- Qué es: residencia temporal por unidad familiar ante el INM tras casarte.
- Cuánto pagas: derechos calculados en UMA (≈542.85 pesos (MXN) en el ejemplo).
- Cómo se tramita: cita en el INM, entrevista y forma migratoria con vigencia de 1 año.
Aviso: Este contenido es únicamente informativo y educativo y no constituye asesoría jurídica ni profesional. Aunque procuramos utilizar legislación, jurisprudencia y fuentes oficiales vigentes en México, las normas, criterios, plazos y requisitos pueden cambiar o variar según cada caso y entidad federativa. No tomes decisiones legales, económicas o que puedan afectar tus derechos basándote únicamente en este artículo. Verifica la información relevante en fuentes oficiales como el DOF, Cámara de Diputados, SCJN y la autoridad competente, y consulta a un abogado o profesional calificado cuando tu situación lo requiera. Los ejemplos y cálculos son orientativos y pueden contener errores u omisiones.
Casarte con una persona mexicana abre una vía legal para arreglar tu estancia en México: la residencia temporal por unidad familiar, que tramitas ante el Instituto Nacional de Migración (INM). El camino es federal, aunque el acta de matrimonio la expide el Registro Civil de cada estado, así que conviene entender dónde acaba lo federal y dónde empieza lo estatal antes de empezar.
¿Quién puede arreglar la residencia por matrimonio y qué exige la ley?
El derecho a pedir esta residencia lo regula la Ley de Migración de México y su Reglamento. La puerta de entrada es la figura de "unidad familiar": te la conceden cuando tu núcleo más cercano (cónyuge, hijos, ascendientes) vive en el país.
Requisitos de fondo que sí valora el INM
- Ser persona extranjera con pasaporte vigente y en regla.
- Tener un matrimonio legalmente válido celebrado en México o en el extranjero, y que esté inscrito en el Registro Civil mexicano cuando proceda.
- Vínculo real y de buena fe: la residencia se otorga para vivir con tu cónyuge, no como un arreglo migratorio.
- No tener impedimentos graves: antecedentes penales sin documentar, órdenes de deportación vigentes o estancias vencidas que no hayas regularizado antes complican (y mucho) la solicitud.
- Contar con un cónyuge mexicano o residente que funja como unidad familiar de referencia.
Matrimonio con mexicano(a)
Residencia temporal por unidad familiar
1 año (prorrogable)
Permanente tras 2 años de temporal
La ley migratoria mexicana es clara: a quien casa con mexicana o mexicano se le reconoce el derecho a regularizar su estancia por unidad familiar, siempre que el matrimonio sea legal y vigente.
Documentos que hay que preparar antes de la cita
El expediente se arma entre lo que pides como solicitante y lo que presenta tu cónyuge. Aunque el INM confirma el listado vigente en su portal, estos son los documentos que de forma consistente se piden para este trámite.
De la persona solicitante
- Pasaporte vigente (original y copia).
- Acta de matrimonio reciente (expedida por el Registro Civil mexicano o, si fue en el extranjero, ya apostillada, traducida al español e inscrita en el Registro Civil donde vivirás).
- Comprobante de domicilio actual en México a tu nombre o de tu cónyuge.
- CURP en caso de ya contar con ella.
Del cónyuge mexicano
- INE/IFE vigente.
- CURP.
- Comprobante de domicilio reciente.
- Acta de nacimiento.
Cuando el acta de matrimonio llega del extranjero, debe llevar apostilla del país de origen y traducción por perito traductor si no está en español; sin esos pasos, el Registro Civil mexicano no la inscribe y el INM no la acepta.
Cuánto cuesta y cómo se calcula el pago
Los derechos migratorios los fija el INM y se pagan en pesos mexicanos (MXN), aunque varias fracciones se calculan en UMA (Unidad de Medida y Actualización que publica el INEGI). El detalle cambia según el tipo de trámite y el año, así que conviene revisar la pestaña de "Cuotas y derechos" del portal del INM antes de pagar.
Ejemplo resuelto de cálculo
Supón que para el trámite de residencia temporal por unidad familiar el INM fija 5 días de UMA como derecho. Si la UMA del año en curso vale 108.57 pesos (MXN):
- 5 × 108.57 = 542.85 pesos (MXN) por concepto de derechos.
A eso súmale el costo del trámite administrativo y, si los necesitas, los pagos por forma migratoria (el documento físico) y la tarjeta de residente.
No deposites montos "inflados" por adelantado ni le pagues a gestores no autorizados: los pagos al INM se hacen en bancos o ventanillas autorizadas, con líneas de captura que emite el propio instituto al cierre de tu cita.
