- Qué es: calculadora en línea que estima finiquito o liquidación según la Ley Federal del Trabajo.
- Cuánto cobras: 3 meses de salario, 20 días por año y prima de antigüedad de 12 días por año.
- Cómo reclamar: en la PROFEDET o en la audiencia del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.
Aviso: Este contenido es únicamente informativo y educativo y no constituye asesoría jurídica ni profesional. Aunque procuramos utilizar legislación, jurisprudencia y fuentes oficiales vigentes en México, las normas, criterios, plazos y requisitos pueden cambiar o variar según cada caso y entidad federativa. No tomes decisiones legales, económicas o que puedan afectar tus derechos basándote únicamente en este artículo. Verifica la información relevante en fuentes oficiales como el DOF, Cámara de Diputados, SCJN y la autoridad competente, y consulta a un abogado o profesional calificado cuando tu situación lo requiera. Los ejemplos y cálculos son orientativos y pueden contener errores u omisiones.
Una calculadora virtual de liquidación en México es una herramienta en línea que estima cuánto te debe tu patrón al terminar la relación laboral: finiquito cuando renuncias, o liquidación con indemnización constitucional cuando te despiden sin causa justificada. Las más confiables son la del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, la calculadora de PROFEDET y la calculadora de finiquito y liquidación con Tablas ISR 2026 de FiscoClic, que sirven como orientación antes de la audiencia conciliatoria o para revisar lo que te ofrecieron.
A quién le toca y en qué caso: renuncia, despido justificado o injustificado
No todo final laboral abre el mismo derecho. La Ley Federal del Trabajo distingue tres caminos y cada uno genera prestaciones distintas. Antes de meter datos en una calculadora, conviene tener claro en cuál de los tres caes.
Las tres formas de terminación
| Situación | Qué pasa con tu plaza | Qué te deben pagar |
|---|---|---|
| Renuncia voluntaria | Tú decides irte, con o sin preaviso de 30 días | Finiquito: salario pendiente, vacaciones, prima vacacional y aguinaldo proporcionales |
| Despido justificado (art. 47 LFT) | El patrón acredita causa (engaño, faltas, violencia, etc.) | Solo prestaciones proporcionales; no hay indemnización constitucional |
| Despido injustificado | El patrón te corrió sin causa legal demostrable | Liquidación: prestaciones proporcionales + indemnización constitucional + prima de antigüedad |
Causales como "reestructura" o "crisis económica" no aparecen en el artículo 47 de la LFT, por lo que terminan siendo un despido injustificado. Si tu patrón invocó alguna de esas razones, te toca liquidación completa y puedes optar entre la reinstalación en tu puesto o la indemnización.
Datos que debes tener a la mano antes de calcular
Cualquier calculadora de liquidación te va a pedir lo mismo. Si llegas sin estos datos, el resultado sale a medias y tendrás que volver a empezar.
Lo mínimo indispensable
- Salario diario integrado (el que aparece en tus recibos de nómina, no el mínimo).
- Fecha exacta de ingreso y fecha de baja (o día actual si sigues laborando).
- Periodicidad de pago: diario, semanal, catorcenal, quincenal o mensual; sirve para convertir el salario a base diaria.
- Profesión u oficio: algunos puestos tienen salario mínimo profesional más alto que el general.
- Zona geográfica: si trabajas en algún municipio de la zona libre de la frontera norte, aplican salarios mínimos generales distintos.
- Días de aguinaldo y porcentaje de prima vacacional que otorga tu empresa (lo mínimo legal es 15 días y 25%, pero muchas empresas dan más).
- Vacaciones ya disfrutadas en el año, para saber cuántas te faltan.
Con estos campos la calculadora puede estimar el Salario Base de Cotización, los días laborados del último periodo y el desglose completo del finiquito o la liquidación.
Cómo se calcula paso a paso el finiquito o la liquidación
El procedimiento es el mismo para ambos, lo que cambia son los conceptos adicionales del despido injustificado. La fórmula base es: salario diario × 30.4 días = salario mensual bruto promedio, y a partir de ahí se suman las prestaciones proporcionales del último año.
Caso resuelto: Karla, 3 años en Monterrey
Karla renunció el 15 de septiembre de 2026 tras 3 años en una empresa regiomontana. Su salario diario es de 466.67 pesos (MXN) y la empresa otorga 15 días de aguinaldo y 25% de prima vacacional.
El finiquito se arma con las mismas piezas para todos los casos. Lo único que necesitas es el salario diario y los días del último año laborado. salario diario.
4 días pendientes + 4.948,53 + 2.800,02 + 700,01 = 10.315,24 pesos (MXN) de finiquito antes de impuestos.
- Salario pendiente: 4 días no pagados = 4 × 466.67 = 1.866,68 pesos (MXN).
