Carta poder

Carta poder para asamblea de condominio en México: requisitos y modelo listo

octubre 29, 2026 México Derecho 10 min read
Carta poder para asamblea de condominio en México: requisitos y modelo listo
EN 30 SEGUNDOS

  • Qué es: una carta poder simple para que alguien te represente y vote en tu lugar.
  • Cuántos votos: máximo dos por persona (el propio más uno ajeno).
  • Quién no vale: el administrador del condominio queda fuera.
Sin representación válida, las cuotas, las obras y los cambios al reglamento se deciden igual, pero sin tu voto: por eso conviene dejar el poder hecho antes de la convocatoria.

Si no puedes ir a la asamblea de tu condominio, una carta poder simple basta para que alguien vote por ti. Eso sí: el voto es personalísimo, nadie puede acumular más de dos representaciones y el administrador queda fuera del juego. El resto va en unas líneas bien puestas.

AtenciónNo acumular más de un voto ajeno: nadie puede concentrar más de un voto ajeno sumado al propio, es decir, dos votos como máximo.Si te ofrecen “acumular cinco representaciones”, lo que te están ofreciendo es invalidar tu voto.
Ese tope de dos votos por persona es lo que mantiene limpio el quórum y las resoluciones de la asamblea.

La asamblea es el órgano máximo de decisión del condominio. Sin representación válida, las cuotas, las obras y los cambios al reglamento se deciden igual, pero sin tu voto: por eso conviene no dejar pasar la fecha y dejar el poder hecho antes de que llegue la convocatoria.

Quién puede otorgar y recibir la carta poder

El poder lo otorga el condómino, dueño registral de la unidad según la escritura constitutiva del condominio. También puede otorgarlo el inquilino, pero solo cuando el propietario le cedió expresamente esa facultad en el contrato de arrendamiento; en caso contrario, el inquilino asiste como observador, con voz pero sin voto. Quien recibe el poder debe ser una persona física: familiar, vecino, copropietario o, incluso, otro condómino de la misma unidad condominal.

Lo que la ley prohíbe es claro: nadie puede concentrar más de un voto ajeno sumado al propio, es decir, dos votos como máximo. Si te ofrecen “acumular cinco representaciones”, lo que te están ofreciendo es invalidar tu voto. El administrador, por su parte, queda expresamente fuera: representa los intereses del condominio en lo operativo, no a los condóminos en la mesa de decisiones.

Límite de dos votos por persona

Cada representante lleva su propio voto más, como máximo, uno ajeno. Para que el conteo sea correcto, el voto del representado se suma al del representante (dos votos en total), y ambos se reflejan por separado en el acta. Si el voto del poderdante se suma al de tres representados, ese voto de más anula la representación sobrante y se le pide al representante que se quede solo con dos.

El administrador queda fuera

La ley es tajante: el administrador de la finca no puede ser representante de un condómino, ni siquiera con carta poder firmada. Si alguien intenta acumular representaciones desde la mesa directiva —“yo llevo los votos de tres ausentes”—, lo correcto es pedir al comité de vigilancia o al presidente de la asamblea que rechace esos poderes. Esa defensa del procedimiento es lo que mantiene limpio el quórum y las resoluciones.

Datos que debe contener el documento

La carta poder se redacta en hoja simple y no requiere formato oficial. Aun así, omitir datos abre la puerta a impugnaciones después. Para que tenga valor legal, el documento necesita:

  • Nombre completo del otorgante y del representante.
  • Indicación del carácter con el que firma el otorgante (condómino titular, representante legal o inquilino con facultades).
  • Unidad condominal que se representa y porcentaje de indiviso que le corresponde.
  • Fecha de expedición del documento y firma autógrafa del otorgante (con copia de identificación oficial para mayor respaldo).
  • Alcance del poder: si es para una asamblea específica o para varias; si incluye voto y, opcionalmente, suscripción del acta.
  • Manifestación expresa de que el poder se otorga al amparo de la Ley de Propiedad en Condominio de la entidad que corresponda.