Cómo se tramita paso a paso ante el INM
El procedimiento es federal. Lo lleva el INM en sus oficinas y representaciones en las entidades federativas; el Registro Civil del matrimonio, en cambio, es estatal y cambia de estado a estado (registros en CDMX, Jalisco, Nuevo León, Chiapas, etc., operan con reglas distintas para agendar cita).
- Agenda tu cita en el portal oficial del INM y elige el trámite de "residencia temporal por unidad familiar".
- Reúne tu expediente completo (persona solicitante y cónyuge) con originales y copias.
- Acude el día de la cita a la oficina del INM correspondiente, entrega documentos y paga los derechos que te indiquen.
- Atiende la entrevista con personal de migración: te preguntarán sobre tu relación, tiempo de convivencia, planes de vida en común y solvencia.
- Espera la resolución: si es favorable, te entregarán la forma migratoria con la que acreditas tu estancia legal.
Plazos que importan y qué pasa si los rebasas
Los tiempos los marca el Reglamento de la Ley de Migración y los lineamientos del INM; pueden variar según la oficina y la carga de trabajo.
| Etapa | Tiempo aproximado |
|---|---|
| Resolución del trámite de residencia temporal | hasta 20 días hábiles contados a partir de la entrevista |
| Vigencia de la residencia temporal por unidad familiar | 1 año, prorrogable hasta completar 4 años |
| Solicitud de residencia permanente por unidad familiar | al cumplirse 2 años de residencia temporal con vínculo familiar vigente |
| Estancia sin documento migratorio vigente | no permitida: puedes hacerte acreedor a multa y, en casos graves, a deportación |
Si te quedas sin condición de estancia legal en México, lo correcto es regularizarte antes de que la autoridad migratoria te ubique: las multas por estancia irregular y la acumulación de antecedentes complican cualquier trámite posterior, incluida la futura residencia permanente.
Se casó con regiomontano en 2022 e inscribió el acta en el Registro Civil de Nuevo León; dos meses después agendó cita en el INM y recibió su residencia a los 18 días hábilestras pagar alrededor de 1,800 pesos (MXN).
Sofía, colombiana, llegó a Monterrey en 2021 con visa de turista. Se casó con un regiomontano en 2022, inscribió el acta en el Registro Civil de Nuevo León y dos meses después agendó cita en el INM. Pagó alrededor de 1,800 pesos (MXN) entre derechos y forma migratoria, hizo su entrevista y a los 18 días hábiles recibió su residencia temporal por unidad familiar con vigencia de un año. Renovó dos veces y, en 2025, inició el trámite de residencia permanente.
| Vía | Qué resuelve | Cuándo conviene |
|---|---|---|
| Residencia temporal por unidad familiar | Estancia legal de 1 año, prorrogable, con derecho a trabajar y salir/entrar del país | Matrimonio reciente o sin los 2 años de temporalidad cumplidos |
| Residencia permanente por unidad familiar | Estancia indefinida con trabajo sin restricción | Tras 2 años de residencia temporal con vínculo familiar vigente |
«Casarme me da la residencia de inmediato, sin más trámites.»
El matrimonio es el sustento jurídico para pedir la residencia, pero el INM debe entrevistarte, resolver y entregarte la forma migratoria.
VS
Un mito común: "casarme me da la residencia de inmediato". La realidad es otra: el matrimonio es el sustento para pedir la residencia, pero el INM debe resolver tu solicitud, entrevistarte y entregarte el documento. Sin ese documento, no tienes estancia regular, por casado que estés.
Conviene entrar al portal del INM con la cita ya agendada y revisar el apartado "Trámites y servicios migratorios": ahí publican cuotas vigentes en UMA, formatos actualizados y oficinas receptoras. Es la única fuente que se mantiene al día cuando cambian montos o requisitos.
▲ +1,257.15 pesos (MXN) vs solo el derecho en UMA
Preguntas frecuentes sobre la residencia por matrimonio en México
1. ¿Cuánto tarda el trámite de residencia por matrimonio ante el INM?
Entre 3 y 6 meses, considerando que la solicitud se presenta en la oficina del INM con cita previa, luego se realizan entrevistas al cónyuge mexicano y al extranjero, y finalmente se otorga la residencia temporal que después puede convertirse en permanente tras dos años de matrimonio efectivo.
Fuentes
- UscisEliminación de Condiciones en la Residencia Permanente Basada …consultado el 08/08/2026
- YohanasaucedoGreen card por matrimonio en 2026, proceso y tiempos realesconsultado el 08/08/2026
- LanderholmimmigrationAjuste de Estatus Basado en el Matrimonioconsultado el 08/08/2026
- AlonsoandalonsolawGreen Card por Matrimonio 2026: Guía Completa y Tiemposconsultado el 08/08/2026
- FitzgeraldlawcompanyAbogado de Green Card por Matrimonio en Boston, MAconsultado el 08/08/2026
