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Carta de despido en México: ejemplo real, qué debe llevar y cómo te conviene firmarla

octubre 16, 2026 México Derecho 10 min read
Carta de despido en México: ejemplo real, qué debe llevar y cómo te conviene firmarla
EN 30 SEGUNDOS

  • Qué es: aviso escrito del patrón que comunica el fin de la relación laboral.
  • Cuánto te toca: 3 meses + 20 días por año + caídos + prima del 162 LFT.
  • Cómo reclamar: PROFEDET o Centro de Conciliación, demanda al Tribunal Laboral en 2 meses.
El reloj corre desde el despido: si el patrón no te notifica por escrito, el despido se presume sin causa y la indemnización se dispara.

La carta de despido en México es el aviso por escrito con el que el patrón te comunica que terminó la relación laboral, ya sea por una causa justificada o sin ella. No es opcional: cuando el patrón decide correrte, debe notificártelo por escrito y, si no lo hace, el despido se presume injustificado y se dispara la indemnización que marca la Ley Federal del Trabajo.

¿Qué es la carta de despido y cuándo te la tienen que dar?

Es el documento que firma el patrón (o su representante legal) para avisarte el fin de la relación laboral. La Ley Federal del Trabajo distingue tres caminos muy distintos, y de cuál sea depende lo que te paguen y cómo te convenga firmar:

TÉRMINOSalario base para indemnización

Retribución mensual diaria integrada del trabajador al momento del despido, base del cálculo. No es el neto que te depositan ni el sueldo bruto sin promediar.

TÉRMINOAntigüedad computable

Todo el tiempo trabajado para el mismo patrón, incluidos los contratos sucesivos sin solución real de continuidad. No cuenta solo la vigencia del último contrato firmado.

Estos dos conceptos son los engranajes del cálculo: si te los definen mal, te pagan de menos sin que se note a simple vista.
  • Rescisión justificada (art. 47 LFT): el patrón te corre por una causa grave que tú provocaste, como engaño con documentos, faltas de probidad, más de tres faltas de asistencia injustificadas en 30 días, o daños intencionales. Si la causa no se acredita, el despido se vuelve injustificado automáticamente.
  • Despido sin causa (art. 48 LFT): no hay causa imputable a ti, pero el patrón decide cerrar la plaza, recortar área o simplemente prescindir de tus servicios. Aquí nacen las indemnizaciones más altas: 3 meses de salario, 20 días por año, salarios caídos y prima de antigüedad.
  • Renuncia voluntaria: el documento lo firmas tú para salir; no genera indemnización, solo finiquito (partes proporcionales y vacaciones).
Situación ¿Quién la firma? ¿Genera indemnización constitucional?
Rescisión justificada El patrón Solo si no se prueba la causa
Despido sin causa El patrón Sí: 3 meses + 20 días por año + caídos
Renuncia voluntaria Tú No; solo finiquito

Requisitos del aviso y documentos que debes guardar

La notificación debe ser personal y por escrito; si el patrón no te localiza, debe pedirle a la Junta (hoy, al Tribunal Laboral) que te la notifique. Revisa que el documento traiga sí o sí:

Día 30 de 60 naturales (art. 519 LFT)Quedan 30 días
Despido (día 0)Caduca (día 60)

El plazo corre desde el cese, no desde que firmas la carta; si firmas "no conforme" el reloj sigue avanzando igual.
  • Datos del patrón: razón social, RFC, domicilio fiscal y, si lo tiene, nombre del representante legal.
  • Tus datos: nombre completo, RFC, número de IMSS (NSS) y puesto.
  • Fecha y lugar exactos en que se te entrega.
  • Descripción de los hechos con qué, dónde, cuándo y cómo ocurrieron, sin generalidades tipo "conducta inapropiada".
  • Fundamento legal: el artículo concreto de la Ley Federal del Trabajo que se invoca.
  • Fecha en que surten efectos la rescisión y firma del patrón.

Guarda en una carpeta aparte tu contrato, recibos de nómina (CFDI), comprobantes de vacaciones, identificaciones oficiales y cualquier correo o mensaje donde el patrón reconozca la relación laboral. Con la reforma de 2021 la carga de la prueba se invirtió: si el patrón no exhibe los recibos de nómina firmados, se presume que te corrió sin causa.

Si falta uno solo de esos datos, el aviso no sirve como rescisión justificada y se convierte en despido sin causa.

