- Qué es: lesión ocurrida fuera del trabajo y del trayecto casa-oficina.
- Cuánto cobras: 60% del SBC del día 4 al 20 y 75% del día 21 en adelante.
- Cómo reclamar: atención médica inmediata en UMF u hospital del IMSS.
Aviso: Este contenido es únicamente informativo y educativo y no constituye asesoría jurídica ni profesional. Aunque procuramos utilizar legislación, jurisprudencia y fuentes oficiales vigentes en México, las normas, criterios, plazos y requisitos pueden cambiar o variar según cada caso y entidad federativa. No tomes decisiones legales, económicas o que puedan afectar tus derechos basándote únicamente en este artículo. Verifica la información relevante en fuentes oficiales como el DOF, Cámara de Diputados, SCJN y la autoridad competente, y consulta a un abogado o profesional calificado cuando tu situación lo requiera. Los ejemplos y cálculos son orientativos y pueden contener errores u omisiones.
El accidente no laboral en México es toda lesión física ocurrida fuera del trabajo y del trayecto casa–oficina: una caída en casa, un esguince haciendo deporte, una quemura en la cocina o un accidente vial en día de descanso. Como no se produjo en horario laboral ni en el trayecto, el IMSS lo trata como enfermedad común y aplica las reglas de ese régimen dentro del Seguro Social.
Para que el IMSS pague el subsidio económico y dé las prestaciones médicas, el afectado debe estar afiliado y dado de alta, y haber cotizado al menos 180 días en los últimos cinco años, según se explica en la guía sobre subsidio por incapacidad temporal. El pago corre a cargo del propio IMSS (no del patrón), y el trabajador conserva su puesto y su antigüedad mientras dura la incapacidad.
A quién le aplica el accidente no laboral y cómo se distingue del accidente de trabajo
Accidente no laboral frente a accidente de trabajo y de trayecto
En el apartado de riesgos de trabajo de la PROFEDET se aclara que la Ley Federal del Trabajo y la Ley del Seguro Social sólo reconocen tres figuras protegidas: accidente de trabajo, accidente de trayecto y enfermedad de trabajo. Todo lo demás se encuadra como enfermedad común, y ahí es donde entra el accidente no laboral.
| Figura | Cuándo ocurre | Quién paga el subsidio | Porcentaje desde el día 1 | Base normativa |
|---|---|---|---|---|
| Accidente de trabajo | Durante la jornada, en el centro de trabajo o por la actividad laboral | IMSS (régimen de riesgos de trabajo) | 75 % del salario base de cotización, desde el día siguiente | Ley Federal del Trabajo y Ley del Seguro Social |
| Accidente de trayecto | Al ir o volver del trabajo, en el trayecto habitual | IMSS (régimen de riesgos de trabajo) | 75 % desde el día siguiente | Ley Federal del Trabajo y Ley del Seguro Social |
| Accidente no laboral | Fuera del trabajo y del trayecto (casa, calle, deporte, vacaciones) | IMSS (régimen de enfermedad común) | 60 % desde el día 4; 75 % desde el día 21 | Ley del Seguro Social, régimen de enfermedad común |
▲ +98,86 pesos (MXN) vs el primer tramo
Las tres primeras figuras las cubre el IMSS con un porcentaje mayor desde el día siguiente; el accidente no laboral se queda en enfermedad común, con tres días sin pago y un arranque más bajo (60 %).
Requisitos de afiliación y cotización para acceder al subsidio
Para cobrar el subsidio por accidente no laboral hacen falta dos cosas, ambas obligatorias:
- Estar afiliado y vigente ante el IMSS como trabajador asegurado. Lo compruebas con tu Número de Seguridad Social (NSS) y tu constancia de vigencia de derechos.
- Haber cotizado al menos 180 días en los últimos cinco años bajo el régimen de enfermedad común, tal como se explica en la misma guía sobre incapacidad temporal (criterio que comparte la práctica del IMSS para prestaciones en dinero por enfermedad común).
