Aguinaldo

Calcular aguinaldo proporcional a 4 meses en México: fórmula, ejemplo y lo que dice la ley

agosto 8, 2026 México Derecho 12 min read
Calcular aguinaldo proporcional a 4 meses en México: fórmula, ejemplo y lo que dice la ley
EN 30 SEGUNDOS

  • Qué es: el pago proporcional de aguinaldo por los días laborados del año en curso.
  • Cuánto te toca: 15 días de salario mínimo legal, prorrateados por días efectivamente trabajados.
  • Cómo reclamarlo: Profedet → Centro de Conciliación → Tribunal Laboral, dentro del año siguiente.
El aguinaldo proporcional es un derecho irrenunciable que nace desde tu primer día y se paga antes del 20 de diciembre o al cierre de la relación laboral.

¿Te dieron de alta el 1 de septiembre y quieres saber cuánto te toca de aguinaldo? La regla es clara: tienes derecho a la parte proporcional desde tu primer día laborado, sin importar que no cumplas el año completo. Aquí vas a ver la fórmula exacta, un caso resuelto paso a paso con cifras en pesos y lo que dice la ley para que nadie te haga el cuento.

A quién le corresponde el aguinaldo proporcional y desde cuándo

El aguinaldo proporcional aplica para todos los trabajadores en México, sin distinción. No importa si tu contrato es por obra, por tiempo determinado, eventual, de base, de confianza, sindicalizado, comisionista, agente de comercio o vendedor: la obligación del patrón es la misma.

Checklist de quién tiene derecho:

  • Trabajador de base, confianza o planta con más de un día laborado.
  • Trabajador eventual, por obra o tiempo determinado que haya prestado servicios.
  • Comisionista, agente de comercio, vendedor o agente de seguros.
  • Trabajador sindicalizado bajo cualquier régimen.
  • Quien renunció o fue despedido antes del 20 de diciembre: también recibe la parte proporcional por los días efectivamente trabajados.

El derecho nace desde el primer día. No necesitas cumplir un año ni un mes mínimo. Lo que se paga es proporcional al tiempo laborado dentro del año calendario, y se calcula con el salario que devengabas al momento del corte.

El aguinaldo está regulado por el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo. Esa norma establece tres reglas clave que aplican en toda la República:

  1. Mínimo legal de 15 días de salario cuando se laboró el año completo.
  2. Pago obligatorio antes del 20 de diciembre de cada año.
  3. Carácter federal: la regla es la misma en cualquier estado del país.

Ahora bien, las legislaciones estatales pueden adicionar topes, modalidades o prestaciones extras, siempre que no contradigan el mínimo federal. Por ejemplo, algunas entidades contemplan aguinaldos mayores para servidores públicos o plazos distintos para ciertos sectores. Si trabajas en una entidad con normativa local, conviene revisar el apartado laboral de su ley estatal o consultar a la Profedet.

Datos que necesitas para hacer la cuenta

Antes de sacar la calculadora, junta estos cuatro datos:

  • Salario mensual bruto: lo que aparece en tu recibo antes de impuestos, es decir, tu sueldo base más prestaciones fijas.
  • Fecha de ingreso: día, mes y año en que empezaste a laborar.
  • Días efectivamente laborados en el año: del 1 de enero (o tu fecha de ingreso si entraste después) hasta la fecha de corte.
  • Tipo de salario: fijo (mismo monto cada mes) o variable (comisiones, destajo o mixto).

Si tu salario incluye comisiones o trabajas a destajo, también necesitas los ingresos diarios de los últimos 30 días trabajados para sacar un promedio. Con eso basta para aplicar la fórmula sin errores.

Fórmula del proporcional a 4 meses con salario fijo

La fórmula para salario fijo se descompone en cuatro pasos sencillos:

  1. Sueldo mensual bruto ÷ 30 = sueldo diario.
  2. Sueldo diario × 15 = aguinaldo anual completo.
  3. Aguinaldo anual completo ÷ 365 = aguinaldo diario proporcional.
  4. Aguinaldo diario proporcional × días efectivamente trabajados = aguinaldo proporcional a cobrar.

