- Qué es: despido sin aviso escrito ni causa acreditada del artículo 47 LFT.
- Cuánto cobras: 3 meses de salario integrado, prima de antigüedad y proporciones.
- Cómo reclamar: PROFEDET, Centro de Conciliación y Tribunal Laboral, todo en máximo 2 meses.
Aviso: Este contenido es únicamente informativo y educativo y no constituye asesoría jurídica ni profesional. Aunque procuramos utilizar legislación, jurisprudencia y fuentes oficiales vigentes en México, las normas, criterios, plazos y requisitos pueden cambiar o variar según cada caso y entidad federativa. No tomes decisiones legales, económicas o que puedan afectar tus derechos basándote únicamente en este artículo. Verifica la información relevante en fuentes oficiales como el DOF, Cámara de Diputados, SCJN y la autoridad competente, y consulta a un abogado o profesional calificado cuando tu situación lo requiera. Los ejemplos y cálculos son orientativos y pueden contener errores u omisiones.
Si te corrieron o estás por renunciar en México, la duda es la misma: cuánto te toca y cómo se calcula. La respuesta depende del tipo de baja: con despido injustificado nacen tres derechos —indemnización constitucional, prima de antigüedad si cumples años y prestaciones proporcionales—; con renuncia voluntaria solo se pagan las proporciones; y con despido justificado el patrón queda liberado de pagar indemnización si acreditó la causa.
3 años y 6 meses
629,59 pesos (MXN)
Despido injustificado
90.844,77 pesos (MXN)
¿Te corresponde liquidación o solo finiquito? Requisitos por tipo de baja
El primer paso es ubicar tu caso. La Ley Federal del Trabajo, en su artículo 47, lista las causas por las que el patrón puede rescindirte sin pagar indemnización; si no te avisó por escrito y no comprobó alguna de esas causales, el despido es injustificado y nacen los tres derechos mencionados. Renunciar, en cambio, deja al patrón obligado únicamente a pagar partes proporcionales.
Liquidación vs. finiquito: qué integra cada uno
| Concepto | Liquidación | Finiquito |
|---|---|---|
| Cuándo aplica | Despido injustificado | Renuncia o despido justificado |
| Indemnización constitucional (3 meses) | Sí | No |
| Prima de antigüedad (con años) | Sí | Solo con 15+ años o despido justificado |
| Aguinaldo, vacaciones y prima vacacional proporcionales | Sí | Sí |
| Salarios y prestaciones pendientes | Sí | Sí |
Marco legal aplicable (federal en todo el país)
La Constitución, en su artículo 123 apartado A, fija el piso de la indemnización por despido: tres meses de salario integrado y, a elección del trabajador, reinstalación o indemnización. La Ley Federal del Trabajo desarrolla ese derecho y, en sus artículos 47, 76 a 81 y 87, regula rescisión, vacaciones, prima vacacional y aguinaldo. La competencia para reclamarlo es federal cuando el patrón realiza actividades reguladas por la Ley Federal del Trabajo, y local (estatal) en los demás casos; por eso el camino empieza siempre en el Centro de Conciliación que corresponda.
El despido sin aviso escrito ni causa acreditada del art. 47 LFT se presume injustificado y activa la indemnización constitucional.
Documentos y datos que necesitas para calcular
Antes de abrir la calculadora oficial del Centro de Conciliación Laboral, reúne estos papeles y cifras:
- Identificación oficial vigente (INE/IFE) y CURP.
- RFC con homoclave y Número de Seguridad Social (NSS).
- Recibos de nómina de los últimos tres meses y, si los tienes, del último año.
- Contrato individual de trabajo, carta de despido o renuncia, y finiquito que te hayan entregado.
- Fecha exacta de ingreso y fecha de baja.
- Salario diario integrado (base + parte proporcional de aguinaldo y prima vacacional).
- Salario mínimo general o fronterizo según el municipio donde laborabas, y si tu oficio aparece en la lista de oficios con salario mínimo especial (albañilería, cajero, chofer, electricista, tablajero, entre otros).
Cómo se calcula la liquidación: fórmulas y ejemplo en pesos
Tomemos un caso resuelto. Carlos trabajó del 1 de enero de 2020 al 30 de junio de 2023 en Monterrey, con un salario diario base de 600 pesos (MXN), 15 días de aguinaldo y 25% de prima vacacional sobre 12 días de vacaciones al año.
Indemnización constitucional de 3 meses
Salario diario integrado (SDI) = base + parte proporcional de aguinaldo + parte proporcional de prima vacacional:
- Proporción diaria de aguinaldo: 600 × 15 / 365 = 24.66 pesos (MXN).
- Proporción diaria de prima vacacional: 600 × 12 × 25% / 365 = 4.93 pesos (MXN).
- SDI = 600 + 24.66 + 4.93 = 629.59 pesos (MXN).
