacturamaCalculadora de Liquidación Laboral 2026 México – Facturamaconsultado el 09/08/2026