Vamos con un caso real. María entró a trabajar el 1 de septiembre en una empresa de Monterrey con un sueldo mensual bruto de 10.000 pesos (MXN). Para el cálculo tomemos 121 días laborados (septiembre completo + octubre + noviembre + parte de diciembre).

Paso Operación Resultado
Sueldo diario 10.000 ÷ 30 333,33 MXN
Aguinaldo anual completo 333,33 × 15 5.000 MXN
Aguinaldo diario proporcional 5.000 ÷ 365 13,70 MXN
Aguinaldo proporcional a cobrar 13,70 × 121 1.656 MXN

María debe recibir 1.656 pesos (MXN) antes del 20 de diciembre o en la fecha proporcional que corresponda si su relación laboral terminó antes.

Si tu sueldo mensual cambia durante el año, usa el salario vigente al momento del corte o el promedio de los últimos meses, según lo que indique tu contrato.

Salario variable y días que cuentan como laborados

Cuando el ingreso no es fijo —por ejemplo, comisionistas, destajistas o vendedores con sueldo base más comisiones— la regla cambia un poco:

  • Se promedian los ingresos diarios de los últimos 30 días efectivamente trabajados.
  • Ese promedio se multiplica por 15 para obtener el aguinaldo anual completo.
  • Luego se aplica el mismo prorrateo: se divide entre 365 y se multiplica por los días laborados.

Ahora bien, hay días que cuentan como laborados aunque no hayas trabajado físicamente, y eso es importante porque no reducen tu aguinaldo:

  • Incapacidad por enfermedad o accidente de trabajo.
  • Permiso por maternidad (las 12 semanas que establece la ley).
  • Permiso por paternidad.

Si durante el año tuviste alguno de estos permisos y completaste los 365 días naturales con ellos, tu patrón debe pagarte el aguinaldo completo, no el proporcional.

Días que cuentan como laborados
Sí cuentan
Incapacidad por enfermedad o accidente
Permiso por maternidad (12 semanas) Permiso por paternidad
Conoce qué permisos suman días para tu aguinaldo y por qué tu patrón no puede descontarlos del proporcional.

Tabla rápida de referencia para otros periodos

Para que te ubiques mejor, aquí tienes cuánto le tocaría a alguien con sueldo mensual de 15.000 pesos (MXN), según el tiempo laborado:

Periodo Días laborados Aguinaldo proporcional (MXN)
1 mes 27 554,79
3 meses 90 1.849,31
4 meses 121 2.486,92
5 meses 135 2.773,97
6 meses 162 3.328,77
Año completo 365 7.500,00

Los días laborados pueden variar según el periodo exacto: algunos cálculos usan 121 días para 4 meses y otros 122, porque depende de cuándo cayeron las fechas dentro del calendario. Lo importante es que se cuentan los días naturales efectivamente trabajados, no meses enteros.

Qué hacer si tu patrón no paga o te paga menos

Si el 20 de diciembre llegó y no recibiste aguinaldo, o te dieron una cantidad menor a la que te corresponde, este es el camino a seguir en México después de la reforma laboral de 2019:

  1. Acude a la Profedet para asesoría jurídica gratuita. Su oficina central está en Doctor José María Vértiz 211, Colonia Doctores, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, y hay 47 procuradurías foráneas en las entidades federativas.
  2. Si la asesoría confirma que hay un incumplimiento, el siguiente paso es la conciliación prejudicial ante el Centro de Conciliación (federal o estatal según corresponda). Es un requisito obligatorio antes de demandar.
  3. Si la conciliación no resuelve, se presenta demanda ante el Tribunal Laboral del Poder Judicial (federal o local). Las Juntas de Conciliación y Arbitraje ya no reciben demandas nuevas.
AtenciónNo dejes pasar el plazo ante el Centro de Conciliación: sin acreditar la conciliación prejudicial, el Tribunal Laboral puede sobreseer tu demanda.
En México, tras la reforma laboral de 2019 la conciliación prejudicial es obligatoria; si no la intentas, el tribunal no admite tu demanda.

Tratamiento fiscal: ISR sobre el aguinaldo

El aguinaldo no está exento de impuestos en su totalidad. Conforme a la Ley del ISR, la parte exenta equivale a 30 días de salario mínimo general. Con el salario mínimo vigente en 2023 de 207,44 pesos (MXN) diarios, la exención fue de 6.223,20 pesos (MXN). Lo que exceda ese tope sí paga ISR y se te retiene en el pago.

