Finiquito

Cálculo de finiquito con licencia médica en México: qué te corresponde y cómo se paga

octubre 1, 2026 México Derecho 9 min read
Cálculo de finiquito con licencia médica en México: qué te corresponde y cómo se paga
EN 30 SEGUNDOS

  • Qué es: despido con licencia médica del IMSS todavía vigente, que se presume injustificado.
  • Cuánto cobras: finiquito siempre; además, indemnización constitucional de 3 meses y prima de antigüedad si fue injustificado.
  • Cómo reclamar: PROFEDET, conciliación en el Centro Laboral y demanda ante el Tribunal Laboral.
Lo esencial: con incapacidad vigente, el despido se presume sin causa y se suma la indemnización a lo que ya te paga el IMSS.

Cuando estás incapacitado por el IMSS y la empresa te da de baja, lo que te deben depende de por qué te despidieron: si fue despido justificado cobras solo el finiquito; si fue injustificado tienes derecho al finiquito y a una liquidación con indemnización constitucional y prima de antigüedad. La licencia médica no te quita esos derechos: el IMSS paga el subsidio por los días que no laboras, pero tu salario base para el cálculo se integra con lo que realmente percibías antes de la incapacidad.

¿Te toca finiquito, liquidación o ambas?

AtenciónNo dejes pasar el plazo de conciliación prejudicial: sin solicitarla ante el Centro de Conciliación Laboral, el Tribunal Laboral no admite tu demanda.
Trámite obligatorio: la conciliación previa es requisito ineludible antes de cualquier demanda laboral en México.
  • Finiquito: te toca siempre que hayas trabajado al menos un día. Incluye salario de los días trabajados, vacaciones proporcionales, prima vacacional y aguinaldo proporcional.
  • Liquidación: solo si el despido fue injustificado (artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo). Abarca indemnización constitucional de tres meses más prima de antigüedad.
  • Con licencia médica vigente: si el IMSS aún no te da de alta y la empresa te despide, normalmente se presume despido injustificado, porque no pudiste defenderte en tu centro de trabajo.
  • Renuncia voluntaria: genera finiquito, pero no liquidación; la prima de antigüedad solo aplica con 15 años o más de servicio.
  • Causal justificada (artículo 47 LFT): si el patrón acredita la causa, solo paga finiquito y, con 15 años o más, prima de antigüedad.
Hasta ~50.700 pesos mexicanos (MXN)
Mínimo ~9.190 pesos mexicanos (MXN) en finiquitoMáximo ~77.740 pesos mexicanos (MXN) sumando indemnización y prima de antigüedad

Escala del cálculo de Karla (4 años, salario integrado de 563,33 MXN): finiquito, indemnización constitucional y prima de antigüedad según el tipo de baja.

Documentos que tienes que tener listos

✕MITO

«Si firmo el finiquito ya no puedo reclamar nada más.»

REALIDAD

La carga de la prueba es del patrón: firmar el finiquito sin la leyenda «conforme y sin reservas» no te impide demandar la indemnización constitucional.

VS

Mito desmontado: cobrar el finiquito no cierra tu derecho a reclamar si el despido fue injustificado y no firmaste sin reservas.
  • Identificación oficial vigente (INE o pasaporte).
  • CURP y RFC con homoclave.
  • Número de Seguridad Social (NSS) y constancia de semanas cotizadas ante el IMSS.
  • Recibos de nómina de los últimos tres meses (en papel o CFDI de nómina del SAT).
  • Constancia de incapacidad temporal expedida por el IMSS, con fecha de inicio, folio y duración.
  • Carta o aviso de baja, despido o renuncia, con fecha y firma; si no la tienes, cualquier documento que acredite la relación laboral (contrato, alta patronal, credencial).
  • Constancia de saldo de vacaciones y antigüedad, si el patrón te la entregó.

Si el IMSS ya te dio de alta médica, lleva también el documento de alta o el aviso de conclusión de incapacidad; sirve para saber hasta cuándo se consideró la licencia en el cálculo.

