Despido injustificado

Cálculo de despido injustificado en México: cuánto te toca y cómo se calcula

octubre 4, 2026 México Derecho 15 min read
Cálculo de despido injustificado en México: cuánto te toca y cómo se calcula
EN 30 SEGUNDOS

  • Qué es: despido sin causa justificada conforme al artículo 47 de la LFT.
  • Cuánto cobras: tres meses de salario integrado, 12 días por año y prestaciones proporcional
  • Cómo reclamar: conciliación en el Centro de Conciliación y luego demanda en el Tribunal Laboral.
Tras un despido sin causa, la ley mexicana te garantiza una liquidación tasada: lo que sigue es calcularla bien y reclamarla en el orden correcto.

Un despido injustificado en México se paga con tres meses de salario integrado, doce días de salario por cada año laborado como prima de antigüedad y las partes proporcionales de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional. Para reclamarlo, primero hay que pasar por la conciliación prejudicial ante un Centro de Conciliación Laboral y, si no hay convenio, presentar demanda ante el Tribunal Laboral del Poder Judicial federal o local. La vía extrajudicial desde 2019 es obligatoria: ya nadie demanda directo.

Qué es un despido injustificado y a quién le corresponde pedir la liquidación

El despido injustificado es la separación del trabajador decidida por el patrón sin que exista causa probada conforme al artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo. Ahí se enumeran las únicas justificaciones válidas: engaño con certificados o referencias falsos, faltas de probidad, injurias, amenazas, faltas de asistencia injustificadas, entre otras. Si la empresa no acredita alguna de estas causales y aun así corta la relación, el despido es injustificado y nace el derecho a la liquidación.

La Constitución, en su artículo 123, apartado A, fracción XXII, reconoce el derecho irrenunciable del trabajador a elegir entre reinstalarse en su puesto o recibir una indemnización. Para que proceda la indemnización constitucional:

  • Que la relación laboral haya estado vigente al momento del despido.
  • Que el patrón no demuestre una causal del artículo 47 LFT.
  • Que el trabajador opte por la indemnización en lugar de la reinstalación.
79.956 pesos (MXN)
Indemnización
Cobras la liquidación y no regresas al puesto.
VS
Reinstalación
Vuelves al mismo puesto y salarios caídos.
+ salarios vencidos desde el despido.
Frente al despido injustificado, la ley te deja elegir entre cobrar la indemnización constitucional o regresar a tu plaza con salarios caídos.

Documentos que debes reunir para reclamar y calcular

La paciencia documental vale más que la prisa. Antes de sentarte con la calculadora o pisar el Centro de Conciliación, junta este paquete, porque sin él cualquier cálculo será estimado:

  • Identificación oficial vigente (INE/IFE o pasaporte).
  • CURP y RFC.
  • Contrato individual o colectivo de trabajo y, si hay, recibos de nómina de los últimos doce meses.
  • Constancia de baja del IMSS o el último comprobante de semanas cotizadas.
  • Carta de despido o cualquier escrito donde la empresa reconozca la separación.
  • Comprobantes de antigüedad (fe de de antigüedad, gafete, finiquitos previos, nombramientos).
Riesgo de impago en convenio de conciliación
Escenarios de la calculadora federal del CCL para negociar la indemnización por despido injustificado.

Medio
Convenio al 70-80% del total suele cerrar el caso sin juicio ni riesgo de insolvencia.
Bajo● MedioAlto
Compara el porcentaje que aceptas cobrar con la capacidad real de la empresa para pagarte: a menor porcentaje, más probable que cobres.

Cuánto te toca: cómo se calcula cada parte de la liquidación

La liquidación por despido injustificado se integra con dos bloques: la indemnización constitucional y la prima de antigüedad, más las prestaciones devengadas y no pagadas del año en curso. La indemnización constitucional y la prima de antigüedad son negociables; el aguinaldo, las vacaciones y la prima vacacional pendientes son derechos irrenunciables.

✕MITO

«Si no me corren con carta, no puedo reclamar nada.»

REALIDAD

La carga de la prueba es del patrón: aunque no haya carta de despido, basta con acreditar la relación laboral y la fecha de baja del IMSS para reclamar.

VS

Aunque no haya carta de despido, la baja del IMSS y los testigos acreditan la separación y activan la liquidación.

Indemnización constitucional y prima de antigüedad

La indemnización constitucional equivale a tres meses de salario integrado, según la Constitución. El salario integrado no es lo que aparece como "sueldo base" en el recibo, sino la suma del salario base diario más la parte proporcional diaria del aguinaldo y de la prima vacacional del año.

La prima de antigüedad son doce días de salario por cada año de servicio completo y se calcula con el tope oficial de dos veces el salario mínimo general vigente en la zona donde prestaste tus servicios. En cifras: si el salario mínimo general de tu zona fuera de 278.80 pesos (MXN) diarios, el tope diario para la prima de antigüedad sería de 557.60 pesos (MXN), sin importar que hayas ganado más.

