carta de renuncia

Carta de despido por fin de contrato en México: requisitos, qué te pagan y cómo reclamarla

octubre 16, 2026 México Derecho 12 min read
Carta de despido por fin de contrato en México: requisitos, qué te pagan y cómo reclamarla
EN 30 SEGUNDOS

  • Terminación de contrato por tiempo determinado o por obra: aviso por escrito, finiquito y, si el despido es injustificado, indemnización constitucional. Vencimiento del plazo o conclusión de la obra sin causa imputable al trabajador.
  • Tres meses de salario, 20 días por año y salarios vencidos hasta por 12 meses (arts. 48 y 49 LFT). Un año para demandar (art. 516 LFT), pasando por PROFEDET, Centro de Conciliación y Tribunal Laboral.
  • Lo esencial en un vistazo: qué carta te entregan, qué te pagan y dónde reclamar si el patrón se niega. papeleta al SMAC y demanda, en 20 días.

Cuando un contrato por tiempo determinado o por obra llega a su fin, el patrón debe entregarte una carta que lo acredite, junto con el finiquito y, si el despido fue injustificado, la indemnización constitucional que marca la Ley Federal del Trabajo. No es lo mismo que una renuncia ni que una rescisión por causa justificada: aquí la relación termina porque se cumplió el plazo o se concluyó la obra, y la carta es la prueba de que el corte fue ordenado.

Finiquito (aguinaldo, vacacio…≈ 34 %
Tres meses de salario (art. 4…≈ 30 %
Veinte días por año de servic…≈ 30 %
Salarios vencidos hasta por 1…≈ 6 %

¿A quién le aplica y qué requisitos formales debe tener la carta?

Esta carta aplica a quienes firmaron un contrato por tiempo determinado (arts. 53 y 55 de la Ley Federal del Trabajo) o por obra, y la relación termina porque llegó esa fecha o porque la obra se concluyó. También aplica, en los hechos, cuando el patrón te avisa que no renovará un contrato vencido: aunque firme un nuevo documento, el corte sigue rigiéndose por las mismas reglas.

Lo que la ley te garantiza es el aviso por escrito con la fecha efectiva del cese y, en su caso, los conceptos a pagar. La carta no es un simple "ya no te queremos": es un documento con valor probatorio. Si más adelante el patrón niega la relación laboral o discute montos, esa carta será tu evidencia principal en la conciliación o en el juicio ante el Tribunal Laboral que corresponda.

Elementos formales de la carta de terminación

Para que sirva, debe traer, como mínimo:

  • Membrete o razón social del patrón y su RFC.
  • Tus datos: nombre completo, RFC, NSS y puesto.
  • Causa o motivo de la terminación (vencimiento del contrato o conclusión de la obra).
  • Fecha de inicio y fecha efectiva del cese.
  • Lugar y fecha de expedición.
  • Desglose de finiquito y, si aplica, de indemnización.
  • Firma del patrón o su representante legal y, si aceptas, tuya con fecha de recibido.

La carta cumple dos funciones a la vez: cierra la relación y deja constancia de los montos que el patrón reconoce deberte.

KG
Karla G. · auxiliar administrativa en Monterrey, Nuevo León

Le niegan la renovación tras 3 años sin acreditar la causa. El Tribunal Laboral declara el despido injustificado. improcedente para el patrón: cobra tres meses de salario más 20 días por año y salarios vencidos. ≈ 162.000 pesos (MXN) de indemnización constitucional, sumados a unos 14.625 pesos (MXN) de finiquito..

Un caso real de tres años y 18.000 pesos (MXN) mensuales muestra cómo se integran finiquito e indemnización constitucional.

Documentos que te entregan y papeles que debes conservar

Al terminar la relación, el patrón debe entregarte tres documentos clave: la carta de terminación, el finiquito desglosado y una constancia de antigüedad o de servicios que te servirá para el historial ante el IMSS y, si buscas crédito, ante el INFONAVIT. Si solo te dan un recibo de "pago total" sin desglose, no lo firmes: es una renuncia genérica que te complica reclamar después.

De tu lado, conserva tu contrato firmado, recibos de nómina, comprobantes de antigüedad y cualquier mensaje donde el patrón reconozca adeudos. Si firmaste un finiquito y luego detectas que faltaban conceptos (aguinaldo, vacaciones, prima vacacional), aún puedes impugnar lo que no se incluyó expresamente, porque la firma de un finiquito no borra derechos.

  • Lo que el patrón te entrega: carta de terminación, finiquito desglosado, constancia de antigüedad o de servicios.
  • Lo que tú debes tener a la mano: contrato, recibos de nómina, NSS, RFC, CURP, correo y teléfono del patrón.

TÉRMINOIndemnización constitucional

Pago que debe el patrón cuando el despido es injustificado o no acredita la causa. No se calcula igual que el finiquito ni procede en la rescisión justificada.

TÉRMINOFiniquito desglosado

Suma de los conceptos devengados y proporcionales : salarios pendientes, vacaciones, prima vacacional, aguinaldo y, en su caso, utilidades. No incluye los tres meses ni los 20 días por año.