Conceptos del finiquito y de la liquidación y cómo se calculan en pesos mexicanos

El finiquito se compone de salario devengado, vacaciones, prima vacacional y aguinaldo proporcional (artículos 76, 77, 78, 79, 80, 81 y 87 de la Ley Federal del Trabajo). La liquidación añade la indemnización constitucional de tres meses de salario integrado y la prima de antigüedad (artículo 162 LFT), con fundamento en el artículo 123 apartado A fracción XXII de la Constitución. El salario integrado es la base diaria más la parte proporcional diaria de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional; el tiempo extra fijo también se suma cuando aplica.

¿Sabías que…?

El finiquito y la indemnización constitucional son cosas distintas: puedes cobrar el finiquito y aun así reclamar la indemnización de tres meses más la prima de antigüedad.

De hecho, firmar el finiquito no implica renunciar a cobrar la indemnización, salvo que firmes «conforme» y sin reservas.

Dato clave: el finiquito paga derechos devengados; la indemnización constitucional castiga el despido sin causa y se calcula aparte.

Finiquito: salario de los días trabajados, vacaciones, prima vacacional y aguinaldo proporcional

Las fórmulas para cada partida, todas en pesos mexicanos, son:

TÉRMINOSalario diario integrado

Retribución real diaria, con la parte proporcional de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional, que sirve de base para la indemnización constitucional. No es el salario neto que te depositan ni solo el sueldo base del último mes.

TÉRMINOPrima de antigüedad

Doce días de salario por cada año de servicio, que se pagan al separarse por despido injustificado con 15 años o más, o proporcional. No equivale al aguinaldo ni se incluye en el salario base de cotización del IMSS. Glosario rápido: salario diario integrado y prima de antigüedad, los dos conceptos que más confunden al revisar el cálculo de la liquidación. cuenta solo tu último contrato.

  1. Salario de los días trabajados: salario diario × días efectivamente laborados del último periodo.
  2. Vacaciones proporcionales: (días de vacaciones que te tocan al año ÷ 365) × días laborados en el año en curso.
  3. Prima vacacional: vacaciones proporcionales × 25% (mínimo legal).
  4. Aguinaldo proporcional: 15 días mínimo al año; proporcional = (15 ÷ 365) × días laborados en el año.

Ejemplo: Karla trabajó en Monterrey cuatro años con salario diario de 466,67 pesos mexicanos (MXN). La despiden el 15 de julio, llevaba incapacitada por el IMSS los últimos 20 días del mes.

  • Salario de días trabajados: 466,67 MXN × 5 días = 2.333,35 MXN
  • Vacaciones proporcionales (año en curso): como ya tiene más de un año, le corresponden 14 días; proporcional = 14 × (165 ÷ 365) = 6,33 días × 466,67 = 2.954,22 MXN
  • Prima vacacional: 2.954,22 × 25% = 738,55 MXN
  • Aguinaldo proporcional: 15 × (165 ÷ 365) = 6,78 días × 466,67 = 3.163,65 MXN
  • Total finiquito: 9.189,77 MXN

Liquidación: indemnización constitucional y prima de antigüedad

1

Documentar
INE, CURP, NSS, recibos de nómina y constancia de incapacidad del IMSS.
2

Plazos
La conciliación se cita en unos 10 días hábiles tras presentar la solicitud.
3

Conciliar
Solicitud ante el Centro de Conciliación Laboral federal o local.
4

Juicio
Demanda ante el Tribunal Laboral, audiencia en 1 a 3 meses hábiles.
5

Cobrar
Finiquito, indemnización constitucional y prima de antigüedad en pesos mexicanos (MXN).