Para el caso de María con 1.656 pesos (MXN), queda muy por debajo del tope exento, así que no tendría retención fiscal. Pero si tu aguinaldo proporcional supera los 6.223,20 pesos (MXN), prepárate para ver una retención en tu recibo.

Recomendaciones para usar tu aguinaldo proporcional

Cuatro destinos comunes que funcionan bien cuando el monto es pequeño como en el caso de los proporcional:

  • Abonar a deudas de tarjetas de crédito para reducir intereses.
  • Crear o reforzar un fondo de emergencia (idealmente de tres a seis meses de gastos).
  • Adelantar pagos de servicios o pendientes de fin de año.
  • Guardarlo en una cuenta de ahorro con rendimiento o, si ya tienes un fondo de emergencia sólido, en un fondo de inversión de bajo riesgo.
Pregunta rara pero frecuente¿Cuentan los sábados y domingos en el plazo para pagar el aguinaldo? No: el 20 de diciembre se respeta por ser fecha calendario, pero para efectos de reclamaciones y audiencias solo corren días hábiles.
La fecha límite del 20 de diciembre es en días naturales, pero los trámites posteriores ante la Profedet y los Centros de Conciliación se cuentan solo en días hábiles.

Dudas frecuentes que quedan en el aire

¿El aguinaldo proporcional aplica si me despidieron antes del 20 de diciembre? Sí, el patrón debe pagarte la parte proporcional por los días que laboraste, independientemente de la causa de terminación.

¿Puedo recibir aguinaldo proporcional dos veces en el mismo año? No, se paga una vez al año por ejercicio fiscal. Si renunciaste en enero y luego entraste a otro trabajo en marzo, ese segundo patrón te pagará el proporcional correspondiente al periodo que labores con él.

¿Qué pasa si mi empresa cerró y nunca me pagó? Puedes reclamar a los representantes legales de la empresa o, en su caso, al síndico o liquidador. La Profedet te orienta sobre cómo proceder cuando el patrón desaparece.

¿El aguinaldo proporcional incluye prestaciones como vales o bonos? No, solo se calcula sobre el salario base. Las prestaciones extraordinarias se pagan de forma independiente según lo que marque tu contrato colectivo o individual.

¿Sabías que…?

Un representante de la Profedet o asesor jurídico gratuito puede acompañarte en la audiencia de conciliación ante el Centro de Conciliación sin necesidad de contratar abogado particular, y el servicio no tiene costo.

Si no puedes pagar un abogado privado, la Profedet y la Defensoría Pública Laboral te representan gratis en conciliación y ante el tribunal.

El aguinaldo proporcional se calcula sobre el salario base, no sobre el salario neto. Si en tu recibo ves retenciones y deducciones, haz la cuenta con el monto bruto que aparece antes de los descuentos.

Cifras clave para tener a la mano

Concepto Dato
Mínimo legal de aguinaldo anual 15 días de salario
Fecha límite de pago Antes del 20 de diciembre
Fundamento legal Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo
Días que cuentan como laborados 365 naturales (incapacidad, maternidad y paternidad incluidos)
Exención de ISR Hasta 30 días de salario mínimo general
Asesoría gratuita al trabajador Profedet, 47 procuradurías en todo el país
Vía de reclamación Profedet → Centro de Conciliación → Tribunal Laboral
1

Fecha de corte
Cierras tu relación laboral y el patrón debe pagarte la parte proporcional del aguinaldo.
Día del corte

2

Profedet
Acudes a asesoría gratuita para revisar que el cálculo sea correcto y, si procede, te acompañan al siguiente paso.
Antes de 1 año

3

Centro de Conciliación
Intentas un acuerdo con el patrón para cobrar sin juicio; si hay convenio, se paga de inmediato.
Hasta 6 meses

4

Tribunal Laboral
Si no hay acuerdo, presentas demanda formal y el juez resuelve quién tiene la razón y cuánto se paga.
3 a 12 meses

Tras el corte tienes un año para reclamar; la conciliación previa es obligatoria antes de poder demandar ante el Tribunal Laboral.

