- Qué es: despido sin causa justificada o sin reinstalación.
- Cuánto cobras: 20 días de SDI por año + 90 días + 12 días por año.
- Cómo reclamar: PROFEDET y, si no hay convenio, demanda ante el Tribunal Laboral.
A quién le tocan los 30 días por año y qué requisitos se cumplen
Aviso: Este contenido es únicamente informativo y educativo y no constituye asesoría jurídica ni profesional. Aunque procuramos utilizar legislación, jurisprudencia y fuentes oficiales vigentes en México, las normas, criterios, plazos y requisitos pueden cambiar o variar según cada caso y entidad federativa. No tomes decisiones legales, económicas o que puedan afectar tus derechos basándote únicamente en este artículo. Verifica la información relevante en fuentes oficiales como el DOF, Cámara de Diputados, SCJN y la autoridad competente, y consulta a un abogado o profesional calificado cuando tu situación lo requiera. Los ejemplos y cálculos son orientativos y pueden contener errores u omisiones.
Los 30 días por año trabajado son una indemnización constitucional que solo aplica cuando hay despido injustificado y el patrón se niega a reinstalarte en tu puesto. Si renunciaste voluntariamente, si te corrieron por una causa justificada demostrable o si tu contrato terminó por vencimiento, lo que toca es un finiquito, no esta indemnización.
Para que se active tu derecho necesitas tres cosas a la vez:
- Antigüedad laboral acreditable con recibos de nómina, contrato o constancia de tu patrón.
- Despido sin causa justificada conforme a la Ley Federal del Trabajo, o que el patrón no demuestre la causa.
- Que el patrón no te reinstale en el mismo puesto y con las mismas condiciones cuando el trabajador lo solicita.
Si te corrieron por engaño en las condiciones de trabajo, falta de probidad, violencia, hostigamiento, reducción salarial, impago, riesgos para tu salud o actos contra tu dignidad, la propia Ley Federal del Trabajo te permite dar por terminada la relación y, aun así, cobrar la indemnización constitucional. Si en cambio renunciaste por decisión propia, no te corresponden los 30 días por año: ahí lo que recibirás son tus prestaciones proporcionales,也就是 vacaciones, aguinaldo y, si aplica, prima vacacional.
Documentos y datos para acreditar el pago
Antes de ir a cualquier oficina, reúne los papeles que demuestran antigüedad, salario y motivo de la baja. Sin esto, PROFEDET o el Tribunal Laboral no tienen cómo ayudarte a calcular ni a exigir el pago.
Tu checklist documental:
- Identificación oficial vigente y CURP.
- Contrato individual de trabajo y, si existen, sus modificaciones.
- Recibos de nómina de los últimos tres meses, idealmente con desglose de salario diario, aguinaldo y prima vacacional.
- Constancia de antigüedad o carta de baja firmada por el patrón.
- Aviso de rescisión o notificación del despido (con la fecha en que lo recibiste).
- Oferta o negativa de reinstalación por escrito; si no la tienes, prepara testigos que confirmen que pediste reinstalarte y el patrón se negó.
- Número de Seguro Social (NSS), RFC y datos del patrón (RFC, domicilio fiscal y razón social).
Sin antigüedad, salario y fecha de baja acreditados, PROFEDET no puede negociar un monto y el Tribunal Laboral no tiene base para condenar al patrón.
Cómo se calculan los 30 días por año y el resto de la indemnización constitucional
La indemnización por despido injustificado no es un solo concepto: son cuatro partidas que se suman, todas calculadas sobre el Salario Diario Integrado (SDI). Si te pagan solo una o te mezclan cifras con el finiquito, algo está mal.
Las cuatro partidas que te corresponden son:
- 3 meses de salario (90 días de SDI), siempre como base constitucional.
- 20 días de SDI por cada año de servicio (los famosos 30 días por año trabajado del título suelen incluir aquí también los 20; revisa tu caso con un asesor porque el alcance final depende de cómo se negocie o demande).
- Prima de antigüedad de 12 días por año, con un tope legal cuando tu salario supera dos salarios mínimos de tu zona.
- Prestaciones proporcionales: aguinaldo, vacaciones, prima vacacional y salarios pendientes del último periodo.
Salario Diario Integrado (SDI): cómo se forma
El SDI es la pieza clave. Si tu patrón usa solo tu salario diario, te está pagando de menos.
Fórmula SDI:
SDI = Salario diario + (Aguinaldo anual ÷ 365) + (Prima vacacional anual ÷ 365)
Ejemplo resuelto con cifras redondas:
- Salario mensual: 15.000 pesos (MXN).
- Salario diario base: 15.000 ÷ 30 = 500 pesos (MXN).
- Aguinaldo anual: 15 días = 7.500 pesos (MXN); proporcional diario: 7.500 ÷ 365 = 20,55 pesos (MXN).
- Prima vacacional anual (25 % sobre 12 días de vacaciones): 25 % × 12 × 500 = 1.500 pesos (MXN); proporcional diario: 1.500 ÷ 365 = 4,11 pesos (MXN).
