- Qué es: violencia laboral reiterada con daño acreditable a tu salud o dignidad.
- Cómo probarlo: bitácora diaria, correos, chats y constancias médicas.
- Dónde denunciar: PROFEDET, STPS, Centro de Conciliación o Tribunal Laboral.
Aviso: Este contenido es únicamente informativo y educativo y no constituye asesoría jurídica ni profesional. Aunque procuramos utilizar legislación, jurisprudencia y fuentes oficiales vigentes en México, las normas, criterios, plazos y requisitos pueden cambiar o variar según cada caso y entidad federativa. No tomes decisiones legales, económicas o que puedan afectar tus derechos basándote únicamente en este artículo. Verifica la información relevante en fuentes oficiales como el DOF, Cámara de Diputados, SCJN y la autoridad competente, y consulta a un abogado o profesional calificado cuando tu situación lo requiera. Los ejemplos y cálculos son orientativos y pueden contener errores u omisiones.
Sentir que el trabajo se volvió una trampa no es exageración: el acoso laboral existe, está documentado y en México tienes rutas concretas para frenarlo. Aquí vas a encontrar cómo saber si lo que vives califica como mobbing, qué subtipo encaja con tu caso, qué normas te respaldan y, sobre todo, dónde presentar la queja para que algo cambie de verdad.
¿Te está pasando? Elementos para que un caso califique como acoso laboral
El mobbing no es un mal día ni un jefe difícil: es una conducta que reúne tres ingredientes y, si los tienes, ya cuentas con un caso denunciable. Primero, reiteración: no basta con un grito aislado, se trata de ataques repetidos en el tiempo. Segundo, duración: la agresión se prolonga semanas o meses, no es un evento puntual. Tercero, daño: hay un perjuicio real en tu salud, tu rendimiento o tu dignidad que puedes acreditar.
Para distinguirlo del estrés común, del burnout o del acoso sexual, hazte este repaso:
- ¿Las conductas negativas se repiten al menos una vez por semana?
- ¿Llevan más de seis meses ocurriendo?
- ¿Te han cambiado funciones sin justificación, te aislan del equipo o te asignan tareas imposibles?
- ¿Tienes insomnio, ansiedad, dolor de cabeza constante o miedo de ir a trabajar?
- ¿El agresor niega todo y te hace dudar de tu propia percepción?
Si respondiste "sí" a la mayoría, lo que enfrentas es acoso laboral, no un problema de adaptación. Ignorarlo o pensar que "ya pasará" es exactamente lo que el agresor espera.
El mobbing no requiere golpes: la mayoría de las víctimas sufre deterioro emocional verificable antes de reaccionar.
Tipos de acoso: horizontal, vertical descendente y vertical ascendente
El acoso siempre tiene dirección, y eso cambia quién puede ayudarte y cómo se prueba. Ubica tu caso en la siguiente tabla antes de tomar cualquier decisión:
| Subtipo | Quién agrede a quién | Cómo se manifiesta | Quién puede intervenir |
|---|---|---|---|
| Horizontal | Entre compañeros del mismo nivel | Rumores, exclusión, sabotaje de tareas, presión grupal | Recursos Humanos, sindicato, Conciliación |
| Vertical descendente (bossing) | Un superior hacia un subordinado | Asignar metas inalcanzables, retirar funciones, humillar en reuniones, amenazar con despido | PROFEDET, inspección de la STPS, Tribunal Laboral |
| Vertical ascendente | Un subordinado o grupo hacia un jefe | Aislamiento, desobediencia sistemática, desprestigio, intimidación | Recursos Humanos, mediación interna, Conciliación |
«El mobbing solo pasa cuando el jefe agrede al empleado.»
La ley protege a cualquier persona trabajadora: el acoso entre compañeros (horizontal) y de subordinados hacia un jefe (vertical ascendente) está igualmente reconocido.
VS
La creencia más común es que el mobbing solo va de jefe a empleado. El acoso laboral entre pares y de abajo hacia arriba está igualmente reconocido y exige el mismo trato institucional.
Tus derechos y el marco normativo aplicable en México
En México no existe una ley federal con el nombre "Ley contra el Acoso Laboral". Lo que te protege es un conjunto de normas que se combinan. La NOM-035-STPS-2019 obliga a los centros de trabajo a prevenir y atender violencia y acoso como factor de riesgo psicosocial. La Ley Federal del Trabajo tutela tu dignidad y tu seguridad en el trabajo, y por la vía penal estatal puedes denunciar si hay amenazas, lesiones o si el acoso se cruza con hostigamiento sexual.