Si no alcanzas las 180 cotizaciones, el IMSS igual te da atención médica —es una prestación independiente—, pero el subsidio en dinero se reduce: se paga solo a partir del día siguiente en que se alcancen las cotizaciones exigidas, y durante los días sin derecho no hay pago.
Documentos que hay que presentar ante el IMSS
El día que acudas a la clínica o al hospital del IMSS lleva lo siguiente, en original y copia:
- Identificación oficial vigente: credencial para votar del INE, pasaporte mexicano o cédula profesional.
- CURP actualizada, la puedes descargar gratis en el portal de RENAPO.
- Número de Seguridad Social (NSS) o comprobante de asignación reciente.
- Comprobante de afiliación o vigencia de derechos (constancia que emite el IMSS en línea o en ventanilla).
- Comprobante de domicilio reciente, menos de tres meses de antigüedad (luz, agua, estado de cuenta).
- Parte médico de incapacidad: primero el de baja (cuando el médico determina que no puedes trabajar) y luego el de confirmación o alta, según evoluciones.
Si el accidente fue vial y hubo otra parte involucrada, también sirve el parte de tránsito o el número de incidente; no es obligatorio para el IMSS, pero te protege si después hay juicio de indemnización civil.
Prestaciones que cubre el IMSS y cómo se determina el pago
El IMSS otorga, ante cualquier accidente no laboral reconocido, un paquete completo de prestaciones en especie y, si se cumplen los requisitos de cotización, también en dinero, como detalla la PROFEDET sobre riesgos de trabajo:
- Asistencia médica, quirúrgica y hospitalaria en la Unidad de Medicina Familiar (UMF) u hospital del IMSS que te corresponda.
- Medicamentos y material de curación mientras dure la atención.
- Rehabilitación física o mental si la lesión deja secuelas que requieren terapia.
- Aparatos de prótesis y ortopedia necesarios (muletas, férulas, sillas de ruedas, prótesis oculares, entre otros), prescritos por el especialista del IMSS.
En dinero, la prestación central es el subsidio por incapacidad temporal, que sustituye parte del salario mientras el paciente está impedido para trabajar. Los servicios médicos del IMSS son los únicos que pueden dar de baja, confirmar la incapacidad y dar el alta.
Cálculo del subsidio por incapacidad temporal
El subsidio por accidente no laboral se calcula sobre el salario base de cotización (SBC) registrado ante el IMSS, no sobre lo que “aparece” en el recibo de nómina si hay conceptos excluidos. La fórmula es directa:
Registro oficial diario ante el IMSS, sobre el que se calcula el subsidio por incapacidad temporal. No es lo que aparece como neto en tu recibo de nómina ni incluye conceptos excluidos.
Documento del IMSS que acredita que estás afiliado y activo como trabajador asegurado. No basta con tener NSS: la constancia confirma que tienes derecho vigente a las prestaciones.
- Del día 4 al día 20 de la baja: 60 % del SBC diario.
- A partir del día 21 y hasta el alta o los 365 días: 75 % del SBC diario.
Ejemplo con cifras: Lucía, cajera en una tienda de la CDMX, sufre una fractura de tobillo esquiando en un puente. Su SBC ante el IMSS es de 19.773,30 pesos (MXN) mensuales; el SBC diario, dividido entre 30, queda en 659,11 pesos (MXN).
- Días 1 a 3: sin pago (carga del propio trabajador).
- Días 4 a 20 (17 días): 60 % de 659,11 = 395,47 pesos (MXN) diarios, es decir, 6.722,99 pesos (MXN) en ese tramo.
- Días 21 en adelante: 75 % de 659,11 = 494,33 pesos (MXN) diarios. Si la baja se prolonga 30 días más, sumaría 14.829,90 pesos (MXN).
Cuidar las citas médicas del IMSS es tan importante como la lesión: si el paciente falta a la valoración sin justificación, el área de medicina del trabajo puede suspender el subsidio desde el día siguiente.