- SDI = 500 + 20,55 + 4,11 = 524,66 pesos (MXN).
Con ese SDI, para 4 años de antigüedad:
- 3 meses (90 días): 90 × 524,66 = 47.219,40 pesos (MXN).
- 20 días × 4 años = 80 días: 80 × 524,66 = 41.972,80 pesos (MXN).
- Prima de antigüedad (12 × 4 = 48 días; ver tope abajo): 48 × 524,66 = 25.183,68 pesos (MXN) si no aplica tope.
- Subtotal indemnizatorio: 114.375,88 pesos (MXN), sin contar prestaciones proporcionales.
Prima de antigüedad: 12 días por año, requisitos y topes
La prima de antigüedad solo procede en dos casos: que lleves 15 años o más de servicio en la empresa, o que seas despedido de forma justificada. En el despido injustificado, la jurisprudencia y la práctica de los tribunales la incluyen como parte de la condena porque el patrón no demostró la causa.
Tope legal: cuando tu salario supera el doble del salario mínimo de la zona donde prestas el servicio, el cálculo se hace con ese doble como base.
| Concepto | Zona Libre de la Frontera Norte | Resto del país |
|---|---|---|
| Salario mínimo diario 2026 | 456,10 pesos (MXN) | 304,80 pesos (MXN) |
| Doble del salario mínimo (tope base) | 912,20 pesos (MXN) | 609,60 pesos (MXN) |
| Salario de comparación con tu SDI | Si SDI > 912,20 → tope 912,20 | Si SDI > 609,60 → tope 609,60 |
Para el ejemplo anterior (SDI de 524,66 pesos MXN) en el resto del país, el SDI no supera el tope, así que no aplica recorte. En la Frontera Norte, el tope es 912,20 pesos MXN y tampoco aplicaría recorte.
Con la LFT vigente
Si solo te ofrecen finiquito
Cuánto te deben pagar en total y cómo se gravan
Siguiendo el ejemplo anterior (Karla, 4 años, salario mensual 15.000 pesos MXN, SDI 524,66 pesos MXN), el desglose total quedaría así:
| Partida | Cálculo | Monto (MXN) |
|---|---|---|
| 3 meses de salario | 90 × 524,66 | 47.219,40 |
| 20 días por año (4 años) | 80 × 524,66 | 41.972,80 |
| Prima de antigüedad | 48 × 524,66 | 25.183,68 |
| Aguinaldo proporcional (4 meses del año) | 15/12 × 4 × 500 | 2.500,00 |
| Vacaciones proporcionales (4/12 de 12 días) | 4 × 500 | 2.000,00 |
| Prima vacacional (25 % sobre vacaciones) | 25 % × 2.000 | 500,00 |
| Total estimado | 119.375,88 pesos (MXN) |
Tratamiento fiscal de la indemnización: exención de 90 UMAs por año
La ley fiscal permite que la indemnización por despido quede exenta de ISR hasta 90 veces la UMA anualizada por cada año de servicio. Lo que se pase de ese umbral es gravable y se te retiene al momento del pago.
| Concepto | Valor 2026 |
|---|---|
| UMA diaria | 117,31 pesos (MXN) |
| UMA anual (× 365) | 42.818,15 pesos (MXN) |
| Exento anual por año trabajado | 90 × UMA anual = 3.853.633,50 pesos (MXN) |
| Exento total (Karla, 4 años) | 15.414.534,00 pesos (MXN) |
El monto de Karla (119.375,88 pesos MXN) queda muy por debajo del exento, así que en su caso no habría retención. Ojo: si ya tuviste ingresos gravados fuertes en el mismo ejercicio (por ejemplo, otro patrón o un finiquito previo), la exención se reduce porque el tope se calcula sobre el total recibido en el año por separación, y la tasa efectiva del ISR que te apliquen puede subir. Antes de firmar, pide a tu patrón o a PROFEDET que te muestren el cálculo y el recibo con desglose.
Dónde y cómo reclamar el pago: PROFEDET y Tribunal Laboral
La regla laboral en México es federal: la indemnización constitucional y los 30 días por año se rigen por la Ley Federal del Trabajo, sin importar la ciudad donde trabajes. Lo que sí cambia entre entidades es el Centro de Conciliación local que te corresponde como paso previo a demandar.
Asesoría y convenio en PROFEDET
PROFEDET es la vía administrativa gratuita. Sirve para que un asesor revise tus papeles, haga el cálculo y cite a tu patrón a una audiencia de conciliación.
Pasos en PROFEDET:
- Acude a una de las oficinas de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo en la Ciudad de México o en las representaciones estatales con personal de PROFEDET, o llama a la línea nacional para orientación.
- Presenta tus documentos (identificación, contrato, recibos de nómina, baja, CURP).
- Un defensor calcula tu indemnización constitucional y te explica cada partida.
- PROFEDET notifica al patrón y lo cita a una audiencia de conciliación.