Indemnización = SDI × 30.4 × 3 = 629.59 × 30.4 × 3 = 57.418,57 pesos (MXN).
Prima de antigüedad y prestaciones proporcionales
Carlos tiene 3 años cumplidos, así que la prima de antigüedad se aplica solo cuando la ley lo permite: despido injustificado. Tope: dos veces el salario mínimo general vigente.
- 12 días por año × 3 años = 36 días.
- 36 × 629.59 = 22.665,24 pesos (MXN), ajustados al tope si lo rebasa.
Prestaciones proporcionales del 1 de enero al 30 de junio de 2023 (181 días naturales):
- Aguinaldo proporcional: 600 × 15 × (181/365) = 4.460,96 pesos (MXN).
- Vacaciones proporcionales: 12 días × (3.5/5) = 8.4 días × 600 = 5.040,00 pesos (MXN).
- Prima vacacional proporcional: 5.040,00 × 25% = 1.260,00 pesos (MXN).
Total bruto estimado: 57.418,57 + 22.665,24 + 4.460,96 + 5.040,00 + 1.260,00 = 90.844,77 pesos (MXN), antes de retenciones.
ISR y monto exento al cobrar la liquidación
El ISR depende de las tablas vigentes en 2023, que publica el SAT cada año; la retención no la fija la LFT sino la Ley del ISR. La parte exenta se calcula con la fórmula del artículo 93 fracción XIII de la Ley del ISR, no la inventes: usa las tablas del ejercicio y, mejor aún, reproduce el cálculo en la calculadora de ISR.
| Concepto | Bruto aprox. (MXN) | Gravable aprox. (MXN) |
|---|---|---|
| Indemnización constitucional | 57.418,57 | Solo excedente del exento |
| Prima de antigüedad | 22.665,24 | Solo excedente del exento |
| Aguinaldo proporcional | 4.460,96 | Gravable al 100% |
| Vacaciones + prima vacacional | 6.300,00 | Gravable al 100% |
No te fíes de simuladores que cargan tablas de otros años: cada enero cambia el rango exento y los límites de tarifa.
«Sin carta de despido ni testigos no puedo acreditar que me corrieron.»
carga de la prueba recae en el patrón: conforme al art. 47 LFT, él debe probar la causa de rescisión, no el trabajador.
VS
Dónde y cómo reclamar: PROFEDET, Centro de Conciliación y Tribunal Laboral
Tras la reforma laboral de 2019, las Juntas de Conciliación ya no reciben demandas nuevas. La ruta federal es:
- Acude a PROFEDET para asesoría gratuita y, si aceptas, representación jurídica.
- Presenta tu solicitud en el Centro de Conciliación Laboral que corresponda (federal o de tu estado); la audiencia debe celebrarse en máximo 15 días hábiles.
- Si no hay convenio que te satisfaga, el Centro te entrega la constancia de conciliación y puedes demandar ante el Tribunal Laboral del Poder Judicial (federal o local, según competencia).
Plazos clave que se vencen si no actúas
- Prescripción de prestaciones: un año contado desde que la obligación es exigible.
- Demanda por despido: dos meses desde la fecha del despido (regla del art. 518 LFT); corriendo el primer mes tienes derecho a reinstalación.
- Pago voluntario del patrón: debe cubrir finiquito al momento del aviso de rescisión o renuncia, y la liquidación dentro de los plazos que fije la LFT; el retardo genera salarios caídos.
Vencido el plazo de dos meses sin demandar, el despido se presume aceptado y se pierden reinstalación e indemnización constitucional.
frente a 90.844,77 pesos (MXN) que puedes cobrar
0 – 3.000 pesos (MXN)
Resumen de costos del caso
| Partida | Monto (MXN) |
|---|---|
| Indemnización constitucional (3 meses SDI) | 57.418,57 |
| Prima de antigüedad (3 años, con tope) | 22.665,24 |
| Aguinaldo proporcional | 4.460,96 |
| Vacaciones proporcionales | 5.040,00 |
| Prima vacacional proporcional | 1.260,00 |
| Total bruto estimado | 90.844,77 |
Guarda todos los recibos y comprobantes en una carpeta; si te ofrecen un convenio en la audiencia, pídelo por escrito y revísalo con PROFEDET antes de firmarlo.
Fuentes
- ConciliacionyarbitrajeCalculadora de prestaciones laboralesconsultado el 10/08/2026
- StoricardCalculadora de finiquito – Storiconsultado el 10/08/2026
- CalculadoraliquidacionCalculadora de Finiquito y Liquidación México 2026 | ¿Cuánto te …consultado el 10/08/2026
- NominaproCalculadora de Liquidación Laboral México. Simula tu pagoconsultado el 10/08/2026
- ConciliacionlaboralCalculadora de prestaciones por liquidaciónconsultado el 10/08/2026
