- Qué son: mensualidades de pensión fijadas en sentencia o convenio que el deudor dejó de pagar.
- Cuánto cobras: capital insoluto más intereses legales según el código de tu estado.
- Cómo reclamar: incidente de liquidación en el mismo juzgado familiar, con prueba del incumplimiento.
Los alimentos devengados son las mensualidades de pensión que un juez fijó en sentencia o convenio y que el deudor dejó de pagar. No son la pensión que sigue corriendo mes a mes: esa se llama pensión vigente o corriente y se genera cada fecha de pago. Los devengados son el atraso ya vencido, una deuda líquida que se puede exigir en el mismo expediente familiar donde se dictó la obligación.
Qué son los alimentos devengados y en qué se diferencian de la pensión vigente
Para que se entere bien: la pensión vigente es la obligación futura, la que toca cubrir cada mes (o cada quincena, según lo que haya ordenado el juez). Los alimentos devengados son la suma de las mensualidades que ya pasaron y no se pagaron, desde la fecha en que la pensión se volvió exigible hasta el momento en que se pide la liquidación. Mientras la deuda existe, las dos corren en paralelo: el deudor sigue obligado a la pensión del mes corriente y, encima, a las anteriores que arrastra.
El Código Civil Federal recoge el marco general de los alimentos en sus artículos 308 a 323, pero la regulación operativa (intereses, procedimiento, plazos) vive en los códigos civiles y familiares de cada entidad.
Ejemplo con cifras
Un juez en Guadalajara fijó en enero de 2024 una pensión de 5.000 pesos mensuales a favor de la hija de Laura. El padre pagó hasta junio de 2024 y dejó de hacerlo. En mayo de 2026, Laura pide la liquidación: son 23 mensualidades insolutas, 23 × 5.000 = 115.000 pesos (MXN) en alimentos devengados, sin contar intereses. A eso se suma la pensión vigente desde julio de 2024 hasta mayo de 2026 (también impagada), que ya forma parte del mismo cálculo.
Ojo: los devengados no son una «sanción» ni una multa: es la misma pensión atrasada. Por eso, si el deudor paga después, esa cantidad se descuenta del total.
Quién puede cobrarlos y qué requisitos debe cumplir
El derecho a pedir alimentos devengados corresponde a quien fue declarado acreedor alimentario en la sentencia o en el convenio judicial homologado. Revisa si tu caso encaja en alguno de los siguientes:
- Menor de edad hijo del deudor, representado por quien ejerza la patria potestad o la custodia.
- Cónyuge o ex cónyuge que haya sido declarado con derecho a pensión alimenticia (incluye los casos de separación y divorcio).
- Concubina o concubino cuando se cumplen los requisitos del Código Civil local (en general, convivencia mínima de dos años o tener hijos en común, pero esto cambia por estado).
- Ascendientes (padres, abuelos) que demuestren necesidad y que el deudor puede pagar sin desatender a sus descendientes.
Requisitos procesales:
- Que exista sentencia firme o convenio judicial homologado que fije la pensión.
- Que el incumplimiento esté acreditado con recibos, transferencias, estados de cuenta o constancia del deudor de que dejó de pagar.
- Que la petición se presente en el mismo juzgado que dictó la sentencia, porque la liquidación es un incidente de ese expediente, no un juicio nuevo.
Documentos que pide el juzgado familiar para iniciar la liquidación
Cada juzgado pide lo suyo, pero este es el paquete habitual que preparan los abogados de familia en México:
- Copia certificada de la sentencia o del convenio judicial donde se fijó la pensión.
- Identificación oficial vigente (INE/IFE o pasaporte) y CURP del acreedor y, si aplica, del representante legal del menor.
- Actas de nacimiento que acrediten el parentesco.
- Comprobantes del incumplimiento: estados de cuenta donde no aparecen los depósitos, mensajes donde el deudor reconoce que no paga, transferencias parciales.
- Recibos de nómina o declaraciones del deudor, si se tienen, para fijar la tasa de interés y el monto.
- Escritos previos de requerimiento de pago hechos al deudor (notificaciones extrajudiciales, correos, oficios).
- Acta de matrimonio o de concubinato según el supuesto, y, en su caso, convenio de divorcio.
Lleva originales para cotejo y dos copias de cada documento. Si falta la copia certificada de la sentencia, el juzgado puede pedirla al archivo y eso retrasa el trámite varias semanas.
Cómo se calcula el monto adeudado y por qué la tasa de interés cambia por estado
El cálculo tiene dos partes: el capital (mensualidades atrasadas) y los intereses. La fórmula general es:
Devengado = (Mensualidad fijada × meses insolutos) + intereses legales desde la fecha de exigibilidad
Los intereses no son una propina: son el costo de que el deudor usó un dinero que no era suyo. Y aquí viene el primer golpe de realidad: en México no existe una tasa de interés federal única para alimentos. Cada estado la define en su Código Civil o Familiar, y a veces dentro del mismo estado cambia según sea interés legal, moratorio o convencional. Por eso, antes de calcular, hay que abrir el código de la entidad donde se dictó la sentencia.
