- Qué es: accidente o enfermedad que sufre el trabajador en la obra, en el trayecto o por orden del patrón.
- Cuánto cobras: indemnización según tabla de la LFT × tu salario base de cotización, o pensión vitalicia si la secuela es total.
- Cómo reclamar: atención médica inmediata, formatos ST-7 y ST-9, y demanda al Tribunal Laboral federal o local.
Aviso: Este contenido es únicamente informativo y educativo y no constituye asesoría jurídica ni profesional. Aunque procuramos utilizar legislación, jurisprudencia y fuentes oficiales vigentes en México, las normas, criterios, plazos y requisitos pueden cambiar o variar según cada caso y entidad federativa. No tomes decisiones legales, económicas o que puedan afectar tus derechos basándote únicamente en este artículo. Verifica la información relevante en fuentes oficiales como el DOF, Cámara de Diputados, SCJN y la autoridad competente, y consulta a un abogado o profesional calificado cuando tu situación lo requiera. Los ejemplos y cálculos son orientativos y pueden contener errores u omisiones.
Una caída de altura en una obra en Monterrey que termina en fractura de tobillo, un albañil en Guadalajara que pierde dos dedos con la cortadora, o un operario en Puebla que muere aplastado por un montacargas. Todos son accidentes laborales en construcción y, en México, la diferencia entre cobrar o no una indemnización está en cumplir los plazos y los reportes correctos ante el IMSS, la STPS y, cuando hace falta, un Tribunal Laboral.
Qué se considera accidente de trabajo en construcción y a quién protege
La Ley Federal del Trabajo define riesgos de trabajo como los accidentes y enfermedades que sufre el trabajador durante su jornada laboral o como consecuencia de ella. En la construcción esto incluye lo que pasa dentro de la obra, en el trayecto de casa al trabajo y de regreso, y los accidentes que ocurren fuera del centro de trabajo cuando se sigue una orden del patrón.
Protege a todo trabajador subordinado a un patrón, con contrato escrito o de hecho: albañiles, carpinteros, fierreros, operadores de grúa, ayudantes, electricistas de obra, residentes y capataces. Al patrón le toca inscribirse ante el IMSS, mantener vigente el alta, dar equipo de protección personal y capacitación, instalar la Comisión de Seguridad e Higiene y avisar de inmediato cualquier accidente. Si una empresa subcontrata personal, debe verificar que esa contratista también cumpla con los avisos al IMSS, so pena de responsabilidad solidaria.
Si te pagan por día y "no te dan de alta", de todos modos eres trabajador subordinado y tienes los mismos derechos que un empleado de planta: el IMSS es responsable si la obra estaba asegurada, y el patrón responde directamente cuando no lo estaba.
Requisitos para que el IMSS reconozca tu caso como riesgo de trabajo
Para que el IMSS califique un hecho como riesgo de trabajo, y no como enfermedad o accidente fuera del trabajo, deben coincidir estas condiciones:
- Relación laboral vigente con un patrón inscrito en el IMSS (alta y semanas cotizadas).
- Suceso发生在 horario laboral o en el trayecto casa-obra-casa, o por una orden del patrón.
- Que la lesión o la muerte no se hayan causado por dolo del trabajador (borracho, riña voluntaria, intento suicida).
- Reporte formal mediante los formatos ST-7 (Aviso de atención médica inicial) y ST-9 (Aviso de accidente de trabajo).
- Atención médica en la UMF que corresponda al domicilio del trabajador o, si es grave, en la UMAE más cercana.
El patrón tiene la obligación legal de inscribirte y de avisar del accidente. Si no lo hizo, la prueba de la relación laboral y del horario corre por tu parte: testimonios, recibos de nómina, lista de raya, fotos con geolocalización, vídeos de la obra, mensajes de WhatsApp donde el residente asigna tareas.
Documentos que debes reunir desde el primer día
Reunir papeles desde el primer momento acelera el trámite y blinda tu caso. Esta es la lista mínima que cualquier trabajador lesionado o su familia debe juntar:
- Identificación oficial vigente (INE/IFE o pasaporte).
- CURP y Número de Seguridad Social (NSS).
- Constancia de RFC o tarjeta de identificación fiscal, si se tiene.
- Contrato individual o colectivo de trabajo, recibo de nómina o lista de raya, y constancia laboral firmada por el patrón.
- Reportes ST-7 y ST-9 emitidos por el IMSS y por el patrón.
- Partes médicos de la UMF, la UMAE o el hospital privado, y estudios de gabinete (rayos X, resonancias).
- Recetas, facturas de farmacia y comprobantes de gastos de traslado.
- En caso de defunción: acta de defunción, certificados de matrimonio y nacimiento de los beneficiarios, identificación de la concubina o concubinario, y, si los hay, documentos que acrediten dependientes económicos.
Guarda copias digitales en una carpeta de Drive o en el correo; las obras suelen cerrarse rápido y el patrón no siempre coopera después.
Prestaciones del IMSS y cómo se calcula la indemnización
El IMSS cubre, desde el primer día, asistencia médica, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria. Cuando el médico tratante determina que la lesión deja secuelas, otorga una incapacidad y calcula la indemnización con base en el salario base de cotización (SBC) y un porcentaje que depende del tipo y grado de la lesión.
Promedio diario que integra salario, tiempo extra, comisiones y prestaciones , topado a 25 UMA, y sirve para calcular la indemnización por riesgo de trabajo. No equivale al salario neto que recibes ni al mínimo vigente.
Número de días que la tabla del artículo 514 de la LFT asigna a cada secuela, como 365 por la pérdida de una mano o un pie. No es un cálculo libre: depende del tipo y grado de la lesión dictaminada.
