- Qué es: despido por más de 3 faltas injustificadas en 30 días.
- Cuánto cobras: 3 meses de salario si se declara injustificado.
- Cómo reclamar: conciliación prejudicial y luego demanda ante Tribunal Laboral.
Aviso: Este contenido es únicamente informativo y educativo y no constituye asesoría jurídica ni profesional. Aunque procuramos utilizar legislación, jurisprudencia y fuentes oficiales vigentes en México, las normas, criterios, plazos y requisitos pueden cambiar o variar según cada caso y entidad federativa. No tomes decisiones legales, económicas o que puedan afectar tus derechos basándote únicamente en este artículo. Verifica la información relevante en fuentes oficiales como el DOF, Cámara de Diputados, SCJN y la autoridad competente, y consulta a un abogado o profesional calificado cuando tu situación lo requiera. Los ejemplos y cálculos son orientativos y pueden contener errores u omisiones.
Faltar al trabajo sin avisar en México tiene consecuencias claras: la Ley Federal del Trabajo permite al patrón rescindir la relación sin responsabilidad cuando se acumulan más de 3 faltas injustificadas en 30 días. Lo importante no es solo el número: hay que acreditar la inasistencia, cumplir los plazos del aviso y, si te conviene, impugnar el despido por la vía conciliatoria.
Qué es una ausencia injustificada y cuándo faculta el despido
Una ausencia injustificada es dejar de presentarte al trabajo sin permiso del patrón y sin una causa legal que la respalde. La diferencia con la falta justificada es determinante: lo que se notifica y se comprueba no suma para el despido; lo que se oculta o no se avisa, sí.
El umbral federal está en el artículo 47 fracción X de la Ley Federal del Trabajo: se necesitan más de 3 faltas de asistencia injustificadas en un periodo de 30 días. Los 30 días se cuentan de forma corrida a partir de la primera inasistencia. Solo las faltas sin autorización cuentan para este conteo.
Falta justificada vs. injustificada: ejemplos prácticos
| Situación | ¿Justificada? | Suma al umbral de 3 en 30 días |
|---|---|---|
| Incapacidad expedida por el IMSS | Sí, con comprobante | No |
| Cita médica notificada al jefe con anticipación | Sí, si se acredita | No |
| Emergencia familiar con justificante | Sí, según el caso | No |
| Permiso previamente autorizado por el patrón | Sí | No |
| No presentarse sin aviso y sin llamada | No | Sí |
| Salir antes de la hora sin autorización | No | Sí |
| Presentar comprobante falso o fuera de tiempo | No | Sí |
Abandono laboral y renuncia tácita: no se equiparan
La LFT no define el término "abandono laboral"; lo que prevé son faltas injustificadas que pueden acabar en rescisión. El abandono se acredita con ausencia, falta de comunicación y evidencia documental (registros de entrada, testigos, correos). Una renuncia tácita no se presume: la renuncia se formaliza con voluntad expresa del trabajador, normalmente por escrito. Antes de presumir abandono, la empresa debe intentar localizar al empleado y documentar los intentos; si no lo hace, un Tribunal Laboral puede declarar el despido injustificado.
Requisitos para que el patrón pueda despedir por faltas
Para que el despido por inasistencias sea legal, el patrón debe demostrar que cumplió con lo siguiente:
- Que el trabajador acumuló más de 3 faltas sin justificación en un periodo de 30 días corridos.
- Que las faltas no tuvieron permiso ni causa legal acreditada (incapacidad del IMSS, maternidad, deber cívico, cita judicial).
- Que actuó con inmediatez: la rescisión no puede esperar semanas tras la última falta.
- Que entregó aviso por escrito al trabajador en el momento del despido, indicando la causa y las fechas concretas de las inasistencias.
- Que, si no pudo entregar el aviso de forma directa, notificó al Tribunal Laboral dentro de los 5 días hábiles siguientes, conforme al último párrafo del artículo 47 LFT.
Marco legal aplicable: artículos 47, 134 y 135 de la LFT
El artículo 47 fracción X faculta al patrón a rescindir la relación sin responsabilidad cuando hay más de 3 faltas injustificadas en 30 días. El artículo 134 establece la obligación del trabajador de prestar el servicio con la intensidad, cuidado y esmero convenidos, en el tiempo y lugar pactados, y de avisar de inmediato cualquier causa justificada de inasistencia. El artículo 135 prohíbe faltar al trabajo sin causa justificada o sin permiso del patrón.
Documentos para acreditar el despido o defenderte
Tanto el patrón como el trabajador deben reunir papeles clave si el caso llega a un Tribunal Laboral:
Lo despidieron tras 5 faltas sin aviso escrito detallado. Al no acreditarse causa ni fecha, el despido se declara injustificado: cobra 3 meses de salario ≈ 36.000 pesos MXN.
- Aviso de rescisión por escrito, con fecha y causa detallada de cada falta.
- Acta administrativa levantada en el momento, con declaración del trabajador si acepta o no los hechos.