Tabla comparativa de cómo varía la tasa de interés
| Entidad | Base legal habitual | Tasa o criterio orientativo | Comentario práctico |
|---|---|---|---|
| Ciudad de México | Código Civil para la Ciudad de México | Interés legal del 9 % anual (criterio histórico; verifica reformas vigentes) | Se aplica desde que cada mensualidad es exigible |
| Estado de México | Código Civil del Estado de México | Interés legal del 9 % anual como referencia | El juzgado puede fijar interés moratorio mayor si hay convenio |
| Jalisco | Código Civil de Jalisco | Interés legal anualizado (revisar tabla vigente en la ley) | Aplica aunque el deudor alegue insolvencia |
| Nuevo León | Código Civil de Nuevo León | Interés legal que publica el Banco de México o el que fije el código local | Suele correr desde el día siguiente al vencimiento de cada mensualidad |
Ejemplo resuelto de cálculo
Volvamos al caso de Laura, con pensión de 5.000 pesos mensuales e impago desde julio de 2024 hasta mayo de 2026:
- Capital: 23 meses × 5.000 pesos (MXN) = 115.000 pesos (MXN).
- Intereses: en Jalisco, con una tasa legal vigente del 9 % anual, se aplica sobre cada mensualidad vencida. Una forma simple de estimar es sumar las mensualidades y aplicar el interés anual proporcional: 115.000 pesos × 0,09 × 1,83 años (de junio de 2024 a mayo de 2026) ≈ 18.940 pesos (MXN).
- Total aproximado: 115.000 + 18.940 = 133.940 pesos (MXN) al momento de pedir la liquidación.
Como la tasa cambia por estado y por año, este es un cálculo referencial. El monto exacto lo fija el juzgado con base en el código local aplicable.
Dónde y cómo se tramita el cobro paso a paso
Todo ocurre dentro del mismo expediente familiar donde se dictó la pensión. No hace falta juicio nuevo: se tramita como incidente de liquidación. Este es el camino típico:
- Acudir al juzgado familiar que dictó la sentencia, con el escrito inicial y los documentos de la sección anterior.
- Solicitar la liquidación de las mensualidades adeudadas, indicando periodo exacto y monto propuesto.
- Traslado al deudor: el juzgado notifica al obligado para que, en un plazo de 3 a 9 días hábiles (varía según el código de procedimientos local), acepte, observe o pruebe pagos parciales.
- Resolución judicial: el juez aprueba la liquidación o ajusta las observaciones del deudor.
- Requerimiento de pago bajo apercibimiento: si no paga, se le apercibe con embargo de bienes, cuentas bancarias o vehículos.
- Embargo y ejecución: si persiste el incumplimiento, se solicita el embargo; el deudor puede recibir sanción penal por incumplimiento, además de reportarse a registros de deudores alimentarios donde existan (por ejemplo, el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias donde ya opera en varias entidades).
▲ +133.940 pesos (MXN) vs capital solo
Si el deudor vive en otro estado o no tiene ingresos formales, la ejecución se complica: hay que pedir exhorto al juzgado de su domicilio y acreditar bienes con investigación patrimonial. Un abogado familiar o un defensor público te ayudan a acelerar el exhorto.
Dónde conseguir ayuda gratuita
Antes de pagar abogado particular,试试 estas opciones:
- PROFEDET: la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo orienta en materia laboral, pero también canaliza casos familiares cuando hay relación laboral de fondo.
- Defensoría Pública del estado donde vivas: asistencia jurídica gratuita en materia familiar.
- Centros de Conciliación locales y la PROFECO cuando el deudor tiene patrones de consumo que sirven para acreditar capacidad de pago.
- DIF estatal y municipal: cuentan con áreas de atención a menores y orientación alimentaria.
5.000 pesos (MXN)
23 meses
julio 2024 a mayo 2026
133.940 pesos (MXN)
El tiempo total del incidente, si no hay apelación ni incidente de falsedad, suele ir de 2 a 6 meses entre que se presenta la liquidación y se logra el primer requerimiento con apercibimiento. Si el deudor se defiende con pruebas de pago, se alarga otro tanto.
Última mensualidad pagada
Junio de 2024: el padre deja de cubrir la pensión de 5.000 pesos mensuales ordenada en enero de 2024.
Solicitud de liquidación
Laura pide al juzgado familiar que liquide 23 mensualidades insolutas y los intereses legales.
Traslado al deudor
El juzgado notifica al obligado para que acepte, observe o pruebe pagos parciales en el plazo que marque el código local.
El juez aprueba la liquidación, fija capital e intereses y ordena requerimiento de pago bajo apercibimiento.
Embargo y ejecución
la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) puede orientarte en casos familiares cuando hay relación laboral de fondo, aunque la pensión se tramite en fuero común.
Si lo que te interesa es entender el marco general de los alimentos en el país, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce el derecho a recibir alimentos en su artículo 123, apartado A, fracción V, para trabajadores, y los códigos locales lo desarrollan para menores, cónyuges y ascendientes.
Recuerda: la liquidación no es automática. Si no la pides, los meses impagos siguen corriendo y solo prescriben en los plazos que diga el código civil de tu estado, que suelen ir de 5 a 10 años. Pedirla a tiempo es la diferencia entre cobrar 133.940 pesos o quedarte en el intento.
Fuentes
- LpderechoLiquidación de pensiones devengadas se calcularía desde el día de …consultado el 08/08/2026
- Juris¿Qué es la liquidación de pensiones devengadas? – Juris.peconsultado el 08/08/2026
- Gobsi demandado paga una parte del monto de pensión de alimentos …consultado el 08/08/2026