Indemnización y finiquito: cómo se calcula y ejemplo en pesos

Cuando el despido es sin causa, la Ley Federal del Trabajo y su art. 48 suman cuatro conceptos que el patrón te debe pagar al momento:

Indemnización estimada en sentencia
184.800 pesos (MXN)
▲ +28.800 MXN vs la oferta típica de patrón
El patrón suele ofrecer 156.000 pesos (MXN) en el primer finiquito.

La diferencia entre lo ofrecido en ventanilla y lo que un Tribunal Laboral concede se cocina en los 20 días por año bien calculados.
  1. 3 meses de salario por indemnización constitucional (no requiere antigüedad).
  2. 20 días de salario por cada año de servicio (prima de antigüedad con tratamiento distinto: 12 días por año topados al doble de la UMA, para efectos del 162 LFT, cuando proceda).
  3. Salarios caídos: lo que sigues generando desde el día del despido hasta que se pague o hasta la resolución del juicio.
  4. Prima de antigüedad del 162 LFT: 12 días por año, con tope de dos veces el salario mínimo general (o la UMA, según el concepto) y exigible en ciertos supuestos (más de 15 años de servicio o despido justificado).

Ejemplo con cifras: imaginemos a Karla, despedida en Monterrey tras 4 años con salario mensual de 18.000 pesos (MXN).

Concepto Cálculo Importe (MXN)
3 meses de salario 18.000 × 3 54.000
20 días por año (4 años) 18.000 / 30 × 20 × 4 48.000
Salarios caídos (90 días) 18.000 / 30 × 90 54.000
Prima antigüedad (12 días × 4 años, topada) 18.000 / 30 × 12 × 4 28.800
Total estimado 184.800

A eso súmale finiquito: parte proporcional de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional no disfrutadas. Si te corren "por causa" y no te la acreditan, los mismos cuatro conceptos te corresponden.

Cómo conviene firmarla y modalidades de entrega

Composición de la indemnización por despido en México
Caso Karla: 4 años, salario mensual de 18.000 MXN, despido sin causa en Monterrey.
34,5 %
34,5 %
31 %
3 meses de salarioSalarios caídos (90 días)20 días por año
Mira cuál es el rubro con mayor peso: los caídos suelen comerse casi un tercio del total si el juicio se alarga.
  1. No te niegues a recibirla: negarte no la invalida; el patrón puede pedir al Tribunal Laboral que te la notifique y eso solo alarga el proceso.
  2. Firma como "recibida" y, debajo, escribe "no conforme" si no estás de acuerdo con los hechos. Esa leyenda no es aceptación: la jurisprudencia laboral la respeta como simple acuse de recibo.
  3. Pide copia sellada o firmada por quien te la entrega; si la entrega es electrónica (PDF), solicita acuse con folio y fecha.
  4. Anota fecha y hora exactas de la entrega y guarda el documento original escaneado.
  5. Si el patrón se rehúsa a notificarte, cualquier día hábil puedes acudir a PROFEDET (asesoría gratuita) o levantar un acta en el Centro de Conciliación de tu entidad; con la Reforma Laboral de 2019, las Juntas de Conciliación y Arbitraje ya no reciben demandas nuevas.

Plazos que se vencen y qué pasa si los dejas pasar

184.800 pesos (MXN)
Mínimo ~54.000 MXNMáximo ~360.000 MXN

Tu caso cae en la franja media: con 4 años de antigüedad estás lejos del techo, pero muy por encima del suelo legal.
Plazo Regla Qué pasa si lo dejas pasar
30 días naturales (art. 47 LFT) Para entregarte el aviso de rescisión cuando el trabajador se ausentó Pierde la posibilidad de rescindir con causa
2 meses (art. 519 LFT) Para presentar la demanda por despido La acción prescribe y pierdes el derecho a cobrar
Hasta resolución Salarios caídos Dejas de percibir ese rubro

El reloj corre desde el día siguiente al despido, no desde que firmas la carta. Si firmaste "no conforme", el plazo corre igual; lo que cambia es que tu firma no te ata a aceptar los hechos narrados.

En la práctica, PROFEDET y los Centros de Conciliación estatales atienden sin costo y suelen resolver más rápido que un juicio completo.

Consulta el texto vigente de la Ley Federal del Trabajo y, si quieres un modelo de escrito, revisa las plantillas de vLex para México como referencia de estructura; recuerda que el fondo legal lo fija la LFT y los tribunales laborales de tu entidad.

Riesgo real de perder la indemnización por plazos
Trabajadores mexicanos despedidos sin causa que no reclaman a tiempo, según PROFEDET.