- Aguinaldo proporcional: del 1 de enero al 15 de septiembre van 258 días; (15 × 466.67 × 258) / 365 = 4.948,53 pesos (MXN). El mínimo legal está en el artículo 87 de la LFT.
- Vacaciones proporcionales: al tercer año le corresponden 16 días según los artículos 76 y 77 de la LFT; ya disfrutó 10, le quedan 6 = 6 × 466.67 = 2.800,02 pesos (MXN).
- Prima vacacional: 25% sobre 2.800,02 = 700,01 pesos (MXN), conforme al artículo 80 de la LFT.
Total finiquito Karla: 10.315,24 pesos (MXN), antes de impuestos.
En finiquito, los conceptos proporcionales (aguinaldo, vacaciones y prima vacacional) se calculan siempre sobre el último año laborado, sin importar si la salida fue renuncia o despido.
Indemnización constitucional y prima de antigüedad en despido injustificado
Cuando el despido no encaja en las causas del artículo 47 de la LFT, el trabajador puede exigir tres componentes que se suman a las prestaciones proporcionales.
El esquema legal de indemnización
Despido o renuncia
Ocurre la baja. Nace el derecho al finiquito y, si fue despido sin causa, a la indemnización.
Solicitud de conciliación
Acudes al Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral a solicitar la audiencia.
Audiencia conciliatoria
Si hay convenio, cobras aquí lo acordado. Si no, te-turnan al Tribunal Laboral.
Juicio y laudo
El juez califica el despido y, en su caso, condena a reinstalación o al pago total.
- 3 meses de salario como pago constitucional (salario diario × 90).
- 20 días de salario por cada año de servicio (los años incompletos se pagan en proporción).
- Prima de antigüedad: 12 días de salario por cada año, con tope de dos veces el salario mínimo general (o el mínimo profesional si aplica). El dato del tope lo publica la CONASAMI.
Ejemplo numérico: Luis, 4 años en Guadalajara
Luis fue despedido sin causa el 30 de septiembre de 2026. Su salario diario: 600 pesos (MXN); cotizó 4 años cumplidos.
| Concepto | Fórmula | Monto |
|---|---|---|
| 3 meses de salario | 600 × 90 | 54.000,00 pesos (MXN) |
| 20 días por año | 600 × 20 × 4 | 48.000,00 pesos (MXN) |
| Prima de antigüedad (12 días × 4 años) | 600 × 12 × 4 | 28.800,00 pesos (MXN) |
| Total indemnización constitucional | 130.800,00 pesos (MXN) |
Este total se suma al finiquito del último año. La calculadora del Centro Federal de Conciliación arroja montos aproximados y pueden variar en la audiencia.
La prima de antigüedad se topa por ley; cuando el salario supera el doble del mínimo vigente, solo ese doble se considera para calcularla.
Tratamiento fiscal: cómo se calcula el ISR del finiquito y de la liquidación
El ISR se aplica de forma separada: una bolsa para el finiquito y otra para la liquidación. La calculadora con Tablas ISR 2026 hace ese desglose automático, pero conviene entender la lógica.
Tres bolsas, tres tasas
| Bolsa | Conceptos que la integran | Tratamiento fiscal |
|---|---|---|
| Finiquito | Salario pendiente, vacaciones, prima vacacional, aguinaldo proporcional | Parte exenta según años de servicio y el artículo 93 de la Ley del ISR; el resto se grava con la tabla ISR 2026 |
| Liquidación | Indemnización constitucional (3 meses + 20 días) | Exenta hasta 90 días de salario mínimo general; el excedente se grava |
| Prima de antigüedad | 12 días por año | Exenta hasta el equivalente a un año de salario mínimo general por cada año trabajado; el resto se grava |
La PROFEDET ofrece asesoría gratuita y calculadora oficial para revisar tu finiquito o liquidación antes de firmar.
El cálculo del impuesto parte de la base gravable de cada bolsa y aplica la tarifa mensual del ISR. Para una liquidación como la de Luis, el patrón debe retener ISR sobre el excedente exento y entregarte constancia del cálculo. Las Tablas ISR 2026 cambian cada año, así que conviene revisar la actualización vigente antes de hacer el cálculo final.
En la práctica, una asesoría gratuita de PROFEDET o la audiencia ante el Centro Federal de Conciliación sirven para verificar que lo que te pague tu patrón coincida con estas cifras y, si hay diferencia, exigir el ajuste antes de firmar cualquier convenio de salida.
Fuentes
- BukCalculadora Finiquito y Liquidación 2026 Datos Actualizados – Bukconsultado el 09/08/2026
- ConciliacionyarbitrajeCalculadora de prestaciones laboralesconsultado el 09/08/2026
- CclmichoacanCalculadora | Centro de Conciliación Laboral | Michoacánconsultado el 09/08/2026
- FiscoclicCalculadora de finiquito y liquidacion 2026 en México – FiscoClicconsultado el 09/08/2026