10) frente a 85.800 pesos MXN que puedes recuperar
11) 0 – 0 pesos (MXN)
Ejemplo con cifras. Karla es analista en una empresa de Mérida. Gana 14.300 pesos (MXN) al mes con cuatro años de antigüedad. Desde hace ocho meses su jefa le retira proyectos, la expone frente al equipo y le manda correos con insinuaciones sobre su vida personal. Karla primero documentó: guardó los correos, consiguió una constancia de la psicóloga del IMSS por insomnio y ansiedad, y pidió cita en PROFEDET en julio. Con ese expediente, PROFEDET la representó ante el Tribunal Laboral; el juicio terminó en convenio con indemnización equivalente a seis meses de salario (85.800 pesos MXN), reinstalación que ella decidió no aceptar y firma de baja voluntaria sin afectar su antigüedad.
La vía administrativa y la penal no compiten: si hay delito, también corresponde la Fiscalía estatal. Al IMSS le corresponde la atención médica y, si el daño es permanente, valoración para posible incapacidad.
Pruebas y documentos que conviene reunir antes de denunciar
La diferencia entre un caso ganado y uno archivado está en la carpeta. Desde el primer día, abre una bitácora con fecha, hora, lugar, testigos y lo que se dijo. Después, agrupa todo en este inventario:
- Correos, chats de trabajo y mensajes de WhatsApp con la persona agresora o donde conste la conducta.
- Bitácora diaria en una hoja de cálculo con día, hora, descripción y testigos presentes.
- Constancias médicas del IMSS, ISSSTE o particular: psiquiatra, psicólogo, médico del trabajo.
- Testigos: nombres de compañeros que vieron o escucharon, con su domicilio laboral y forma de localizarlos.
- Capturas de pantalla de comentarios vejatorios, publicaciones, memes o imágenes, con fecha visible.
- Cualquier escrito de la empresa: actas administrativas, amonestaciones, memorandos que parezcan retaliativos.
Documentar desde el día uno es la única forma de romper la estrategia clásica del agresor: negar todo y hacerte dudar.
Si esperas a que "la situación se calme" para empezar a juntar pruebas, probablemente ya no podrás acreditar la reiteración.
Dónde y cómo denunciarlo paso a paso en México
Este es el trámite con organismo y tiempos aproximados. Recuerda que la conciliación prejudicial es obligatoria antes de demandar, según la reforma laboral de 2019; las Juntas de Conciliación y Arbitraje ya no reciben demandas nuevas, así que evita perder tiempo ahí.
- Acudir a PROFEDET (asesoría y representación gratuita al trabajador): located offices or contacta al 800 911 7877. Plazo: la cita de primer contacto suele otorgarse en cinco a diez días hábiles.
- Presentar queja ante la STPS si la empresa omite su obligación de prevenir y atender la violencia laboral conforme a la NOM-035-STPS-2019. Plazo: la inspección puede iniciarse en días hábiles tras la queja.
- Solicitar la conciliación prejudicial en el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (asuntos federales) o en el Centro de Conciliación de tu estado (asuntos locales). Plazo: el primer intento de audiencia suele citarse en hasta quince días hábiles.
- Demandar ante el Tribunal Laboral del Poder Judicial (federal o local) si la conciliación no prospera. Plazo: el procedimiento es oral y se desahoga en audiencias; la etapa de juicio se resuelve, por regla general, en meses, sin un plazo único nacional.
- Denunciar penalmente en la Fiscalía estatal si hay amenazas, lesiones, hostigamiento o acoso sexual. Plazo: la denuncia puedes presentarla en cualquier momento; la investigación inicial tarda al menos meses y la definición del ejercicio de la acción depende del código penal de tu entidad.
Si trabajas en el sector público, el camino incluye el Órgano Interno de Control de la dependencia y, en su caso, la Secretaría de la Función Pública. Para víctimas de violencia de género, el Centro de Estudios y de Apoyo para la Mujer (CEAM) del ISSSTE ofrece atención telefónica en la Ciudad de México (5140 9617 extensiones 75670 y 97721). Si requieres atención médica, pide cita en tu unidad del IMSS o del ISSSTE según tu régimen; si no cuentas con seguridad social, consulta las unidades de IMSS-Bienestar en tu estado.
Una sola conducta no hace mobbing, pero una conducta aislada con daño acreditable puede configurar otras figuras, como discriminación o violencia laboral, y también tiene consecuencias legales. No minimices lo que te pasa solo porque nadie más se anime a hablar.
Fuentes
- Gob¿Sabes qué es EL MOBBING? – Gob MXconsultado el 08/08/2026
- RaeDefinición de acoso laboralconsultado el 08/08/2026
- EeocAcoso | Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleoconsultado el 08/08/2026