Ruta completa: con licencia médica del IMSS, documentas, concilias en unos 10 días hábiles y, si no hay convenio, demandas en el Tribunal Laboral.
Concepto Fórmula Tope aplicable
Indemnización constitucional (3 meses) Salario diario integrado × 90 días Sin tope en UMA
Prima de antigüedad 12 días de salario por año de servicio Tope: 2 veces el salario mínimo general o profesional por día; en zona libre fronteriza aplica el mínimo especial de la frontera norte

Para Karla, con salario diario integrado de 563,33 MXN (incluye parte proporcional de aguinaldo y prima vacacional), la indemnización constitucional sería 563,33 × 90 = 50.699,70 MXN. La prima de antigüedad: 12 días × 4 años × 563,33 = 27.039,84 MXN, pero si el salario mínimo general vigente supera los 281,66 MXN diarios (la mitad de su integrado), el tope recorta el cálculo al mínimo que corresponda. La calculadora de PROFEDET aplica estos topes y permite distinguir entre municipio fronterizo y oficios con salario mínimo profesional.

Cómo se trata el último mes con licencia médica al calcular el salario base

La Ley Federal del Trabajo no tiene una regla expresa para este punto. En Chile existe la doctrina administrativa de "descartar el mes con licencia médica" cuando se calcula la última remuneración para indemnización, plasmada en el Dictamen 75/8 de 1999 de la Dirección del Trabajo; pero esa es jurisprudencia administrativa chilena, no mexicana. En México, la PROFEDET trabaja con las percepciones reales del periodo: para la parte proporcional de aguinaldo y vacaciones se cuentan los días efectivamente laborados del último año, y para el salario integrado se usan los últimos tres meses devengados, descontando los días en que solo hubo subsidio del IMSS. Si el mes entero fue de incapacidad y no hay salario del patrón, se toma el último mes completo con percepciones reales.

Ruta para cobrar: IMSS, PROFEDET, Centro de Conciliación y Tribunal Laboral

  1. Pedir el cálculo por escrito al patrón: solicita el desglose de finiquito o liquidación, con salarios diarios y conceptos; la empresa debe entregarlo al momento de la baja. Modalidad: presencial o por correo electrónico.
  2. Acudir a PROFEDET para asesoría gratuita: la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo revisa tu caso, usa la calculadora oficial y te acompaña. Modalidad: presencial en sus oficinas o por teléfono; orientación sin costo.
  3. Solicitar conciliación prejudicial: presenta tu solicitud ante el Centro de Conciliación Laboral federal o el de tu estado. Es un requisito obligatorio antes de demandar; la audiencia se fija en un plazo aproximado de 10 días hábiles.
  4. Si no hay convenio, presentar demanda ante el Tribunal Laboral: el órgano jurisdiccional federal o local correspondiente admite la demanda y señala audiencia en un plazo que suele ir de 1 a 3 meses hábiles, según la carga del tribunal.
  5. Notificación al IMSS: si el despido ocurre con licencia médica vigente, el IMSS puede expedir constancia de incapacidad que acredite la duración; ese documento refuerza la presunción de despido injustificado.

Plazos que importan y qué pasa si se te pasan

El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo fija el tope para el aguinaldo: a más tardar el 20 de diciembre de cada año. El finiquito no tiene plazo legal expreso; la práctica y los Centros de Conciliación recomiendan exigirlo al momento del aviso de rescisión o, a más tardar, en la fecha efectiva de baja. Si el patrón no paga, las acciones laborales prescriben; el plazo exacto depende del tipo de reclamo y puede confirmarlo la PROFEDET según tu caso. Pasado ese tiempo, el derecho se extingue y solo puedes reclamar lo no prescrito.

Fuentes

  1. BukCalculadora finiquito | Buk Chileconsultado el 09/08/2026
  2. DerechopediaRégimen Jurídico y Procedimental de la Licencia Médica y el …consultado el 09/08/2026
  3. Pjud[PDF] Que, en estos antecedentes RIT: O-62-2021, RUC: 21-4- 0370237-1 …consultado el 09/08/2026
  4. FacturamaCalculadora de Finiquito 2026 en México – Facturamaconsultado el 09/08/2026
  5. ConciliacionlaboralCalculadora de prestaciones por liquidaciónconsultado el 09/08/2026