La fórmula general es: indemnización = días de salario según tabla × SBC diario. El SBC integra salario, tiempo extra, comisiones y prestaciones, topado a 25 UMA. La UMA es la Unidad de Medida y Actualización que publica el INEGI cada año y vale casi 109 pesos diarios en 2024; como cambia, revisa el valor vigente en el sitio del INEGI antes de hacer tus cuentas. Los días de indemnización salen de una tabla de la Ley Federal del Trabajo que asigna un número de días según el tipo de secuela: 365 días por la pérdida de una mano, 365 por la pérdida de un pie, 200 por la pérdida de un dedo, entre otros supuestos.
La UMA es la "regla de medición" oficial en México: topes de indemnizaciones, multas y prestaciones se fijan en UMA, no en salarios mínimos, para que las cifras no pierdan valor con la inflación.
Tipos de incapacidad y sus efectos
| Tipo de incapacidad | Efecto principal | Pago |
|---|---|---|
| Temporal | El trabajador se recupera y vuelve a laborar | 100% del SBC mientras dura |
| Parcial permanente | Pierde menos del 50% de su capacidad | Indemnización en una sola exhibición según tabla y grado |
| Total permanente | Pierde 50% o más de su capacidad, no puede reincorporarse | Pensión vitalicia o indemnización equivalente |
| Muerte | Fallece el trabajador | Pensión a beneficiarios y gastos funerarios a cargo del IMSS |
Ejemplo resuelto
Roberto, operario de una obra en Querétaro, gana 12.000 pesos (MXN) mensuales brutos. El IMSS le determina, tras seis meses de tratamiento, una pérdida del 50% de la capacidad funcional del pie derecho, con un valuación de 200 días de indemnización. Su SBC diario es 400 pesos (MXN).
- 200 días × 400 pesos (MXN) = 80.000 pesos (MXN) de indemnización inicial.
La indemnización por riesgo de trabajo se obtiene de una operación directa entre el salario base de cotización diario y los días de indemnización que fija la tabla de la LFT.
400 pesos (MXN) × 200 × 1 = 80.000 pesos (MXN) de indemnización.
Fórmula: Indemnización = días según tabla × SBC diario. Ejemplo: 200 × 400 = 80.000 pesos (MXN).
Si la secuela es total permanente, en lugar de una suma única recibe una pensión mensual equivalente al 70% del SBC promedio de las últimas 250 semanas cotizadas, con derecho a incrementos anuales.
Dónde y cómo tramitas tu reclamación paso a paso
La Ley Federal del Trabajo reconoce el riesgo de trabajo como cualquier accidente o enfermedad que sufra el trabajador con motivo o en el ejercicio de su labor.
La ruta depende de la gravedad, pero casi siempre pasa por las siguientes paradas. Todas admiten modalidad presencial y en línea a través de los portales oficiales.
- Atención médica inmediata en la UMF o UMAE más cercana. Pide copia de todos los partes y aviso ST-7.
- Aviso del patrón al IMSS mediante el formato ST-9, dentro de los plazos que marca la Ley del Seguro Social. Si el patrón se niega, repórtalo a la STPS y a PROFEDET: el IMSS puede investigar de oficio.
- Solicitar la calificación de riesgo de trabajo ante el IMSS, con los reportes médicos y la documentación laboral.
- Si la calificación es positiva, cobra la indemnización o pensión que el IMSS determine, en la misma UMF o en la ventanilla de prestaciones económicas.
- Si la calificación es negativa o el patrón no paga, pide asesoría gratuita en PROFEDET y presenta una queja ante la STPS por incumplimiento de obligaciones laborales.
- Antes de demandar, asiste a la conciliación prejudicial en el Centro de Conciliación federal, si la obra es federal, o en el de tu estado, si es local. La cita se agenda en línea y dura un máximo de un mes.
- Si no hay convenio, demanda al Tribunal Laboral federal o local según la ubicación de la obra. La indemnización por riesgos de trabajo se cobra junto con salarios caídos, prestaciones y, en su caso, la responsabilidad solidaria del contratista.
Tienes 720 días hábiles para demandar al patrón por accidente de trabajo, contados a partir del día siguiente al accidente. Pasado ese plazo, la acción prescribe y pierdes el derecho a reclamarla en juicio.
Karla, residente de obra en la Ciudad de México, cayó de un andamio y el IMSS tardó más de un año en calificarlo como riesgo de trabajo. Mientras tanto, su patrón la dio de baja. PROFEDET la representó y, pasado el Centro de Conciliación, el Tribunal Laboral la condenó: indemnización de 110.000 pesos (MXN), reinstalación imposible por la secuela y pensiones caudas hasta que el IMSS reconoció el riesgo.
Si la obra es pública, la demanda puede ir contra la dependencia o el gobierno estatal o federal, siguiendo las mismas etapas pero con reglas administrativas adicionales. Revisa en cada caso qué autoridad es la dueña del contrato y quién pagó al patrón.
«Si caí en la obra pero no estaba dado de alta en el IMSS, no tengo derecho a nada.»
La relación laboral se prueba con testimonios, recibos y mensajes: la existencia del vínculo y el alta omitida son responsabilidades del patrón, y el IMSS puede investigar de oficio.
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Fuentes
- ScieloCien meses de accidentes en la construcción en el sureste de Méxicoconsultado el 08/08/2026
- FocoenobraRiesgos laborales en construcción ¿Cómo minimizarlos?consultado el 08/08/2026
- Insst042. Un trabajador de la construcción sufre un golpe de calorconsultado el 08/08/2026
- Ingenieros-civilesLa construcción: el sector con más riesgo de sufrir un accidente …consultado el 08/08/2026
- LudusglobalAccidentes en construcción: uno de los sectores con … – Ludus Globalconsultado el 08/08/2026