¿Cuánto te tienen que pagar? Finiquito e indemnización constitucional

El finiquito lo integran los conceptos devengados y no pagados: salarios pendientes hasta el último día, vacaciones no disfrutadas (mínimo 12 días desde el primer año, esquema que se actualiza con la antigüedad), prima vacacional (25% sobre las vacaciones), aguinaldo proporcional (mínimo 15 días al año) y, si aplica, parte proporcional de utilidades.

La indemnización constitucional, prevista en los arts. 48 y 49 de la Ley Federal del Trabajo, procede cuando el despido es injustificado o el patrón no demuestra la causa. Se compone de tres meses de salario, 20 días por año de servicio y salarios vencidos (intereses) desde el despido hasta por 12 meses.

Ejemplo con cifras: Karla trabajó 3 años en una empresa de Monterrey con sueldo de 18.000 pesos (MXN) mensuales. La despiden sin acreditar causa. Finiquito: 9.000 pesos (MXN) de aguinaldo proporcional, 4.500 pesos (MXN) de vacaciones pendientes, 1.125 pesos (MXN) de prima vacacional, más los días del mes trabajados y no pagados. Indemnización constitucional: 54.000 pesos (MXN) de tres meses de salario, 108.000 pesos (MXN) de 20 días por año (3 años), y los salarios vencidos que se acumulen hasta que el patrón pague o el laudo quede firme.

Día 6 de 12 meses de salarios vencidosQuedan 6 meses
Despido injustificado (mes 0)Tope legal (mes 12)

Topes con UMA y salario mínimo general

Los topes indemnizatorios se calculan con la UMA que publica el INEGI y con el salario mínimo general que fija la CONASAMI, tomando como referencia el salario mínimo vigente en la región donde prestaste el servicio.

Concepto Tope legal Base de cálculo
3 meses de salario (art. 48 LFT) Un año de salario mínimo general de la región Salario mínimo general vigente
20 días por año (art. 49 LFT) El doble del salario mínimo general, indexado a la UMA UMA y salario mínimo general
Salarios vencidos (art. 48 LFT) Máximo 12 meses Salario diario integrado
Multas administrativas (arts. 485, 486 y 502 LFT) Rango en UMA según gravedad UMA vigente al momento de la sanción
Dato a tener en cuentaLos salarios vencidos del art. 48 LFT se cuentan desde el despidoy corren hasta que el patrón paga o el laudo queda firme, con un tope legal de 12 meses.

Dónde y cómo reclamar si el patrón no paga o no entrega la carta

Si el patrón se niega a entregarte la carta, el finiquito o la indemnización, la ruta oficial es: primero, PROFEDET te da asesoría gratuita y puede representarte. Segundo, la conciliación prejudicial es obligatoria ante el Centro de Conciliación Laboral federal o el de tu estado, según la jurisdicción. Tercero, si no hay convenio, presentas demanda ante el Tribunal Laboral del Poder Judicial federal o local.

  1. Acude a PROFEDET con tu contrato, recibos de nómina y cualquier evidencia. Es gratuita y opera en línea y de forma presencial.
  2. Si no hay acuerdo, solicita la conciliación prejudicial en el Centro de Conciliación que corresponda federal o local.
  3. Si la conciliación fracasa, el propio Centro te canaliza al Tribunal Laboral para presentar la demanda por escrito.

La demanda puede presentarse en línea o presencial, y el Tribunal fijará fecha para la audiencia inicial. Llevar la carta de terminación, aunque esté mal llenada, y los recibos de nómina facilita acreditar la relación laboral y los montos adeudados.

✕MITO

«Si firmo el finiquito ya no puedo reclamar nada más.»

REALIDAD

La firma del finiquitono extingue por sí sola el derecho a cobrar indemnización constitucional y diferencias, salvo que sea con carácter «conforme» y sin reservas.

VS

Plazos que se vencen y qué pasa si los dejas pasar

La regla general está en el art. 516 de la Ley Federal del Trabajo: las acciones laborales prescriben en un año contado desde el día siguiente en que nació la obligación. Para prestaciones periódicas (como aguinaldos o diferencias de sueldo), el plazo se reduce a dos meses.

En la práctica, eso significa que si el patrón te despidió y no te pagó, tienes un año para iniciar la conciliación y, en su caso, el juicio. Dejar pasar ese tiempo sin actuar extingue tu derecho, aunque la deuda siga siendo real. Por eso conviene no esperar: la conciliación prejudicial, además de obligatoria, suspende la prescripción mientras se tramita.

  • Despido sin pago: 1 año para demandar (art. 516 LFT).
  • Prestaciones periódicas no pagadas: 2 meses.
  • Diferencias de finiquito o indemnización: 1 año desde el cese.
AtenciónNo dejes pasar el plazo de un año del art. 516 LFT: sin conciliación prejudicial ante el Centro de Conciliación, el Tribunal Laboral puede tener por prescrita tu acción.