La indemnización constitucional y la prima de antigüedad son los dos conceptos que se pelean en la audiencia; los del último año (aguinaldo, vacaciones y prima vacacional) son derechos que ya tienes y el patrón no puede negar.

Prestaciones proporcionales del último año

El aguinaldo, regulado por el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, se calcula con quince días de salario como mínimo si trabajaste el año completo, y una parte proporcional si no. La fecha límite de pago es el veinte de diciembre de cada año.

Las vacaciones, según los artículos 76 a 81 de la Ley Federal del Trabajo, arrancan en doce días laborables al cumplir el primer año y suben dos días por cada año subsecuente hasta llegar a veinte. La prima vacacional es del veinticinco por ciento, mínimo, sobre los salarios del periodo vacacional.

Ejemplo resuelto con cifras redondas: Karla trabajó cinco años en una empresa de Monterrey ganando 12.000 pesos (MXN) mensuales, es decir, 400 pesos (MXN) diarios de salario base. Salió el 15 de septiembre de 2024. Tomando el salario integrado de 400 pesos (MXN) diarios para la indemnización:

Concepto Fórmula Cálculo Resultado
Indemnización constitucional 3 meses × 30 días × salario integrado 90 × 400 pesos (MXN) 36.000 pesos (MXN)
Prima de antigüedad (5 años) 12 días × año × salario tope mínimo 60 × 557.60 pesos (MXN) 33.456 pesos (MXN)
Aguinaldo proporcional (ene–sep) 15 días × 9/12 11.25 × 400 pesos (MXN) 4.500 pesos (MXN)
Vacaciones proporcionales 16 días × 9/12 (año 5) 12 × 400 pesos (MXN) 4.800 pesos (MXN)
Prima vacacional 25 % sobre vacaciones 0.25 × 4.800 pesos (MXN) 1.200 pesos (MXN)
Total estimado 79.956 pesos (MXN)
Dato a tener en cuentaLos plazos en la LFT se cuentan en días hábiles: no corren sábados, domingos ni festivos federales.
Contar solo días hábiles evita perder la audiencia: el Centro de Conciliación y el Tribunal Laboral no laboran fines de semana.

Herramientas oficiales para calcular tu liquidación

La calculadora del Centro de Conciliación Laboral trabaja a nivel federal y te permite negociar desde el inicio: cuando el patrón no puede pagar el cien por ciento, la herramienta muestra escenarios al noventa, ochenta, setenta, sesenta y cincuenta por ciento de la indemnización, lo que acelera la audiencia.

La calculadora del Centro de Conciliación Laboral de Michoacán funciona como referencia para esa entidad y puede servir de支援事業 para otros estados, aunque las reglas exactas pueden variar en cada entidad. Ambas piden datos parecidos: salario base, periodicidad del pago, zona fronteriza norte (sí/no), oficio con salario mínimo especial (sí/no), fecha de ingreso y fecha de salida. Los resultados son estimados; en la audiencia, la persona conciliadora hace el cálculo fino.

Herramienta Ámbito Datos que pide Aporta
Calculadora federal del CCL Federal Salario, periodicidad, zona, oficio, fechas Escenarios de negociación 90-50 %
Calculadora del CCL de Michoacán Michoacán Salario, periodicidad, antigüedad, salidas Cálculo de liquidación y advertencia de que la persona conciliadora lo afina en la audiencia

Dónde y cómo reclamar paso a paso

La ruta oficial cambió con la reforma laboral de 2019. Hoy, la conciliación prejudicial ante el Centro de Conciliación Laboral federal o estatal es obligatoria antes de cualquier demanda. Si en esa audiencia no se firma convenio, tienes derecho a que el propio Centro te canalice al Tribunal Laboral competente. Aquí va la secuencia, paso a paso, con el organismo y el tipo de plazo que aplica:

  1. Acude al Centro de Conciliación Laboral federal o estatal (presencial o, en algunas entidades, en línea). Tienes hasta un año natural contado a partir del día siguiente al despido para solicitar la conciliación, según el plazo general de prescripción de la Ley Federal del Trabajo.
  2. Solicita la cita y presenta tu queja con los documentos reunidos. La persona conciliadora te asigna fecha para la audiencia, normalmente dentro de los diez a quince días hábiles siguientes.
  3. Asiste a la audiencia de conciliación. Si hay convenio, el Centro lo ratifica y queda título ejecutivo. Si no hay convenio, la persona conciliadora te expide la constancia de agotamiento de la conciliación, indispensable para demandar.
  4. Presenta demanda ante el Tribunal Laboral del Poder Judicial (federal o local, según la jurisdicción). Si la empresa tiene actividad en más de una entidad, suele ser competente el Tribunal federal.
  5. En el juicio, ofrece pruebas. El Tribunal resolverá reinstalación o indemnización, según lo que hayas elegido.
1

Documentar
INE, CURP, RFC, contrato, nóminas y baja del IMSS.
2

Plazos
Tienes hasta un año natural desde el despido para solicitar la conciliación.
3

Conciliar
Audiencia en el Centro de Conciliación Laboral federal o estatal.
4

Constancia
Si no hay convenio, pides la constancia de agotamiento para demandar.
5

Demanda
Tribunal Laboral del Poder Judicial federal o local, según competencia.

