Aguinaldo

Aguinaldo que corresponde por ley en México: mínimo, cuándo se paga y cómo calcularlo

agosto 9, 2026 México Derecho 9 min read
Aguinaldo que corresponde por ley en México: mínimo, cuándo se paga y cómo calcularlo
EN 30 SEGUNDOS

  • Qué es: pago anual obligatorio de al menos 15 días de salario.
  • Cuánto te toca: 15 días mínimo; proporcional si llevas menos de un año.
  • Fecha límite: 20 de diciembre de cada año, fijado por la LFT.
Cómo reclamar:

El aguinaldo es una prestación irrenunciable: cualquier persona trabajadora subordinada bajo la Ley Federal del Trabajo debe recibir al menos 15 días de salario al año, pagados a más tardar el 20 de diciembre. Si llevas menos de un año, te toca la parte proporcional, y el derecho se genera desde el primer día laborado.

¿Qué es el aguinaldo y quién tiene derecho a recibirlo?

El aguinaldo es una prestación anual obligatoria que la Ley Federal del Trabajo reconoce a las personas trabajadoras del país. No es un regalo de la empresa ni una gratificación discrecional: es un derecho irrenunciable, lo que significa que no se puede renunciar a él ni compensarlo con otras prestaciones.

Lo reciben todos los regidos por la Ley Federal del Trabajo:

  • Personal de base, confianza, planta y sindicalizados.
  • Trabajadoras y trabajadores por obra o tiempo determinado, de temporada y por tiempo indeterminado (incluye el periodo de prueba y la capacitación inicial).
  • Eventuales, comisionistas, agentes de comercio, agentes de seguros y vendedores.

Quedan fuera las personas que prestan servicios por honorarios, porque ahí no existe una relación laboral subordinada: son acuerdos civiles entre particulares.

Hay tres situaciones con reglas especiales que conviene adelantar: la maternidad, las incapacidades y el fallecimiento. Las detallo más abajo porque generan dudas frecuentes sobre si «cuentan» o no los días.

TÉRMINOAguinaldo

Prestación anual irrenunciable de al menos 15 días de salario, pagadera antes del 20 de diciembre. No es una gratificación discrecional ni se puede compensar con otras prestaciones.

TÉRMINOParte proporcional

Fracción del aguinaldo que corresponde cuando la relación laboral dura menos de un año desde el primer día laborado. No se exige el año completo para generar el derecho.

Definición clara del aguinaldo y de la parte proporcional, para entender desde cuándo nace el derecho y cómo se calcula su importe mínimo.

En una línea: el aguinaldo es un pago anual obligatorio equivalente a por lo menos 15 días de salario; se genera desde el primer día y nadie te lo puede quitar.

Monto mínimo y fecha límite que marca la ley

La regla federal es clara y aplica en toda la República: el patrón debe pagar el aguinaldo antes del 20 de diciembre de cada año. Quien no lo haga en tiempo incurre en incumplimiento y puede ser sancionado.

Concepto Lo que dice la ley Lo que ocurre en la práctica
Monto mínimo 15 días de salario Algunas empresas otorgan 30 días o más como práctica de retención de personal
Fecha límite de pago 20 de diciembre Si se atrasa, el patrón queda en mora y se generan intereses
Base legal Ley Federal del Trabajo La empresa puede mejorar el mínimo, pero nunca reducirlo
Dónde reclamar el aguinaldo no pagado en México
Tres instancias federales y locales concentran la atención gratuita al trabajador en todo el país.

representación legal local cuando el patrón se atrasa
Mapa con las oficinas físicas a las que puedes acudir para asesoría y conciliación; conviene empezar por la más cercana a tu domicilio.

Es importante no confundir la práctica con la obligación. Si en tu empresa te pagan 30 días, magnífico, pero eso no lo exige la ley: es un beneficio adicional que la compañía decidió dar. El piso legal son 15 días, y ese es el mínimo sobre el cual puedes reclamar.

Cómo se calcula el aguinaldo paso a paso

El cálculo depende de cuánto tiempo llevas y de cómo te pagan. La fórmula general es esta:

  1. Divide tu salario mensual entre 30 para obtener el salario diario.
  2. Multiplica el salario diario por 15 días: ese es el aguinaldo completo.
  3. Si llevas menos de un año, divide el aguinaldo completo entre 365 y multiplica por los días efectivamente trabajados.

