- Qué es: la suma de partes proporcionales que se cobra al terminar la relación laboral.
- Cuánto cobras: aguinaldo, vacaciones, prima vacacional y salarios pendientes.
- Cómo reclamar: PROFEDET 800 911 7877, luego Centro de Conciliación y Tribunal Laboral.
¿Qué es el finiquito y en qué se diferencia de liquidación e indemnización constitucional?
Aviso: Este contenido es únicamente informativo y educativo y no constituye asesoría jurídica ni profesional. Aunque procuramos utilizar legislación, jurisprudencia y fuentes oficiales vigentes en México, las normas, criterios, plazos y requisitos pueden cambiar o variar según cada caso y entidad federativa. No tomes decisiones legales, económicas o que puedan afectar tus derechos basándote únicamente en este artículo. Verifica la información relevante en fuentes oficiales como el DOF, Cámara de Diputados, SCJN y la autoridad competente, y consulta a un abogado o profesional calificado cuando tu situación lo requiera. Los ejemplos y cálculos son orientativos y pueden contener errores u omisiones.
El finiquito es la suma de las prestaciones que una persona trabajadora —o sus beneficiarios— tiene derecho a recibir al concluir la relación laboral, normalmente integradas por las partes proporcionales de aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, salarios devengados y no pagados, y cualquier otra prestación pendiente. La liquidación, en cambio, aplica cuando el patrón rescinde la relación sin justificación y debe cubrir, además de esas partes proporcionales, una indemnización constitucional y los conceptos propios del despido injustificado. La indemnización constitucional es justamente la cuota que la Constitución y la Ley Federal del Trabajo colocan como mínimo al trabajador separado sin causa justificada: tres meses de salario, veinte días por año y, en su caso, salarios caídos.
Para aterrizarlo, conviene distinguir los tres supuestos más comunes:
- Renuncia voluntaria: solo se genera el finiquito, porque no hay despido.
- Despido justificado (causa comprobable del trabajador): tampoco hay indemnización constitucional; únicamente el finiquito.
- Despido injustificado: junto con el finiquito y las partes proporcionales, se pagan tres meses de salario, veinte días por cada año laborado y los salarios caídos que correspondan hasta que se cumpla el laudo.
La PROFEDET centra buena parte de su asesoría gratuita en las personas beneficiarias de un trabajador o una trabajadora fallecida, pero el mismo término aplica al trabajador vivo que terminó su relación laboral por renuncia, despido o vencimiento de contrato.
| Finiquito | Indemnización constitucional | |
|---|---|---|
| 3 meses + 20 días por año | ✔ | ✕ |
| No aplica | ✕ | ✔ |
| Hasta laudo | Renuncia, despido justificado o injustificado | ✔ |
| Concepto | Renuncia | Despido justificado | Despido injustificado |
|---|---|---|---|
| Finiquito (partes proporcionales) | Sí | Sí | Sí |
| Indemnización constitucional (3 meses + 20 días por año) | No | No | Sí |
| Salarios caídos hasta el laudo | No | No | Sí |
| Prima vacacional y vacaciones proporcionales | Sí | Sí | Sí |
Tres nombres para tres momentos distintos: finiquito cuando termina la relación, indemnización constitucional cuando el patrón la cortó sin razón y la ley te protege.
Conceptos que integran el finiquito y fórmulas para calcularlo
Partes proporcionales y adeudos que lo arman
El finiquito no es una cifra única: se arma con varios conceptos que la Ley Federal del Trabajo reconoce como devengados día a día. Los más comunes son:
- Salarios adeudados de los últimos días laborados y no pagados.
- Parte proporcional de aguinaldo desde el 1 de enero o desde la fecha de ingreso hasta el corte.
- Parte proporcional de vacaciones según los años cumplidos y los días que falten por disfrutar.
- Prima vacacional, que es el 25 % sobre el valor de las vacaciones pendientes.
- Cualquier otra prestación pendiente (bonos, comisiones, vales, horas extra no pagadas, prestaciones pactadas en el contrato colectivo o individual).
Fórmula para cada parte proporcional
La operación es siempre la misma: salario diario integrado por los días efectivamente devengados hasta el momento del corte. La regla operativa es:
- Aguinaldo proporcional = (salario diario × 15 días) ÷ 365 × días trabajados del año.
- Vacaciones proporcionales = (salario diario × días de vacaciones que correspondan) ÷ 365 × días trabajados desde la última fecha aniversario.
- Prima vacacional = vacaciones proporcionales × 0.25.
Ejemplo resuelto con cifras en pesos mexicanos
Lourdes trabajó del 1 de enero al 30 de junio de un año, con un salario mensual de 18.000 pesos (MXN). Su salario diario es 18.000 ÷ 30 = 600 pesos (MXN).
- Aguinaldo proporcional: 600 × 15 ÷ 365 × 181 días = 4.458,90 pesos (MXN).
- Vacaciones proporcionales: con 12 días de vacaciones al primer año, 600 × 12 ÷ 365 × 181 = 3.569,59 pesos (MXN).
- Prima vacacional: 3.569,59 × 0.25 = 892,40 pesos (MXN).
- Salarios pendientes: cinco días no pagados a 600 = 3.000 pesos (MXN).
Suma del finiquito = 4.458,90 + 3.569,59 + 892,40 + 3.000 = 11.920,89 pesos (MXN). Ese es el monto que, como mínimo, la persona trabajadora o sus beneficiarios deben recibir.
Peligro: no firmes recibos de finiquito en blanco ni te dejes presionar para aceptar una cifra a la carrera; antes de hacerlo, compara lo que te ofrecen con el cálculo real.