Antes de la audiencia, el caso está en fase de preparación: juntar papeles y contar el plazo es lo que pita.

Cómo blindar tu caso antes de la audiencia

La diferencia entre cobrar y no cobrar suele estar en la preparación. Antes de sentarte a negociar, reúne tres evidencias que no tienen rival:

  • Comprobantes de antigüedad expedidos por la empresa o, en su defecto, la baja del IMSS con la fecha real de inicio de la relación.
  • Recibos de nómina de los últimos doce meses, que sirven para acreditar el salario integrado.
  • Testigos que puedan acreditar la jornada, las funciones y el despido.

TÉRMINOSalario integrado

Suma del salario base diario más la parte proporcional diaria del aguinaldo y la prima vacacional. No es el sueldo base del recibo ni el neto que te depositan. TÉRMINO Prima de antigüedad

Doce días de salario por cada año completo, con tope de dos salarios mínimos generales de la zona.No

se calcula con tu salario real si éste rebasa el tope oficial. Dominar salario integrado y prima de antigüedad es la base para que ningún patrón te pague menos de lo que marca la LFT. sin interrupción real. No cuenta solo tu último contrato.

Plazos que no debes dejar pasar

El reloj corre desde el día siguiente al despido. La conciliación prejudicial debe solicitarse dentro del plazo general de prescripción de la Ley Federal del Trabajo, que es de un año para acciones derivadas del vínculo laboral. La audiencia de conciliación se programa en alrededor de dos semanas hábiles desde la solicitud, y la demanda ante el Tribunal Laboral debe presentarse después de la constancia de agotamiento. Si el despido es colectivo, conviene revisar además las reglas de la STPS y los plazos de notificación al sindicato, cuando aplique.

Fórmula de cálculoCuánto te toca de liquidación por despido injustificado

La liquidación se arma con dos bloques: la indemnización constitucional y la prima de antigüedad, más prestaciones del último año. salario integrado diario (con aguinaldo y prima vacacional prorrateados) y tus años de servicio completo.

salario integrado  ×  3 meses  ×  1 (años completos)
Salario integrado = salario base diario + parte proporcional de aguinaldo y prima vacacional
3 meses de salario integrado (indemnización constitucional) más 12 días por año (prima de antigüedad)
Antigüedad, contando años completos y prorrateando el último año si aplica

Ejemplo: Karla ganaba 12.000 pesos (MXN) al mes (400 diarios) y trabajó 5 años en Monterrey.
400 pesos (MXN) × 90 × 1 = 36.000 pesos (MXN) de indemnización constitucional, más la prima de antigüedad y las prestaciones proporcionales.
Tope de la prima de antigüedadNo puede superar dos veces el salario mínimo general de la zona donde prestaste tus servicios (doble del mínimo profesional si aplica CONASAMI).

Aplicar la fórmula correcta garantiza que la liquidación por despido injustificado en México respete la Constitución y la LFT.

Cuándo hay profesión, oficio o zona fronteriza de por medio

La ley prevé topes distintos para algunas categorías. Si tu trabajo es de los oficios con salario mínimo profesional fijado por la CONASAMI, las dos veces salario mínimo se calculan sobre ese mínimo especial. Si trabajaste en la zona libre de la frontera norte, el salario mínimo aplicable es el de esa franja, que es mayor. Estos ajustes suben o bajan la prima de antigüedad, pero no cambian el derecho a la indemnización constitucional.

Factores que mueven tu liquidación final
Variables clave al pedir indemnización constitucional y prima de antigüedad en cualquier entidad federativa.
AntigüedadSalario integr…ZonaOficioBolsa interna

Antigüedad80
Salario integrado60
Zona40
Oficio25
Bolsa interna15
Compara cómo cada pieza (salario integrado, antigüedad, zona, oficio y bono) empuja al alza o a la baja el monto que vas a cobrar.