¿Tiene costo la carta poder?

Otorgar y recibir una carta poder entre particulares es gratuito. Lo que cuesta, si quieres blindarla, es la ratificación de las firmas ante notario o la protocolización del documento. Esos honorarios los fija cada notaría y cambian por estado y por el número de hojas del libro del protocolo; en la Ciudad de México el arancel depende del Código Fiscal local y del Colegio de Notarios. La recomendación práctica es llamar a la notaría de tu colonia y preguntar el tarifario vigente antes de ir. En zonas metropolitanas, una ratificación de firmas suele moverse en un rango de cientos a pocos miles de pesos mexicanos (MXN); en municipios pequeños puede ser más bajo, y en agencias con mayor demanda, más alto.

Consejo: si la asamblea discute algo sensible (derogación de cuotas, obras mayores o cambio de administrador), conviene ratificar firmas; si solo aprueba presupuesto de mantenimiento, basta una carta simple con copia de INE del otorgante.

Cómo presentarla paso a paso en la asamblea

Carta poder para asamblea de condominio
RegulaciónLey de Propiedad en Condominio de la entidad
Otorgantecondómino titular, representante legal o inquilino con facultades
Representantepersona física (familiar, vecino, copropietario u otro condómino)
Máximo de votos2 por persona (propio + 1 ajeno)
Administradorno puede ser representante
Formato
  1. Antes de la asamblea: descarga o redacta el modelo y recaba la firma del condómino (con copia de su INE).
  2. El día, llega 10 o 15 minutos antes y preséntate con el documento ante el comité de vigilancia o el presidente de la mesa.
  3. Entrega la carta poder junto con tu identificación; el secretario la anexa al expediente de la asamblea y la coteja con la lista de asistencia.
  4. Pide que tu nombre quede registrado como representante del condómino ausente en la lista de asistencia firmada.
  5. En el acta se asienta el carácter con el que votas (“representante del condómino X”) y el sentido del voto; al final, se firma el acta por la mesa y por los representantes que así lo deseen.

En un condominio típico de la alcaldía Coyoacán con 20 unidades, una asamblea ordinaria suele sumar entre 8 y 12 asistentes presenciales; el resto del quórum se completa con cartas poder, lo que convierte ese documento en pieza clave para que las decisiones tengan validez.

Modelo listo de carta poder

Ejemplo para copiar y adaptar (datos ficticios):


CARTA PODER PARA ASAMBLEA DE CONDOMINIO

Ciudad de México, alcaldía Benito Juárez, a 14 de marzo de 2025.

Por la presente, yo, Lucía Méndez Vargas, condómina titular del departamento 302-B del condominio “Residencial Las Águilas”, con porcentaje de indiviso del 4.873 %, según consta en la Escritura Constitutiva, otorgo poder amplio y suficiente a Roberto Cárdenas Núñez, para que en mi nombre y representación asista, vote y ejerza los derechos que me corresponden en la Asamblea General Ordinaria de condóminos del condominio, a celebrarse el día 22 de marzo de 2025 en el salón común del condominio.

Manifiesto que la presente representación se limita a la asamblea indicada y a las resoluciones que en ella se adopten, en términos de la Ley de Propiedad en Condominio de la Ciudad de México.

Firma del otorgante: ____________________________ (Lucía Méndez Vargas) Identificación: Credencial para votar, clave (ficticia) MX-789012345678.

Firma de conformidad del representante: ____________________________ (Roberto Cárdenas Núñez)


Plazos y quórum que debes conocer

La periodicidad mínima de la asamblea ordinaria la fija cada legislación local y la escritura constitutiva; en muchas entidades se recomienda una reunión ordinaria al menos una vez al año, y en la Ciudad de México hay práctica reiterada de convocar cuatro veces al año, sobre todo cuando el condominio maneja obras, presupuesto y morosidad. Las asambleas extraordinarias no tienen tope y se convocan cuando hay temas urgentes: remodelaciones, modificaciones al reglamento interno o litigios pendientes.