- Comprobantes de justificación (incapacidad del IMSS, citas médicas, permisos escritos).
- Reglamento Interior de Trabajo vigente y registrado ante la STPS.
- Recibos de nómina y comprobantes de descuentos aplicados por las faltas.
- Controles de asistencia (checador electrónico, listas de firma, registros biométricos).
- Correos, mensajes o cualquier evidencia de avisos previos entre las partes.
Cálculo de descuentos por faltas e indemnización
La Ley Federal del Trabajo establece en su artículo 69 que por cada seis días laborados el trabajador disfruta de un día de descanso con salario íntegro. Si el empleado falta un día sin justificación, ya no se completa la jornada de seis, y se pierde el pago íntegro del séptimo día; esa es la llamada cláusula del séptimo día, contemplada por el marco laboral mexicano. El descuento se calcula con base en el salario diario, y la nómina debe reflejarlo desglosado.
Si el despido se declara injustificado, el trabajador puede optar por una indemnización constitucional equivalente a 3 meses de salario, además de salarios caídos y prestaciones. Si opta por la reinstalación, recibe salarios caídos desde el momento del despido hasta que se cumpla la sentencia.
Descuento del séptimo día: fórmula y caso resuelto
La fórmula es directa: monto del séptimo día = salario diario × 1. Si el salario diario es de 500 pesos, cada falta injustificada descuenta 500 pesos MXN del pago semanal.
Ejemplo resuelto con cifras:
- Salario diario: 500 pesos MXN.
- Salario semanal (lunes a sábado): 500 × 6 = 3.000 pesos MXN.
- El séptimo día se paga aparte, con el mismo valor diario: 500 pesos MXN.
- El trabajador falta un martes sin justificación.
- Ya no se completan las 6 jornadas; se pierde el pago íntegro del domingo.
- Total descontado en la semana: 500 pesos MXN (el domingo perdido).
- Pago semanal final: 3.000 pesos MXN (sin derecho al séptimo día).
PROFEDET ofrece asesoría legal gratuita en materia laboral, y puede acompañarte sin costo durante todo el proceso ante el Tribunal.
Procedimiento formal del despido y vía para inconformarse
Si el patrón decide despedir por faltas, debe entregar el aviso por escrito en el momento o, si no le fue posible, notificar al Tribunal Laboral dentro de los 5 días hábiles siguientes. El aviso debe incluir fechas exactas de las inasistencias y la causa legal invocada.
Pago semanal que se pierde cuando no se completan 6 jornadas laboradas en la semana No es un descuento extra: es el día de descanso que deja de pagarse íntegro.
Obligación del patrón de despedir poco después de la última falta, sin esperar semanas. No basta con acumular las 3 faltas: la rescisión tardía puede invalidarse.
Si el trabajador considera que el despido fue injustificado, debe seguir estos pasos:
- Reunir documentación: avisos, incapacidades, comprobantes, recibos de nómina.
- Acudir en primera instancia al Centro de Conciliación Laboral del Estado que le corresponda, donde un conciliador intentará un arreglo voluntario. Este paso prejudicial es obligatorio desde la reforma laboral de 2019.
- Si no hay convenio, el trabajador recibe una constancia de conciliación agotada.
- Con esa constancia, puede presentar la demanda formal ante el Tribunal Laboral del Poder Judicial (federal o local, según corresponda).
- El Tribunal cita a audiência de juicio, valora pruebas y dicta sentencia.
- Durante todo el proceso puede solicitar asesoría gratuita en PROFEDET.
Quien no pasa por la conciliación prejudicial antes de demandar verá su escrito de demanda rechazado por el Tribunal Laboral.
El acta administrativa como prueba del patrón
El acta administrativa es un documento que el patrón levanta en el momento de los hechos: ahí se asientan las fechas de las faltas, las justificaciones presentadas por el trabajador (si las hay) y su declaración. Se firma por quienes intervienen y, si el trabajador se niega a firmar, se asienta esa negativa con dos testigos. Tiene valor probatorio ante el Tribunal Laboral y sirve como antecedente de la rescisión, aunque por sí sola no sustituye al aviso escrito de despido.
Dudas frecuentes sobre faltas injustificadas y despido
1. ¿Cuántos días puede faltar al trabajo un empleado sin dar aviso en México?
La Ley Federal del Trabajo no fija un número exacto de faltas. En la práctica, más de tres inasistencias consecutivas sin aviso suelen considerarse causa razonable de rescisión justificada (artículo 47, fracción XV de la LFT), siempre que el patrón las acredite con listas de asistencia o avisos de la empresa.
Fuentes
- Buk¿Qué es el despido por faltas injustificadas? – Bukconsultado el 09/08/2026
- GrupospecAusencia justificada en el trabajo: guía completa sobre derechos y …consultado el 09/08/2026
- Payfit¿Cuántos días se puede faltar al trabajo sin justificar? – PayFitconsultado el 09/08/2026
- PluxeeAbandono laboral: qué es, causas, consecuencias y cómo prevenirloconsultado el 09/08/2026