Requisitos y documentos para cobrar el finiquito
Lo que se lleva a la primera cita cambia según se trate del trabajador vivo o de los beneficiarios de una persona fallecida. En ambos casos, conviene llegar con la documentación lista para que la PROFEDET pueda abrir el expediente de inmediato.
Si la persona trabajadora está viva
- Identificación oficial vigente (INE/IFE o pasaporte).
- CURP y, si se tiene, número de seguridad social (NSS).
- Contrato individual de trabajo, nombramientos o, en su defecto, recibos de nómina.
- Últimos recibos de pago y cualquier constancia de prestaciones pendientes.
- Carta de renuncia, aviso de despido o documento que acredite cómo terminó la relación.
- Baja del IMSS si ya se tramitó, o comprobante del último día laborado.
Si se trata de beneficiarias o beneficiarios por fallecimiento
- Identificación oficial vigente de quien solicita.
- Acta de defunción de la persona trabajadora.
- Últimos recibos de nómina de la persona fallecida.
- Documentos que acrediten el parentesco o la condición de beneficiaria o beneficiario (actas de nacimiento, matrimonio o concubinato según proceda).
- Cualquier otro dato o constancia relacionado con el caso.
Mientras más completo llegue el expediente, menos vueltas tendrá que dar el trámite ante PROFEDET.
Dónde y cómo pedir asesoría gratuita para cobrar el finiquito
La ruta correcta después de la reforma laboral de 2019 combina tres instancias: primero se intenta conciliar directamente con el patrón; si no hay acuerdo, se pasa al Centro de Conciliación que corresponda y, finalmente, se demanda ante el Tribunal Laboral. La asesoría es totalmente gratuita y la prestan PROFEDET y, en su caso, el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.
Pasos del trámite
- Acudir o llamar a PROFEDET al 800 911 7877 o al 800 717 2942 para recibir asesoría y, si procede, abrir un expediente.
- Reunir la documentación del trabajador o de los beneficiarios (ver sección anterior).
- PROFEDET cita al patrón a una audiencia de conciliación; si hay convenio, se firma y se cobra.
- Si no se llega a un acuerdo, PROFEDET orienta para presentar el reclamo ante el Centro de Conciliación federal o estatal que corresponda.
- Si la conciliación prejudicial no prospera, se presenta la demanda ante el Tribunal Laboral federal o local.
Despido o renuncia
Se rompe la relación laboral y empieza el derecho a cobrar finiquito.
Llamada a PROFEDET
Marcar 800 911 7877 o 800 717 2942 para recibir asesoría gratuita.
Audiencia de conciliación
PROFEDET cita al patrón; si hay convenio, se firma y se cobra.
Centro de Conciliación
Si no hay acuerdo, se escala al Centro federal o estatal correspondiente.
Dónde acudir
- Ciudad de México: oficina central de PROFEDET, Dr. José María Vértiz 211, Colonia Doctores, Alcaldía Cuauhtémoc.
- Resto del país: las oficinas de PROFEDET se ubican dentro de los Centros Federales de Conciliación y Registro Laboral. Las direcciones se localizan en el portal de PROFEDET.
La asesoría de PROFEDET es totalmente gratuita y nadie, ni gestor ni servidor público, puede cobrarte por recibir orientación o levantar tu queja.
Dato útil: todos los servicios de PROFEDET son gratuitos; ningún servidor público ni gestor externo puede cobrar por la asesoría. Si alguien lo pide, repórtalo en los canales institucionales de la Función Pública.
Plazos para reclamar el finiquito
El tiempo cuenta desde dos ángulos. Las personas beneficiarias de un trabajador o trabajadora fallecida tienen un año natural contado a partir del fallecimiento para solicitar el pago de finiquito ante la PROFEDET. Pasado ese plazo, la solicitud puede ser rechazada por extemporánea.
Para el trabajador vivo, las reglas de prescripción y caducidad de la Ley Federal del Trabajo son las que aplican. En términos prácticos: las acciones para exigir el pago de prestaciones vencen conforme a los plazos que la propia ley señala según la naturaleza del concepto. Cuando el término se vence sin haber reclamado, la acción se extingue y, en consecuencia, se pierde el derecho a cobrar por la vía administrativa o judicial.
Por eso conviene no esperar: en cuanto se rompe la relación laboral, lo recomendable es acudir a PROFEDET, juntar los papeles y, si el patrón no paga, escalar al Centro de Conciliación y luego al Tribunal Laboral. Mientras más pronto se actúe, más sencillo es acreditar los montos con recibos, testigos y, sobre todo, con los registros del IMSS.
Preguntas frecuentes sobre el finiquito en México
1. ¿Quién me puede ayudar a revisar mi finiquito antes de cobrarlo?
Lo más seguro es acudir con un abogado laboralista mexicano, que conoce la Ley Federal del Trabajo y sus artículos 162 al 165 sobre terminación y liquidación. También pueden orientarte gratuitamente la PROFEDET (Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo) y los sindicatos registrados ante la STPS, que ofrecen asesoría inicial sin costo.
2. ¿Cuánto cobra un abogado laboralista por revisar un finiquito en México?
Una consulta con un abogado laboralista particular suele costar entre 800 y 2.500 pesos mexicanos, dependiendo de la ciudad y la complejidad del caso. Si decides contratarlo para todo el trámite, los honorarios van del 10% al 30% de lo recuperado. Recuerda que la PROFEDET brinda asesoría gratuita en todo el país.
Fuentes
- 3consultoresAsesoría Laboral | Tres Consultores Saltillo S. De R.L. De C.V.consultado el 09/08/2026
- JaliscoCalculadora de finiquitos – CCL Jaliscoconsultado el 09/08/2026
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