La duración ordinaria es de 365 días, con posibilidad de prorrogar hasta 180 días más si el médico prevé mejoría. Pasado ese tope sin recuperación, se valora la incapacidad permanente.
Incapacidad permanente parcial y total
Cuando los servicios médicos del IMSS determinan que la lesión ya no va a mejorar lo suficiente como para volver al mismo ritmo de trabajo, se dictamina una incapacidad permanente, que puede ser:
«Si fue fuera del trabajo, el IMSS no me paga nada.»
La cobertura es por enfermedad común: el IMSS sí otorga atención médica y, si cumples los 180 días de cotización, también subsidio del 60% o 75% del SBC.
VS
- Parcial: la persona puede seguir trabajando, pero con una disminución funcional valorada porcentualmente. Da derecho a una indemnización global equivalente a la renta mensual que corresponda al grado de la disminución, calculada sobre el SBC.
- Total: la lesión impide cualquier actividad laboral compatible con las aptitudes del trabajador. Da derecho a pensión mensual, calculada conforme a las tablas de la Ley del Seguro Social, y se otorga por el IMSS mientras dure el estado de invalidez.
| Tipo | Qué evalúa el IMSS | Prestación económica | Pago a cargo de |
|---|---|---|---|
| Temporal | Curación o mejoría posible | Subsidio del 60 % o 75 % del SBC | IMSS |
| Permanente parcial | Disminución funcional que no impide trabajar | Indemnización global (pago único) | IMSS |
| Permanente total | Imposibilidad para trabajar | Pensión mensual vitalicia | IMSS |
Cómo y dónde reclamar la prestación ante el IMSS
El trámite sigue un orden claro y conviene no saltarse pasos para no perder días de subsidio:
- Acudir de inmediato al servicio médico (UMF en horario ordinario o urgencias del hospital IMSS más cercano) para que el médico extienda el parte de baja.
- Avisar al patrón ese mismo día o al siguiente, por escrito o por correo institucional, y pedir que registre la ausencia en el sistema del IMSS.
- Llevar los documentos (identificación, NSS, CURP, comprobante de vigencia y de domicilio) a la oficina de prestaciones o al área de medicina del trabajo de la UMF que te asignen.
- Pasar las valoraciones periódicas que el IMSS programme; cada una entrega un parte de confirmación o, en su caso, el alta.
- Solicitar el subsidio en la ventanilla de prestaciones económicas o mediante la app IMSS Digital, donde también puedes consultar tu incapacidad.
El trámite se realiza en la UMF u hospital del IMSS que te corresponda según tu domicilio o, si la urgencia lo justifica, en cualquier unidad del sistema. Desde la pandemia, el IMSS mantiene la opción de seguimiento y citas en línea a través de la aplicación IMSS Digital; para documentos sensibles (firmas, constancias) puede pedirte la e.firma del SAT.
Si el IMSS niega la prestación, reduce el porcentaje o da el alta antes de tiempo, el camino gratis para reclamar es la PROFEDET, cuya página oficial de riesgos de trabajo orienta y, si procede, representa al trabajador ante el IMSS o el Tribunal Laboral. La demanda, en su caso, ya no se presenta en una Junta de Conciliación (esas dejaron de recibir demandas nuevas tras la reforma laboral de 2019): primero es conciliación prejudicial ante el Centro Federal de Conciliación o el de tu estado, y después, si no hay acuerdo, demanda ante el Tribunal Laboral competente.
Fuentes
- Facturama¿Qué es la incapacidad temporal y cuándo puedes utilizarla?consultado el 08/08/2026
- BbvaTipos de incapacidad y su impacto en el salario – BBVA Méxicoconsultado el 08/08/2026
- UnirQué es la incapacidad por riesgo de trabajo y cómo se gestionaconsultado el 08/08/2026
- RunahrAccidente de trabajo: ¿Qué es? ¿Quién paga la indemnización? | MXconsultado el 08/08/2026
- Imss¿Tuviste un accidente o enfermedad de trabajo? El seguro … – IMSSconsultado el 08/08/2026