Las reglas de quórum cambian entre entidades, por lo que siempre hay que revisar la ley vigente del estado donde está el condominio. Un esquema frecuente en estados como la Ciudad de México funciona así:

  • 1.ª convocatoria: se exige un quórum alto (algunas leyes lo ubican alrededor del 75 % del total de indivisos).
  • 2.ª convocatoria, treinta minutos después: mayoría simple (50 % + 1) de los asistentes.
  • 3.ª convocatoria, otros treinta minutos después: se decide con los presentes, según el reglamento interno y la escritura.

Para visualizar tiempos, una convocatoria ordinaria sigue este calendario típico:

Carta poder simple0 MXN
Ratificación de firmas ante notario (opcional) cientos a pocos miles de pesos mexicanos (MXN)Protocolización del documento
según arancel de la notaría Copia de INE del otorgantesin costo
Costo total estimado

gratis si se hace en hoja simple, con ratificación notarial si quieres blindarla

0 MXN – pocos miles de pesos mexicanos

En la Ciudad de México el arancel depende del Código Fiscal local y del Colegio de Notarios, así que conviene preguntar el tarifario vigente antes de ir.
  • Publicación de la convocatoria (contabilización de días naturales): 1.
  • Plazo para observaciones de condóminos: 2.
  • Notificación de cambios al orden del día: 3.
  • Celebración de la asamblea: 4.

Las decisiones, por defecto, se toman por mayoría simple de votos. Si la escritura, el reglamento o la ley fijan mayoría calificada para ciertos temas (por ejemplo, modificar el reglamento o gravar áreas comunes), ese porcentaje manda. Cuando no se alcanza el quórum en primera convocatoria, se pasa a segunda y, en su caso, a tercera; si en ninguna se logra el mínimo legal, la asamblea se difiere y el administrador puede convocar una nueva con los ajustes que la ley permita.

En resumen: tu carta poder vale por una asamblea, con tu firma, tus datos y un representante que no sea el administrador; presentarla a tiempo es la diferencia entre votar y mirar desde afuera.

¿Sabías que…?

El voto del condómino representado se anota por separado en el acta, no se suma “en bloque” al del representante: ambos votos se reflejan individualmente y el de más anula la representación sobrante. En la Ciudad de México el arancel depende del Código Fiscal local y del Colegio de Notarios, así que conviene preguntar el tarifario vigente antes de ir. colegiado puede representarte en el juzgado de lo social igual que un abogado, y normalmente cobra menos.

Preguntas frecuentes sobre la carta poder en asamblea de condominio

1. ¿Qué es una carta poder para asistir a una asamblea de condominio y para qué sirve?

Es un documento en el que un propietario de un condominio autoriza a otra persona para que lo represente y vote por él en la asamblea. En México la regulan los reglamentos de cada condominio y, supletoriamente, el Código Civil de cada entidad federativa (por ejemplo, el Código Civil de la CDMX en sus artículos 2010 y 2014 sobre representación voluntaria). Sirve para que no pierdas quórum ni tu derecho a voto cuando no puedes ir.

2. ¿Cómo se redacta una carta poder para una asamblea de condominio?

Debe incluir fecha, nombre completo del otorgante y del representante, unidad o departamento que representa, datos de la asamblea (fecha y lugar), poderes que se otorgan (voto, firma, propuestas), vigencia y firma del propietario, preferiblemente con dos testigos. Aunque la Ley de Propiedad en Condominio de tu entidad puede no exigir un formato único, muchos reglamentos internos piden que se adjunte copia de la identificación oficial de quien otorga el poder.

Fuentes

  1. Esambleaesamblea — Carta Poder Digital para Asambleas de Condominios …consultado el 11/08/2026
  2. AdministradoresmexicoDerecho al voto en asambleas generales: ¿Quiénes pueden …consultado el 11/08/2026
  3. BlogspotFormato de Autorización para asistir a la Asamblea … – YelitzeCortezconsultado el 11/08/2026
  4. AdministraciondecondominiosAsamblea De Condominosconsultado el 11/08/2026