Si firmas un "finiquito total" sin desglose y sin que te entreguen la carta de terminación, difícilmente podrás acreditar después qué te correspondía. Antes de firmar, pide copia de todo y, si tienes dudas, consulta a PROFEDET o a un abogado laboralista. Documentar hoy es lo que te protege mañana en la conciliación o ante el Tribunal.

15 meses10 meses5 meses0 meses 91412108 20192020202120222023

Tras un despido por fin de contrato, lo más común en los Tribunales Laborales es que el patrón no acredite la causa: las cartas llegan con fechas genéricas o sin el detalle que exige la ley. Cuando eso ocurre, el laudo suele condenar al pago conjunto de finiquito, indemnización constitucional y salarios vencidos, y el criterio se ha mantenido estable desde la reforma laboral de 2019, que sustituyó a las Juntas de Conciliación y Arbitraje por los actuales Centros de Conciliación y Tribunales Laborales.

Indemnización constitucional estimada en el ejemplo
162.000 pesos (MXN)
▲ +147.375 pesos (MXN) vs el finiquito ofrecido
El patrón solo ofrecía 14.625 pesos (MXN) como finiquito, sin desglose de indemnización constitucional.

La indemnización constitucional promedio por despido injustificado en México se ubica en el rango de 4 a 7 meses de salario integrado cuando el juicio llega a laudo, según lo reportado por PROFEDET en sus informes públicos; ese monto refleja la suma de los tres meses de salario, los 20 días por año y los salarios vencidos que el Tribunal condena a pagar.

1

Documentar
Carta de terminación, finiquito desglosado, contrato, recibos de nómina y constancia del IMSS.
2

Plazos
Un año desde el cese para demandar (art. 516 LFT).
3

Conciliar
PROFEDET y cita en el Centro de Conciliación Laboral federal o local.
4

Demanda
Demanda por escrito ante el Tribunal Laboral si no hubo convenio.
5

Cobrar
Finiquito, indemnización constitucional y salarios vencidos.

Ruta express cuando el patrón no paga

  1. PROFEDET: asesoría y, si procede, representación gratuita.
  2. Centro de Conciliación: cita obligatoria en un plazo aproximado de 10 a 15 días hábiles.
  3. Audiencia preliminar: en el Tribunal Laboral, dentro de los 10 días hábiles siguientes si no hubo convenio.
  4. Audiencia de juicio y laudo: resolución del Tribunal Laboral federal o local.
¿Sabías que…?

El outsourcing de personal está prohibido en México desde 2021 y solo se permiten servicios especializados registrados ante la STPS. cobrar el finiquito y aun así reclamar la responsabilidad solidaria al patrón real y al beneficiario del servicio si no estaba inscrito. De hecho, en estos casos el Tribunal Laboral suele repartir sí

la condena entre quien contrató y quien se benefició del servicio, con criterios estables desde la reforma de 2019. [LECTURA] = implica renunciar a reclamar, salvo que firmes «conforme» y sin reservas.

Dato que pocos conocen: desde 2021, el outsourcing de personal está prohibido en México y solo se permiten servicios especializados registrados ante la STPS. Si te despiden y descubres que tu "patrón real" era un intermediario no inscrito, la responsabilidad se reparte entre quien te contrató y quien se benefició del servicio, y eso suele inclinar la balanza a favor del trabajador en el juicio.

Preguntas frecuentes sobre la carta de despido por fin de contrato

1. ¿Qué datos debe llevar la carta en la que te avisan que tu contrato ya no va a seguir?

Incluye fecha de emisión, nombre completo y domicilio del trabajador, puesto desempeñado, fecha de inicio y de término del vínculo, motivo del aviso y fundamento legal, además de lugar y firma del patrón o representante legal. Si omites estos datos, el documento puede ser rechazado como aviso formal ante la Junta de Conciliación y Arbitraje.

2. ¿Qué prestaciones tengo que recibir si me despiden porque el contrato llegó a su fin?

Si tu contrato era por obra o tiempo determinado y termina en la fecha pactada sin aviso previo, el patrón debe pagarte, además de los días trabajados, una indemnización equivalente a 15 días de salario (artículo 48 de la Ley Federal del Trabajo). También te corresponden partes proporcionales de aguinaldo, vacaciones, prima vacacional y, en su caso, utilidades.

3. ¿Qué pasa si me niego a firmar la carta de terminación de contrato?

El patrón debe notificarte el término por escrito o, en su defecto, el aviso se entiende surtido al vencimiento natural del contrato, conforme al artículo 37 de la Ley Federal del Trabajo. Si te niegan la entrega, puedes acreditarlo con testigos ante la Junta y reclamar las prestaciones que te correspondan.

Fuentes

  1. BukCarta de terminación de contrato Colombia: tipos y modelo legal – Bukconsultado el 10/08/2026
  2. GestionhumanaTerminación del contrato de trabajo – Bogotá – Legis Gestión humanaconsultado el 10/08/2026
  3. VlexCarta de extinción del contrato de trabajo por expiración del tiempo …consultado el 10/08/2026
  4. PayfitLos papeles de fin del contrato y extinción de la relación laboralconsultado el 10/08/2026