Ejemplo con cifras redondas: si ganas 18.000 MXN al mes, tu salario diario es 18.000 ÷ 30 = 600 MXN. Tu aguinaldo completo sería 600 × 15 = 9.000 MXN al cumplir el año.

Fórmula de cálculoCuánto te toca de aguinaldo proporcional

El aguinaldo se calcula con una fórmula sencilla. Lo único que necesitas es tu salario diario (salario mensual bruto ÷ 30) y los días efectivamente trabajados.

salario diario  ×  15 días  ×  (días trabajados ÷ 365)
Salario diario = salario mensual bruto ÷ 30
15 días mínimo legal por año completo
Antigüedad, prorrateando los días sueltos del año

Ejemplo: Karla cobra 15.000 MXN al mes (500 MXN/día) y lleva 6 meses (162 días).
500 × 15 × (162 ÷ 365) = 3.328,77 MXN de parte proporcional de aguinaldo.
Pago completo al cumplir el añoSe paga el equivalente a 15 días de salario como mínimo, si la relación laboral cumple los 365 días.

Fórmula paso a paso del aguinaldo, con un ejemplo resuelto en pesos para que el trabajador aplique la regla a su propio sueldo y antigüedad.

Para quienes cobran por unidad de obra o destajo, no hay un salario fijo mensual. En ese caso se promedia el ingreso de los últimos 30 días efectivamente trabajados por cualquier concepto (comisiones, bonos, propinas si están integradas al salario) y ese promedio diario se multiplica por 15.

Una duda común: a los dos años de antigüedad, el aguinaldo no se acumula. Si sigues en la misma empresa con el mismo sueldo, recibirás lo mismo cada año; solo aumenta si tu salario sube o si la empresa decide mejorar la prestación.

Ejemplos numéricos según tu antigüedad

Tomemos un sueldo base de 15.000 MXN mensuales para ver cuánto toca en cada escenario. El salario diario es 15.000 ÷ 30 = 500 MXN, y el aguinaldo completo (15 días) equivale a 7.500 MXN.

Antigüedad Días trabajados Cálculo Aguinaldo (MXN)
1 mes 27 7.500 ÷ 365 × 27 554,79
5 meses 135 7.500 ÷ 365 × 135 2.773,97
6 meses 162 7.500 ÷ 365 × 162 3.328,77
1 año cumplido 365 500 × 15 7.500,00
2 años (mismo sueldo) 365 500 × 15 7.500,00
Cómo se reparte el aguinaldo según la antigüedad
Distribución del aguinaldo sobre un sueldo base de 15.000 MXN mensuales en cinco escenarios de antigüedad.

3% — 1 mes13% — 5 meses15% — 6 meses35% — 1 año cumplido35% — 2 años (mismo sueldo)
El peso del cálculo cambia mucho entre el primer año y los siguientes: con menos de un año solo se cobra la parte proporcional, no el mínimo completo.

Caso concreto: Karla trabaja en una tienda departamental de la Alcaldía Cuauhtémoc, en CDMX, con sueldo de 15.000 MXN. Renuncia el 30 de junio tras seis meses. La parte proporcional es 3.328,77 MXN, que el patrón debe incluir en su finiquito junto con vacaciones, prima vacacional y demás prestaciones devengadas.

Casos especiales: renuncia, incapacidad y fallecimiento

La ley contempla varias situaciones que rompen el esquema simple de «15 días el 20 de diciembre»:

  • Renuncia antes del 20 de diciembre: el patrón paga la parte proporcional del aguinaldo al momento de la terminación de la relación laboral, dentro del finiquito o liquidación correspondiente.
  • Incapacidad por enfermedad general: durante ese periodo no se genera aguinaldo, porque no hay servicio prestado. Mucha gente cree lo contrario y se lleva una decepción.
  • Riesgos de trabajo (accidente o enfermedad laboral): la persona se considera en activo durante la incapacidad temporal, así que sí genera aguinaldo completo, a cargo de la empresa o de las instituciones de seguridad social según corresponda.
  • Maternidad: los periodos pre y posnatales sí cuentan como días trabajados para el cálculo del aguinaldo. La ley protege ese ingreso.
  • Fallecimiento del trabajador: tienen derecho al pago los beneficiarios con presunción de dependencia económica (cónyuge, hijos menores de 25 años y ascendientes). Otras personas deben acreditar la dependencia mediante un juicio de designación de beneficiarios.
Genera aguinaldo No genera aguinaldo
Parte proporcional
Aguinaldo completo
Periodo pre y posnatal Renuncia voluntaria
Tabla de cuándo sí y cuándo no se genera aguinaldo: incapacidades por enfermedad general quedan fuera, pero riesgos de trabajo y maternidad sí cuentan para el cálculo.
OjoNo dejes pasar el año para reclamar: el plazo corre desde el 21 de diciembre y, si lo rebasas, prescribes tu derecho.
Advertencia clave: el patrón moroso solo responde si el trabajador reclama dentro del año siguiente al 20 de diciembre, así que no conviene esperar.

Ojo: si te incapacitaste por una enfermedad general y tu patrón no te pagó aguinaldo durante esos meses, probablemente no te está descontando un derecho: simplemente esos días no generan la prestación.

¿Y si la empresa no paga? Cuentas con un año para reclamar, contado a partir del 21 de diciembre. Las puertas a las que debes acudir son, en orden:

  1. La PROFEDET, que ofrece asesoría y representación jurídica gratuita al trabajador en todo el país.
  2. El Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral o el Centro de Conciliación de tu estado. La conciliación prejudicial es obligatoria antes de llevar el caso a un Tribunal Laboral.
  3. La Procuraduría de la Defensa del Trabajo de tu entidad (por ejemplo, en Nuevo León opera la Procuraduría estatal con oficinas en Monterrey).
Dato a tener en cuentaEl plazo de un año para reclamar el aguinaldo se cuenta en días naturales: corren todos los días, incluidos sábados, domingos y festivos.
Precisión sobre el cómputo del plazo para exigir el pago: corre en días naturales, lo que acorta el margen real si se compara con plazos hábiles.
MITO

«Si llevo menos de un año no me toca aguinaldo».

REALIDAD

La ley lo desmiente desde el primer día: te corresponde la parte proporcional; el año cumplido solo activa el pago completo de los 15 días.

VS

Mito desmontado: el aguinaldo no se gana tras 365 días, sino desde el primer día laborado, prorrateado por los días efectivamente trabajados.

Mito: «si llevo menos de un año no me toca aguinaldo». Realidad: te corresponde la parte proporcional desde tu primer día laborado; el año cumplido solo activa el pago completo de 15 días.

Día 20 de diciembre de 365 naturalesQuedan 345 días
Fecha límite de pago (día 0)Caduca la acción (día 365)

Plazo de un año para reclamar el aguinaldo no pagado, contado desde el 21 de diciembre; conviene actuar antes de que se agote.

Para no perder de vista los tiempos: la fecha clave es el 20 de diciembre de cada año. Desde el día siguiente comienza a correr tu plazo de un año para exigir el pago. Pasado ese año, la acción prescribe y pierdes el derecho a reclamarlo por la vía administrativa y laboral.

Asesoría en PROFEDETGratis
Abogado particular (opcional)desde 3.000 MXN
Tasa ante Tribunal Laboral (persona trabajadora)0 MXN exento
Coste total estimado

frente a 7.500 MXN de aguinaldo mínimo

0 – 3.000 MXN

Coste real de reclamar el aguinaldo: la vía gratuita de PROFEDET basta en la mayoría de los casos frente al pago mínimo legal que te corresponde.

En resumen: revisa tu contrato, calcula tu parte proporcional con la fórmula (salario diario × 15, prorrateado por días trabajados si aplica) y, si el patrón se atrasa, no dejes pasar el año. La PROFEDET te orienta gratis y, si vives en un estado con oficina propia, también puedes acudir a la Procuraduría local. La ley pone un piso; que tu empresa no lo borre.

Fuentes

  1. MercadopagoTodo lo que necesitas saber sobre el aguinaldo en Méxicoconsultado el 08/08/2026
  2. GobLas y los trabajadores deben recibir el aguinaldo antes del 20 de …consultado el 08/08/2026
  3. NlLa entrega de aguinaldo es un derecho del trabajadorconsultado el 08/08/2026