- Si el patrón acepta, se firma un convenio de pago con plazos y consecuencias si incumple.
- Si el patrón no acude o rechaza el convenio, te entregan una constancia de conciliación no exitosa para que puedas demandar.
Demanda ante el Tribunal Laboral federal
Si PROFEDET no logra un convenio, el siguiente paso es la demanda ante el Tribunal Laboral federal o, si tu patrón es local, ante el Tribunal Laboral del estado correspondiente, siempre pasando antes por el Centro de Conciliación de tu entidad.
Etapas del procedimiento:
- Conciliación prejudicial obligatoria en el Centro de Conciliación federal o estatal; si no hay convenio, te dan la constancia.
- Presentación de demanda ante el Tribunal Laboral, donde puedes bifurcar tu petición: pedir reinstalación en tu puesto o pedir la indemnización constitucional.
- Etapa de excepciones y, en su caso, pruebas (testimonial, documental, pericial).
- Audiencias de juicio oral, donde ambas partes exponen sus pruebas.
- Resolución (laudo) del Tribunal, con condena a pagar las prestaciones que correspondan.
Pedir reinstalación o indemnización constitucional es una decisión que se toma al demandar. Cambiar después cuesta más y puede requerir un nuevo escrito.
Plazos que vencen y qué pasa si los dejas pasar
En derecho laboral mexicano los plazos son cortos y casi todos son preclusivos: si los dejas pasar, perdiste.
Retribución real diaria que suma salario, aguinaldo y prima vacacional prorrateados, y sirve de base para calcular toda la indemnización. No es tu salario diario nominal ni lo que te depositan.
Todo el tiempo trabajado para el patrón, continuo con independencia de que hayas tenido uno o varios contratos. No cuenta solo el último contrato ni se rompe por renovaciones.
| Plazo | Consecuencia si lo dejas pasar |
|---|---|
| 30 días naturales para que el trabajador se dé por despedido cuando hay causa justificada | Pierdes el derecho a pedir reinstalación y la indemnización constitucional |
| 2 meses (60 días naturales) desde el despido para demandar | Prescribe tu acción y ya no podrás reclamar nada ante el Tribunal |
| Pago inmediato al momento de la baja de las prestaciones reclamadas | Si el patrón se demora, se generan intereses y salarios caídos |
Salarios caídos e intereses si se reclama la reinstalación
Si optas por pedir la reinstalación en tu puesto, la ley protege tu ingreso mientras se resuelve el juicio: el patrón debe pagarte los salarios caídos hasta por 12 meses. Pasado ese año sin resolución, en lugar de seguir contando salarios caídos se calcula un interés del 2 % mensual sobre 15 meses de salario, lo que suele ser más alto.
Advertencia práctica: un juicio laboral largo, con recuentos de 12 meses más intereses del 2 % mensual, puede sumar mucho dinero, pero también puede tardar años y obligarte a litigar pruebas. Pesa bien con tu asesor si te conviene más aceptar una indemnización constitucional negociada desde el principio o pelear la reinstalación.
Qué hacer si el patrón no paga o discute el monto
Si el patrón simplemente no paga, el camino es la conciliación en PROFEDET y, si no hay acuerdo, la demanda. Pero hay casos donde lo que discute el patrón es el monto o la procedencia misma, y eso obliga a bifurcar la estrategia.
Árbol de decisión rápido:
- Si el patrón reconoce el despido pero discute el cálculo → PROFEDET para revisar SDI, antigüedad y topes; si no convienen, demanda ordinaria ante el Tribunal Laboral con prueba pericial en matemáticas laborales.
- Si el patrón niega el despido o dice que renunciaste → demanda ordinaria; te corresponde probar la relación laboral y el despido con testigos, correos, accesos al trabajo y baja IMSS.
- Si tienes menos de 1 año de antigüedad y patrón pequeño → vía especial más ágil por cuantía menor; PROFEDET puede llevarla sin necesidad de abogado particular.
- Si el patrón es empresa grande con expediente completo y antigüedad mayor a 3 años → Tribunal Laboral federal; lleva un abogado laboralista porque las audiencias orales requieren técnica procesal.
- Si hay negativa de reinstalación y prima de antigüedad discutida → pide expresamente al tribunal que se cuantifique la indemnización constitucional completa (90 días + 20 por año + 12 por año + prestaciones proporcionales) y los salarios caídos que correspondan.
Antes de elegir ruta, define tres cosas: antigüedad acreditable, monto estimado de lo que te deben y tamaño del patrón (micro, pequeña, grande). Con esos tres datos, PROFEDET o tu abogado pueden decirte en una sola cita cuál vía te conviene y cuánto tiempo toma cobrar.
Fuentes
- FactorialIndemnización por despido en México y cómo calcularla ⚖️consultado el 05/08/2026
- BukIndemnización Laboral 90 días: Cálculo y requisitos – Bukconsultado el 05/08/2026
- FacturamaCalculadora de Liquidación Laboral 2026 México – Facturamaconsultado el 05/08/2026