85%probabilidad de prescribir la…0%100%

Fíjate en lo cerca que está la aguja del máximo: dejar pasar los 2 meses del 519 LFT te deja sin derecho a cobrar.

Antes de firmar, revisa tres cosas: que la fecha coincida con la real, que la causa invocada sea verificable y que el importe del finiquito o indemnización aparezca desglosado. Si falta cualquiera de las tres, firma como "recibida pero no conforme" y pide copia sellada.

¿Sabías que…?

El finiquito y la indemnización son conceptos distintos: puedes cobrar el finiquito y aun así demandar la indemnización constitucional del art. 48 LFT.

Firmar el recibo de finiquito no te impide demandar, siempre que no hayas firmado «conforme» ni un convenio líquido.

Cobrar el finiquito no es rendirte: te deja la puerta abierta para pelear los 3 meses y los 20 días por año.

Dato clave: con la reforma de 2021, si el patrón no entrega los recibos de nómina firmados en el juicio, se presume que la relación existió en los términos que tú digas y que el despido fue sin causa. Eso invirtió la carga de la prueba y es tu principal escudo procesal.

Pregunta rara pero frecuente¿El aviso de rescisión con causa también tiene que avisarme por escrito? Sí: el art. 47 LFT exige notificación personal y por escrito; sin ella, la causa se cae.
Que el patrón diga verbalmente "estás despedido" no surte efectos: sin papel firmado, gana el trabajador.

¿Y si la carta trae un convenio firmado en ese momento? Jamás lo firmes sin asesoría: las prestaciones constitucionalmente irrenunciables (3 meses, 20 días por año) no se pueden reducir en un convenio en blanco. Si ya lo firmaste, aún puedes impugnarlo dentro de los dos meses.

1

Documentar
Carta, CFDI de nómina, contrato y acuse de entrega.
2

Plazos
30 días naturales para rescisión con causa; 2 meses para demandar.
3

Conciliar
PROFEDET o Centro de Conciliación estatal, gratis.
4

Juicio
Demanda ante el Tribunal Laboral de tu entidad.
5

Cobrar
Indemnización, finiquito y salarios caídos hasta pago o sentencia.

Apenas vas en el primer paso: lo más caro se decide en la firma inicial y en los dos meses siguientes.

Ruta rápida tras un despido: (1) firmar la carta como "recibida no conforme" y pedir copia; (2) reunir contrato, recibos de nómina, CFDI y mensajes; (3) acudir a PROFEDET o al Centro de Conciliación local dentro del mes siguiente; (4) si no hay convenio, presentar demanda ante el Tribunal Laboral antes de cumplir dos meses.

2 meses
naturales para demandar al Tribunal Laboral desde el despido (art. 519 LFT)
Pasado ese plazo la acción prescribe: ya no hay Tribunal, juicio ni indemnización que valgan.

Cifra tope: el salario mínimo general en México lo fija la CONASAMI y la UMA la publica el INEGI cada año; la prima de antigüedad se topa al doble del salario mínimo vigente (o a dos veces la UMA, según el supuesto del 162 LFT). Consulta ambos valores oficiales al año en curso antes de calcular.

Fuerza del caso en un juicio laboral mexicano
Factores que un Tribunal Laboral pondera en un despido sin causa con 4 años de antigüedad.
Antigüedad sup…Carga de la pr…Firma "no conf…CFDI de nómina…Causa invocada…

Antigüedad superior a un año78
Carga de la prueba invertida a tu…88
Firma "no conforme" con copia sel…82
CFDI de nómina completo90
Causa invocada sin testigos ni ac…30
Observa cuál es tu talón de Aquiles: una causa sin pruebas o sin recibos de nómina voltea el resultado a tu favor.

Fuerza del caso, factor por factor: antigüedad mayor a un año y despido sin causa suman puntos a tu favor; causa acreditada con pruebas claras (testigos, cámaras, actas) los resta. Una firma "no conforme" con copia sellada y CFDI de nómina en regla inclina la balanza hacia el trabajador en casi cualquier Tribunal Laboral.

Fuentes

  1. FactorialCarta de despido laboral injustificado explicada ✉️ – Factorialconsultado el 10/08/2026
  2. ManatalCarta de despido: Despido y/o reducción de plantilla – Manatal.comconsultado el 10/08/2026
  3. ZetyCarta de Despido: Tipos y Modelos para Rellenar – Zety ESconsultado el 10/08/2026
  4. WonderCarta de Despido Justificado – Modelo | Word y PDF – Wonder.Legalconsultado el 10/08/2026
  5. Vlexmodelo de carta de despido – vLexconsultado el 10/08/2026