Lo que la calculadora no te dice

Las calculadoras son estimaciones, no sentencia. Tres cosas cambian el resultado real:

  • Prestaciones superiores a las de la ley (planes privados, comisiones, bonos) que pueden inflar la indemnización.
  • Embargos, pensiones alimenticias o adeudos del trabajador que se descuentan al final.
  • La capacidad económica real de la empresa, que puede llevar a un convenio menor al cien por ciento.
Fecha límiteTienes hasta un año natural contado desde el día siguiente al despido para pedir la conciliación prejudicial.
Dejar pasar el año de prescripción extingue tu derecho a reclamar la liquidación, aunque el despido haya sido claramente injustificado.

Si el patrón te señala una causa del artículo 47

Cuando la empresa alega alguna causal del artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo, la carga de la prueba se invierte: el patrón debe demostrar la causa con pruebas documentales, testigos y, en su caso, peritajes. Si no la acredita, el despido sigue siendo injustificado y la liquidación se paga igual. La causal más común que las empresas invocan sin sustento es la reestructura o la situación económica, y los tribunales suelen rechazarla.

¿Sabías que…?

Cobrar el finiquito no impide reclamar después la indemnización constitucional : puedes cobrar aguinaldo, vacaciones y prima vacacional proporcionales y aun así pelear los tres meses y la prima de antigüedad. Firmar el finiquito no

implica renunciar a la indemnización, salvo que ratifiques “de conformidad” y sin reservas ante la autoridad. Cobrar el finiquito hoy y Demandar la indemnización mañana es perfectamente válido: ningún patrón puede condicionar el pago de tus prestaciones. implica renunciar a reclamar, salvo que firmes «conforme» y sin reservas.

Cuándo pedir ayuda gratuita

La PROFEDET, dependencia de la STPS, ofrece asesoría y representación legal gratuita al trabajador ante los Centros de Conciliación y los Tribunales Laborales. Si tu despido es reciente y los documentos están completos, vale la pena llegar con ellos a la PROFEDET para revisar el caso antes de la audiencia. En cada entidad también hay procuradurías de defensa del trabajo con funciones similares.

Dónde reclamar tu despido injustificado en México
Organismos oficiales donde el trabajador recibe asesoría gratuita y presenta su queja antes de ir al Tribunal Laboral.

Acudes a solicitar la cita y presentar la queja dentro del año posterior al despido.
Localiza en Google Maps el Centro de Conciliación o PROFEDET más cercana a tu domicilio para iniciar la reclamación dentro del año de prescripción.

Lo que sigue después de la liquidación

Una vez firmada la liquidación o ejecutada la sentencia, conserva la documentación por al menos cinco años. Si la empresa no enteró al IMSS, la baja extemporánea puede afectar semanas cotizadas y, a futuro, tu pensión; conviene verificar tu estado de cuenta del IMSS y, ante cualquier inconsistencia, presentar la aclaración correspondiente. Si la empresa fue omisa con el pago de utilidades, aguinaldo o cotizaciones, el cobro puede hacerse valer después, dentro del mismo año de prescripción general.

Un buen cierre de caso combina tres actos: cobrar la liquidación, confirmar la baja en el IMSS y archivar el expediente completo; cualquier omisión revive derechos ya extinguidos.

Preguntas frecuentes sobre el despido injustificado en México

  • ¿Qué pasa si el patrón no se presenta a la audiencia de conciliación? La persona conciliadora levanta la constancia de agotamiento, que te sirve para presentar la demanda ante el Tribunal Laboral el mismo día o en los días hábiles siguientes.
  • ¿Siempre me corresponde la indemnización, aunque tenga menos de un año? Sí. La indemnización constitucional de tres meses aplica desde el primer día; la prima de antigüedad exige al menos un año de servicio, salvo despido justificado por causas especiales.
  • ¿Puedo seguir trabajando en otra empresa mientras peleo? Sí. La relación laboral es libre y la nueva subordinación no afecta tu demanda, aunque sí puede impactar la indemnización si la empresa lo alega para renunciar a la reinstalación.
  • ¿Me tienen que reinstalar si lo pido? Sí, salvo que se trate de puestos de dirección, gerencia, confianza o cuando la relación derive de un contrato por tiempo indeterminado con menos de un año de antigüedad, casos en los que la ley permite al patrón ofrecer solo la indemnización.
  • ¿Cómo se cobra si la empresa desapareció? Con la baja del IMSS, la última nómina y cualquier papel con el nombre o RFC de la empresa se puede demandar a los socios o al representante legal, además de exigir la inscripción al REPSE cuando aplique.

Fuentes

  1. ConciliacionyarbitrajeCalculadora de prestaciones laboralesconsultado el 10/08/2026
  2. BukCalculadora Finiquito y Liquidación 2026 Datos Actualizados – Bukconsultado el 10/08/2026
  3. FiniquitojustoCalculadora de Finiquito y Liquidación Laboral 2026 | 19 Países …consultado el 10/08/2026
  4. CclmichoacanCalculadora | Centro de Conciliación Laboral | Michoacánconsultado el 10/08/2026