Resumen del trámite en caso de incumplimiento

  1. Reunir pruebas: recibos de nómina, contrato, comprobantes de ingreso y cualquier evidencia de los días laborados.
  2. Acudir a la Profedet más cercana en un plazo no mayor a un año desde que debió pagarse el aguinaldo (la prescripción general en materia laboral es de un año para acciones de cumplimiento).
  3. Asistir a la audiencia de conciliación en el Centro de Conciliación correspondiente con cita previa.
  4. Si no hay acuerdo, presentar demanda formal ante el Tribunal Laboral con el expediente integrado.
Aguinaldo proporcional
RegulaciónArt. 87 de la Ley Federal del Trabajo
Mínimo legal15 días de salario
Fecha límite20 de diciembre
Plazo de reclamación1 año
Asesoría gratuitaProfedet (federal y entidades)
En México el aguinaldo proporcional está regulado por el artículo 87 de la LFT y se reclama en un año ante Profedet y Tribunales Laborales.

Lo que dice la ley en una frase

El aguinaldo proporcional es un derecho irrenunciable que nace desde el primer día laborado y se calcula con base en el salario vigente y los días efectivamente trabajados en el año, conforme al artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo.

MA
María · analista en Monterrey, Nuevo León

Inició el 1 de septiembre con sueldo mensual bruto de 10.000 pesos (MXN). Le calculan el proporcional sobre 121 días laborados y recibe 1.656 pesos (MXN)antes del 20 de diciembre o al cierre de su relación laboral: equivale a unos 13,70 pesos (MXN) por día.

Con 121 días laborados y salario diario de 333,33 pesos, María cobra 1.656 pesos de aguinaldo proporcional antes del 20 de diciembre.

Para profundizar en cómo se calcula el aguinaldo con otros ejemplos, puedes revisar esta guía práctica de cómo se calcula el aguinaldo, que incluye casos con salarios variables y periodos distintos al año completo.

Si tu aguinaldo proporcional te alcanza para más de los 6.223,20 pesos (MXN) exentos, conviene revisar cómo se calculan las retenciones de ISR sobre aguinaldo en la sección fiscal de tu recibo y, si tienes dudas, acercarte a la Profedet para revisar que el cálculo esté bien aplicado.

0%

Ahora ya tienes la fórmula, el ejemplo con cifras reales y el sustento legal. Si tu caso se parece al de María, te toca 1.656 pesos (MXN) por cuatro meses trabajados. Si los números no cuadran, la Profedet te ayuda gratis a revisar tu recibo y, si hace falta, a iniciar el proceso de conciliación y demanda.

Preguntas frecuentes sobre el aguinaldo proporcional

1. ¿Cómo se calcula el aguinaldo proporcional cuando solo trabajé 4 meses?

Divide el salario diario entre 365, multiplica por 120 días y luego saca la proporción con la regla de tres: (salario diario × 120 × días trabajados) ÷ 365. Para 4 meses equivale aproximadamente a un tercio del aguinaldo completo, es decir 40 días de salario.

2. ¿Cuál es la fórmula para sacar el aguinaldo de 4 meses que me corresponden?

La fórmula es aguinaldo proporcional = (salario diario × 120 días × días trabajados) ÷ 365. Con 4 meses (120 días) trabajados recibes prácticamente todo el aguinaldo, pues ya se cumplió el periodo mínimo legal.

3. ¿Cómo puedo saber cuánto me toca de aguinaldo si llevo 4 meses en el trabajo?

Multiplica tu salario mensual por 4 y divide entre 12, o bien aplica la fórmula (salario diario × 120 × 120) ÷ 365. En ambos casos el resultado es 39 días de salario, el monto proporcional para 4 meses según la Ley Federal del Trabajo.

Fuentes

  1. CrocCalculadora de Aguinaldo 2025 México – CROCconsultado el 08/08/2026
  2. GobConoce más en relación al pago del Aguinaldo. – Gob MXconsultado el 08/08/2026
  3. FacturamaCalculadora de Aguinaldo 2026 en México – Facturamaconsultado el 08/08/2026
  4. NominaxCalculadora de aguinaldo 2026 – Nóminaxconsultado el 08/08/2026
  5. KontaGuía paso a paso para realizar el cálculo de aguinaldo – Konta.comconsultado el 08/08/2026